Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Hidalgo
Titular de la Célula VI del Equipo de Investigación y Litigación III
Tula de Allende, Hidalgo
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de los diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 Apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales; 40 y 41 del Código Penal Federal; 1, 2, 3, 82, 89, 131, 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1, 3, 5 , 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; 4, 6, 7 y 40 de la Ley de la Fiscalía General de la República; y el Oficio Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la Republica; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad del vehículo marca Freightliner, clase Camión, tipo Torton con Tanque, color azul, dos puertas, con placas de circulación LF-60-642 del Estado de México, con Número de Identificación Vehicular 1FUBBGAS23DK49014; correspondiendo a un vehículo de ORIGEN EXTRANJERO (E.U.A.) y un AÑO MODELO 2003, del proveído de 27 de junio de 2025, el cual establece lo siguiente: "Pachuca de Soto, Hidalgo, veintisiete de junio de dos mil veinticinco.
Agréguese al cuaderno al rubro indicado, el oficio registrado en el libro de correspondencia con el número 11956, signado por la fiscalía, a través del cual contesta el requerimiento efectuado mediante proveído de veintiocho de mayo del año en curso, de lo cual se toma conocimiento.
En ese sentido, toda vez que se tienen los datos necesarios para señalar audiencia, se fijan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, para que a partir de esa hora, tenga verificativo la audiencia en la cual la Jueza de Control resolverá sobre el abandono de bienes solicitado. En ese sentido, solicítese a la fiscal oficiante que, al momento de la celebración de la audiencia referida, deberá cumplirse con lo establecido en el numeral 231 de la legislación referida. Ahora bien, toda vez que, de lo informado, se desprende que la fiscalía no cuenta con información respecto a la persona interesada, a efecto de garantizar su derecho de defensa, hágase del conocimiento esta determinación al hágase del conocimiento esta determinación al Delegado Estatal en Hidalgo del Instituto Federal de Defensoría Pública, para que designe defensor público federal de su adscripción, quien deberá estar disponible y debidamente impuesto para su intervención en la audiencia señalada. Ahora bien, de las constancias se advierte que existe una víctima u ofendida, en este caso la Petróleos Mexicanos, quien deberá notificarse por conducto de Juan Alfonso Ríos Almazán, en su carácter de apoderado legal, a fin de que se encuentre disponible para la audiencia de mérito, quien deberá comparecer debidamente identificado y en relación a su personería podrá ser debatida en la audiencia en mención y resuelto por la Jueza de Control. Por otra parte, al no tenerse conocimiento de quien pudiera ser el interesado respecto de los bienes asegurados dentro de la carpeta de investigación FED/HGO/TULA/0001707/2024, requiérase a la fiscal federal, a fin de que tenga a bien realizar la publicación de EDICTOS en la fecha más próxima a la que sea posible su realización, los cuales, en términos de lo dispuesto por el artículo 82, fracción III del Código Nacional de Procedimientos Penales, deberán ser publicados el Diario Oficial de la Federación, así como en un periódico de circulación nacional, por una sola ocasión en ambos medios, misma que debe realizarse con cuando menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la celebración de la audiencia, en acatamiento a lo decretado en el diverso artículo 911 del código en cita. Bajo ese contexto, se solicita a la fiscal federal, para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente, informe las gestiones realizadas a fin de dar cumplimiento a lo solicitado en el presente oficio. Se solicita a quiénes vayan a participar en la audiencia programada, acudan con una hora de anticipación, debidamente identificados y que de tratarse de profesionistas, es necesario que lo hagan con cédula profesional. Además, se requiere a la Fiscalía Federal se sirva acudir con un legajo de copias cotejadas de la carpeta de investigación de referencia. Requiérase al Coordinador Estatal Hidalgo de la Guardia Nacional, a fin de que designe al personal a su disposición para que estén presentes, en calidad de policía procesal, en las instalaciones de este Centro de Justicia Penal Federal, a fin de que coadyuven para la seguridad, vigilancia y adecuado desarrollo de la audiencia referida programada a celebrarse en la hora y fecha precisadas, en la inteligencia de que los elementos designados también deberán presentarse con una hora de anticipación. Notifíquese. Así lo firma Laura del Sol Lozano Flores, Administradora del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Hidalgo, con residencia en Pachuca de Soto."
Atentamente
Tula de Allende, Hidalgo, a 07 de agosto de 2025.
Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Célula III-6 Tula de Allende
Mtra. Jannete Sanchez Arce
Rúbrica.
(R.- 568280)