AVISO de consulta pública del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-157-SEMARNAT-2009, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-157-SEMARNAT-2025, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

ILEANA AUGUSTA VILLALOBOS ESTRADA, Subsecretaria de Regulación Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales con fundamento en los artículos 1° párrafos primero, segundo y tercero; 4o., párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 Bis, fracciones I, II, II Bis, III, IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., y 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., párrafos primero y segundo, fracción V, 2, fracciones III, VI, VIII y IX; 5o., fracciones XXX y XXX Bis 1, 7, fracción III; 12, fracción II, 16, 17, 27, fracciones I, II, V, VI, 32, 33, 40, párrafo primero, 41, 42 último párrafo y 45 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 33 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 10, fracción VIII, 24, 28, 34, 35, fracción V, 38 y Tercero Transitorio de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 15, fracciones VII y VIII y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-157-SEMARNAT-2025, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros, se sometió a consideración y fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su Cuarta Sesión Ordinaria del día 18 de diciembre de 2025, para someterlo a periodo de consulta pública.
Que de conformidad con lo establecido en la fracción V, del artículo 35 y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, se publica en el Diario Oficial de la Federación, un aviso de consulta pública del Proyecto de la Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el citado Comité, sito en Avenida Ejército Nacional 223, piso 16, colonia Anáhuac I Sección, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11320 o a través del correo electrónico: mineria.dggimar@semarnat.gob.mx
Que el texto completo del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-157-SEMARNAT-2025 puede ser consultado en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a través del siguiente enlace: https://platiica.economia.gob.mx/normalizacion/proy-nom-y-respuesta-a-comentarios/
Código
PROY-NOM-157-SEMARNAT-2025
Titulo
Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-157-SEMARNAT-2009, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-157-SEMARNAT-2025, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros
Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana establece los elementos y procedimientos que se deben considerar al formular y aplicar los planes de manejo de residuos mineros, con el propósito de promover la prevención de la generación y la valorización de los residuos, así como alentar su manejo integral a través de nuevos procesos, métodos y tecnologías que sean económica, técnica y ambientalmente factibles.
Campo de
aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para quienes generen y posean residuos mineros.
La presentación del plan de manejo no exime al generador, ni a los responsables de su ejecución, ni a los terceros poseedores que gestionen los residuos mineros, de tramitar y obtener las autorizaciones correspondientes para llevar a cabo las actividades de manejo integral de los residuos mineros.
Existe responsabilidad solidaria por el manejo de residuos mineros entre quien los genera y los posee.
Objetivos
legítimos de
interés público
La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objetivo legítimo de interés público la protección al medio ambiente, atendiendo las causas que pueden afectar o poner en riesgo al medio ambiente por la falta de especificaciones y características relacionadas con los planes de manejo de residuos mineros y por un inadecuado manejo integral de estos residuos.
Síntesis: El Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los elementos y procedimientos que se deben considerar al formular y aplicar los planes de manejo de residuos mineros, con el propósito de promover la prevención de la generación y la valorización de los residuos, así como alentar su manejo integral a través de nuevos procesos, métodos y tecnologías que sean económica, técnica y ambientalmente factibles. Es de observancia obligatoria para quienes generen y posean residuos mineros.
Dicho Proyecto considera los siguientes aspectos:
a)     Actualización del listado de residuos mineros, excluyendo aquellos que no son exclusivos de los procesos mineros e incluyendo otros residuos propios de la actividad minera.
b)     Inclusión de la alternativa de un estudio integral en la caracterización de los residuos mineros, generando información detallada y precisa para pronosticar los posibles daños ambientales
c)     Inclusión de criterios generales de actividades de manejo integral.
d)     Actualización del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad.
Por lo anterior, las especificaciones previstas en el presente Proyecto tienen por objeto promover la elaboración de planes de manejo de residuos mineros que conlleven a la implementación de prácticas que minimicen la generación y busquen la valorización de esos residuos, cuando sea viable.
Concordancia con
Normas
Internacionales
Esta Norma Oficial Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de su elaboración.
 
Ciudad de México, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.- La Subsecretaria de Regulación Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ileana Augusta Villalobos Estrada.- Rúbrica.