Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Zacatecas
EDICTO
 
Por ignorar el domicilio del tercero interesado, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, ordenó emplazar por edictos Alan Omar García Espinoza, haciéndole saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, se ventila Juicio de Amparo 826/2024 promovido por Tony de Marco Ramírez Romero, por su propio derecho, actos del Pleno del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Zacatecas y otras autoridades, que hizo consistir en: "El auto de quince de mayo de dos mil veinticuatro, en que la diversa responsable, Juez de Control del distrito Judicial de Jerez de García Salinas, Zacatecas, declaró improcedente, desechando de plano, el recurso de revocación planteado contra lo resuelto en audiencia de trece de mayo citado, dentro de la carpeta de impugnación marcada con el número 07/2024, instaurada contra Ma. Eva García Espinoza y otros"; se le previene para que comparezca en el término de treinta días, que contarán a partir del siguiente de la última publicación, apercibido que de no hacerlo, no imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se le harán por medio de lista que se publica en este juzgado. Asimismo, se ordena fijar en los estrados de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en tanto se tenga por legalmente notificados a la citada tercera interesada.
 
Atentamente
Zacatecas, Zacatecas, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Adriana Salazar Orozco
Rúbrica.
(R.- 569255)