Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA DE
PERSONAS DESAPARECIDAS 14590/2025, PROMOVIDO EN FAVOR DE
JORGE DIEGO FUENTES MONTOYA
En auto que quince de octubre de dos mil veinticinco, dictado en el Procedimiento de Declaración Especial de Ausencia de Personas Desaparecidas 14590/2025, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, SE ADMITIÓ A TRÁMITE la solicitud presentada por Brenda Jassel Del Valle Castro.
El procedimiento en que se actúa tiene por objeto resolver la declaración especial de ausencia de la persona antes referida, con los efectos establecidos en los artículo 21, 22 y de más relativo de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, tal como se solicitó en el escrito inicial:
"Por medio del presente escrito en vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA con fundamento en los dispuesto por los artículos 1, 2, 5, 7, 8 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, vengo a promover DILIGENCIAS DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA de mi esposo JORGE DIEGO FUENTES MONTOYA (...)"
El cual fue admitido el quince de octubre de dos mil veinticinco, ordenando notificar por medio de edictos, con la finalidad de llamar a cualquier persona que tenga interés en el asunto mencionado y requerir a diversas autoridades.
Con apoyo en el numeral 17 de la ley de la materia, se ordena llamar a juicio por medio de edictos, los cuales deberán ser publicados por tres ocasiones, con intervalos de una semana, a cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia de Jorge Diego Fuentes Montoya, quienes cuentan con quince días después de la última publicación de los edictos para dar noticia alguna del ausente u oponerse a dicha declaratoria, sino hubiere noticia u oposición alguna de persona interesada el órgano jurisdiccional resolverá en forma definitiva.
 
Ciudad de México, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Raymundo Jacobo González
Rúbrica.
(E.- 000787)