Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A AXEL MICHEL PÉREZ CAZAREZ, FRANCISCO JAVIER RAMOS CASARES, EDEZA REYES MACHADO, RAFAEL ROSAS ROCHA Y ADOLFO JESÚS CORONEL BELTRÁN (EN SU CALIDAD DE CODEMANDADOS EN EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 6/2024) Y A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL NUMERARIO EN MONEDA EXTRANJERA, CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE 897,185.00 USD (OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO DÓLARES AMERICANOS); Y NUMERARIO EN MONEDA NACIONAL CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $990.00 (NOVECIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
En auto de 25 de abril de 2024, dictado en el juicio de extinción de dominio 6/2024, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República contra de Axel Michel Pérez Cazarez, Jorge Antonio Galván González, Francisco Javier Ramos Casares, Edeza Reyes Machado, Rafael Rosas Rocha y Adolfo Jesús Coronel Beltrán, en su calidad de codemandados.
De conformidad con lo establecido en los numerales 86 y 88 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de emplazar a juicio a los codemandados Axel Michel Pérez Cazarez, Francisco Javier Ramos Casares, Edeza Reyes Machado, Rafael Rosas Rocha y Adolfo Jesús Coronel Beltrán, así como cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto del numerario en moneda extranjera consistente en la cantidad de 897,185.00 USD (ochocientos noventa y siete mil ciento ochenta y cinco dólares americanos); y numerario en moneda nacional consistente en la cantidad de $990.00 (novecientos noventa pesos 00/100 Moneda Nacional), del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con los hechos ilícitos de contra la salud, previsto en el numeral 194, fracción l, del Código Penal Federal y operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el numeral 400 Bis, fracción I del Código Penal Federal, bienes que se encuentran asegurados por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Hágase saber a los codemandados que podrán acudir a las oficinas del Instituto Federal de Defensoría Pública ubicadas en su ciudad y también podrán consultar la siguiente página electrónica, para su localización:
| https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm |
De la que se desprende el directorio de delegaciones del instituto, además el número telefónico 800-22-42-426 del servicio DEFENSATEL, para solicitar el servicio de personal especializado, en la modalidad que se estimen pertinente.
Atento a lo anterior, deberán comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga; de igual forma, se les comunica que en este juzgado se encuentra el traslado correspondiente para que se impongan de autos.
Ciudad de México
14 de agosto de 2025.
Secretaria adscrita al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Esmeralda Ramírez López
Rúbrica.
(E.- 000868)