ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa a trámites que se realizan ante la Agencia Federal de Aviación Civil, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

EMILIO AVENDAÑO GARCIA, Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 14, 16, 17, 26 fracción XII y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 6, 7 fracción I, 8, 9 fracciones IX, XII y XIII, 10 fracciones II, III, V y IX, 19, 24 y 74 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 6 bis de la Ley de Aviación Civil; 2 fracción VII Bis y 6 Bis de la Ley de Aeropuertos; 3 Apartado C, fracción I, 9, 10, fracción X, 31, 33 y 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes,1, 2 y 3 del Decreto por el que se crea el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Agencia Federal de Aviación Civil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 2019 y su modificación, publicada el 12 de septiembre de 2023, y
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia.
Que el artículo 6 ,fracción III, XXII y XXIII, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia, entre otros.
Que de conformidad con los artículos 8 y 10 fracción IX de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización, es la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y tiene la atribución, entre otras, de realizar propuestas de simplificación y digitalización de Trámites y Servicios a los Sujetos Obligados; así como coordinar y supervisar su implementación.
Que son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente, y en observancia al artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la simplificación podrá ser conforme a la habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de trámites y servicios, el establecimiento de plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo e Implementar cualquier otra acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y servicios de su competencia.
Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes planea, formula y conduce las políticas y programas para la regulación y desarrollo de los servicios de transporte aéreo de acuerdo con las necesidades del país; y cuenta con facultades para otorgar concesiones, asignaciones y permisos, verificar su cumplimiento y, en su caso, resolver sus modificaciones, prórrogas o terminaciones y prestar servicios a la navegación aérea.
Que la Agencia Federal de Aviación Civil es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes con capacidad técnica, operativa y de gestión, el cual tiene las atribuciones que le confieren la Ley de Aviación Civil, la Ley de Aeropuertos, sus respectivos reglamentos, su instrumento normativo de creación y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Que la misión de la Agencia Federal de Aviación Civil es asegurar que el transporte aéreo participe en el proceso de crecimiento sostenido, sustentable y seguro, que contribuya al bienestar social, al desarrollo regional, a la conectividad y a la generación de empleos, apoyando la conformación de una sociedad mejor integrada, comunicada e igualitaria, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA A
TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, ÓRGANO ADMINISTRATIVO
DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ARTÍCULO ÚNICO. Se eliminan los trámites que se señalan a continuación:
Núm
Homoclave
Nombre del trámite
1
AFAC-2021-290-003-A
Servicios educativos que brinda la Agencia Federal de Aviación Civil.
2
AFAC-2020-290-009-A
Conservación de informes de supervisión de programas de conservación y mantenimiento de la infraestructura, instalaciones y equipos de los aeródromos civiles.
3
AFAC-2020-290-027-B
Asignación y registro de códigos.
Modalidad: Registro y aprobación de código de identificación de equipo localizador de emergencia (ELT).
4
AFAC-2020-290-027-C
Asignación y registro de códigos.
Modalidad: Cambio del código único de identificación del equipo de localizador de emergencia (ELT).
5
AFAC-2020-290-043-I
Expedición de permiso para formación, capacitación y recuperación para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Permiso de recuperación para el personal técnico aeronáutico de tierra.
6
AFAC-2020-290-047-D
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad de instructor de vuelo de planeadores.
7
AFAC-2020-290-046-AB
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto privado de aeróstato de vuelo dirigido.
8
AFAC-2020-290-046-R
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto de planeador.
9
AFAC-2020-290-048-F
Revalidaciones de licencias y certificados de capacidad para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Revalidación de certificado de capacidad de acuerdo al tipo de aeronave.
10
AFAC-2020-290-048-G
Revalidaciones de licencias y certificados de capacidad para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Revalidación de certificado de capacidad de acuerdo a las reglas IFR.
11
AFAC-2020-290-048-H
Revalidaciones de licencias y certificados de capacidad para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Revalidación de certificado de capacidad de acuerdo a la clase de aeronave.
12
AFAC-2021-290-005-A
Operaciones en el Aeropuerto Nacional de Zamora.
13
AFAC-2020-290-082-A
Autorización para aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial para sobrevolar el espacio aéreo nacional y aterrizar y despegar en territorio mexicano.
14
AFAC-2020-290-075-I
Avisos de inicio de operaciones, salida de aeronaves extranjeras internadas y acuerdos comerciales.
Modalidad: Aviso de salida de aeronaves extranjeras internadas temporalmente en territorio nacional para prestar servicios aéreos especializados.
15
AFAC-2020-290-061-A
Autorización de los manuales técnicos de operaciones, prevención de actos de interferencia ilícita, seguridad aérea, general de mantenimiento, procedimientos de taller, despacho, control de producción, de vuelo y de mantenimiento.
Modalidad: Autorización del manual de seguridad aérea.
16
AFAC-2021-290-008-A
Servicios de verificación a cargo de la Agencia Federal de Aviación Civil.
17
AFAC-2020-290-075-A
Avisos de inicio de operaciones, salida de aeronaves extranjeras internadas y acuerdos comerciales.
Modalidad: Aviso de inicio de operaciones de los servicios de transporte aéreo nacional no regular.
18
AFAC-2020-290-075-F
Avisos de inicio de operaciones, salida de aeronaves extranjeras internadas y acuerdos comerciales.
Modalidad: Aviso de inicio de operaciones de los servicios de servicios aéreos a terceros: servicios aéreos servicios aéreos a terceros.
19
AFAC-2020-290-075-G
Aviso de inicio de operaciones de los Servicios Aéreos a Terceros en su modalidad de Servicios Aéreos Especializados de fumigación.
Modalidad: Servicios Aéreos Especializados de fumigación.
20
AFAC-2020-290-075-H
Avisos de inicio de operaciones de los Servicios Aéreos a Terceros en su modalidad de Servicios Aéreos Especializados de aerofotografía.
Modalidad: Aviso de inicio de operaciones de los Servicios Aéreos a Terceros en su modalidad de Servicios Aéreos Especializados de aerofotografía, entre otros.
21
AFAC-2020-290-085-D
Permiso para la prestación de los servicios de transporte aéreo.
Modalidad: Permiso para la prestación de los servicios de transporte aéreo nacional no regular: Servicios no regulares con ruta(s).
22
AFAC-2020-290-046-AF
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto comercial de aeronaves ultraligeras.
23
AFAC-2020-290-046-AA
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto privado de aeróstato de vuelo libre.
24
AFAC-2020-290-046-AC
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto comercial de aeróstato de vuelo libre.
25
AFAC-2020-290-046-AD
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto comercial de aeróstato de vuelo dirigido.
26
AFAC-2020-290-046-AE
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto privado de aeronaves ultraligeras.
27
AFAC-2020-290-046-C
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto agrícola de aeronave de ala fija.
28
AFAC-2020-290-046-F
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para meteorólogo aeronáutico clase II.
29
AFAC-2020-290-046-G
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para meteorólogo aeronáutico clase III.
30
AFAC-2020-290-046-H
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto privado de aeronave de ala rotativa.
31
AFAC-2020-290-046-I
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto comercial de aeronave de ala rotativa.
32
AFAC-2020-290-046-J
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto de transporte público ilimitado de aeronave de ala rotativa.
33
AFAC-2020-290-046-K
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para piloto agrícola de aeronave de ala rotativa.
34
AFAC-2020-290-046-L
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para controlador de tránsito aéreo clase I.
35
AFAC-2020-290-046-M
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para controlador de tránsito aéreo clase II.
36
AFAC-2020-290-046-N
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para controlador de tránsito aéreo clase III.
37
AFAC-2020-290-046-O
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para controlador de tránsito aéreo clase II, cuando el interesado sea titular de una licencia de controlador de tránsito aéreo clase I.
38
AFAC-2020-290-046-P
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para controlador de tránsito aéreo clase III, cuando la persona interesada sea titular de una licencia de controlador de tránsito aéreo clase II. 
39
AFAC-2020-290-046-S
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición para titulares de licencia de piloto privado o comercial de aeronave de ala fija.
40
AFAC-2020-290-046-T
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para técnico en mantenimiento clase I
41
AFAC-2020-290-046-U
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para técnico en mantenimiento, clase II.
42
AFAC-2020-290-046-V
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para técnico en mantenimiento clase I, cuando la persona interesada haya cursado la carrera de ingeniería aeronáutica.
43
AFAC-2020-290-046-W
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para técnico en mantenimiento clase II, cuando la persona interesada haya cursado la carrera de ingeniería aeronáutica.
44
AFAC-2020-290-046-X
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para técnico en mantenimiento clase II, cuando la persona interesada haya cursado la carrera de ingeniería en comunicaciones y electrónica.
45
AFAC-2020-290-046-Y
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para oficial de operaciones de aeronaves sin haber cursado la carrera de ingeniería en aeronáutica.
46
AFAC-2020-290-046-Z
Expedición de licencias para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Expedición de licencia para oficial de operaciones de aeronaves con carrera de ingeniería en aeronáutica.
47
AFAC-2020-290-047-A
Expedición del certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición del certificado de capacidad para el personal de vuelo respecto a la clase de aeronave, y tipo de la aeronave, de acuerdo a la marca, modelo, modificaciones y series.
48
AFAC-2020-290-047-E
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: técnico en mantenimiento clase I.
49
AFAC-2020-290-047-F
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: técnico en mantenimiento clase II.
50
AFAC-2020-290-047-G
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificados de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: radiotelefonista aeronáutico restringido, para el oficial de operaciones y demás personal técnico aeronáutico que lo requiera de conformidad con el reglamento para la expedición de permisos, licencias y certificados de capacidad del personal técnico aeronáutico.
51
AFAC-2020-290-047-H
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: controlador de tránsito aéreo clase I, II y III.
52
AFAC-2020-290-047-I
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: meteorólogo aeronáutico clase III para previsor aeronáutico A.
53
AFAC-2020-290-047-J
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: meteorólogo aeronáutico clase III para previsor aeronáutico B.
54
AFAC-2020-290-047-K
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: meteorólogo aeronáutico clase III para previsor aeronáutico/supervisor.
55
AFAC-2020-290-048-I
Revalidaciones de licencias y certificados de capacidad para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Revalidación de certificado de capacidad como instructor.
56
AFAC-2020-290-048-J
Revalidaciones de licencias y certificados de capacidad para el personal técnico aeronáutico.
Modalidad: Revalidación de certificado de capacidad para personal técnico aeronáutico de tierra.
57
AFAC-2020-290-068-A
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad de acuerdo al tipo de vuelo por instrumentos (IFR).
58
AFAC-2020-290-068-B
Expedición de certificado de capacidad para el personal técnico aeronáutico de vuelo y de tierra.
Modalidad: Expedición de certificado de capacidad del personal técnico aeronáutico de tierra: meteorólogo aeronáutico clase III para previsor aeronáutico/científico.
59
AFAC-2023-290-004-D
Exámenes teóricos y prácticos para el personal técnico aeronáutico.
Solicitud de orden de examen práctico para obtención de licencia de persona piloto de transporte público ilimitado (TPI) y/o capacidad de personal técnico aeronáutico de vuelo.
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. La Agencia Federal de Aviación Civil actualizará la información de los trámites y servicios enunciados en este Acuerdo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
TERCERO. A partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, los trámites expedidos con anterioridad por la Dirección de Certificación de Licencias, conservarán su vigencia, en virtud del proceso de simplificación y mejora administrativa aplicado a los trámites que se realizan ante la Agencia Federal de Aviación Civil, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por lo que corresponde a los tramites emitidos por la Dirección de Aeropuertos no se cuenta con antecedente alguno respecto del trámite en comento.
CUARTO. Las autoridades competentes deberán realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos vinculados al presente Acuerdo dentro del plazo máximo de 120 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo.
QUINTO. Será aplicable a los ajustes que deban realizarse en los procedimientos administrativos, sistemas de registro, o cualquier otro mecanismo que requiera actualización conforme a los cambios normativos introducidos.
Ciudad de México, a 10 de noviembre de 2025.- El Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, Emilio Avendaño Garcia.- Rúbrica.