Afore Coppel S.A. de C.V.
Mediante oficio D00/100/168/2025 de fecha 21 de noviembre de 2025, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en su 3ª Sesión Extraordinaria de 2025, celebrada el 21 de noviembre de 2025, hizo constar la autorización a la comisión de Afore Coppel, S.A. de C.V.,de conformidad con lo dispuesto con el artículo 37, sexto párrafo de la Ley de los Sistemas de Ahorro parael Retiro.
De acuerdo con lo dispuesto en el oficio antes referido, a continuación, se publica, en tiempo y forma en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Coppel, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro básicas: Siefore Coppel Básica Inicial S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 0 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 95-99 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 60-4 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 65-9 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 70-4 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 75-9 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 80-4 S.A. de C.V., Siefore Coppel Básica 85-9 S.A. de C.V. y Siefore Coppel Básica 90-4 S.A. de C.V. a partir del 1° de enero de 2026 terminando el 31 de diciembre de 2026:
| Concepto | Factor |
| Comisión sobre saldo | 0.54 % anual sobre el saldo administrado |
Comisiones por cuota fija
| Conceptos | Comisión |
| Estados de Estados de Cuenta Adicionales | No Aplica |
| Reposición de documentación de la cuenta individual | No Aplica |
La comisión será aplicable a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Coppel, S.A. de C.V., administre los fondos de su cuenta individual a partir del 1° de enero de 2026, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo a esa Administradora.
Ciudad de México a 27 de noviembre de 2025.
Afore Coppel, S.A. de C.V.
Representante Legal
Luis Gerardo Goycoolea Valencia
Rúbrica.
(R.- 571186)