Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
 
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS; Y, EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
E D I C T O
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS.
JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 30/2025-VI.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el numerario: $1,595,748,657.63 (mil quinientos noventa y cinco millones setecientos cuarenta y ocho mil seiscientos cincuenta y siete pesos 63/100 moneda nacional), lo siguiente:
Que en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente 30/2025-VI, relativo al Juicio de Extinción de Dominio promovido por los Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República, respecto a dicho numerario, señalando como parte demandada a Oscar Antonio Álvarez González, Ignacio Corona Vizcaíno, Luz María del Socorro Orozco Gómez, Silvina González Cobián, Ignacio Corona Orozco, Comercializadora Llanos Azules, Sociedad Anónima de Capital Variable y Agro Corona, Sociedad Anónima de Capital Variable.
Por lo que, con fundamento en el artículo 86, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio; las personas que crean que tienen derecho sobre el numerario señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina, Número Dos, Acceso Dos, Nivel Uno, Colonia del Parque, C-.P. 15960, Ciudad de México, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto a efecto de contestar la demanda, ofrecer pruebas pertinentes y generales, expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se ratificó el aseguramiento judicial del numerario afecto, el cual se encuentra asegurado en el expediente de solicitud de medida cautelar previa a Juicio de Extinción de Dominio 10/2025, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México.
Expedido en la Ciudad de México, a catorce de noviembre de dos mil veinticinco.
 
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Edson Reyes Contreras
Rúbrica.
(E.- 000832)