Afore Invercap, S.A. de C.V.
Mediante oficio D00/100/170/2025 de fecha 21 de noviembre de 2025, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en cumplimiento al Acuerdo No. JGE/03/01/2025 adoptado por la Junta de Gobierno de esa Comisión, en su 3a Sesión Extraordinaria de 2025 celebrada el 21 de noviembre de 2025, hizo constar la autorización a las comisiones de Afore Invercap, S.A. de C.V., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De conformidad con lo dispuesto en el oficio antes referido a continuación se publica, en tiempo y forma, en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Invercap, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro básicas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembrede 2026:
| Concepto | Factor |
| Comisión sobre saldo | 0.54% anual sobre el saldo administrado |
La comisión será aplicable a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Invercap, S.A. de C.V., administre los fondos de su cuenta individual a partir del 1° de enero de 2026, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo en la Administradora.
En virtud de que la comisión de Afore Invercap, S.A. de C.V., no implica un incremento en la comisión que se cobra a los trabajadores asignados o registrados, ya sean éstos activos o inactivos, en el presente caso, no se actualizará el derecho de los trabajadores a traspasar su cuenta individual previsto en el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Monterrey, N.L. a 1° de diciembre de 2025.
Afore Invercap, S.A. de C.V.
Representante Legal
Lic. Eduardo Salaburu Llamas
Rúbrica.
(R.- 571183)