Estados Unidos Mexicanos
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM)
Dirección General
De conformidad con lo establecido en los artículos 69 de la Ley de Aeropuertos; 136 del Reglamento de la citada Ley, así como el numeral 7, primer párrafo, de las Bases de Regulación Tarifaria correspondientes, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), con oficio No. 4.1.3.1.-034/2026, del 14 de enero de 2026, suscrito por la Dirección de Regulación Económica y Estadística de la AFAC y de cuyo anexo se desprenden las tarifas que a continuación se observan, tomó conocimiento de las tarifas específicas definitivas aplicables para el Servicio Aeroportuario de Abordadores Mecánicos en su modalidad de Aerocares que proporciona la empresa Passenger Movers de México, S.A. de C.V., en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México:
TARIFAS DEFINITIVAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO AEROPORTUARIO
DE ABORDADORES MECÁNICOS (EN LA MODALIDAD DE AEROCARES)
PROPORCIONADO POR PASSENGER MOVERS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
APLICABLES EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL BENITO JUÁREZ CIUDAD DE MÉXICO
A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2026
| Servicio de Abordadores Mecánicos para Pasajeros (AEROCARES) ($/Media hora/unidad) | Tarifa (M.N) |
| Media hora Inicial ($/media hora/unidad) | $1,050.00 |
| 1a. y 3a. fracción de 15 minutos ($/15 minutos/unidad) | $319.00 |
| 2a. y 4a. fracción de 15 minutos ($/15 minutos/unidad) | $208.00 |
· Factor de actualización 1.0273, con base en la relación del Índice Nacional de Precios al Productor (INPP) de diciembre 2025 con relación al INPP de diciembre 2024, conforme a los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). · Estas tarifas están expresadas en pesos mexicanos ($).
· Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será trasladado en los términos de la Ley de la materia.
Ciudad de México, a 05 de febrero de 2026.
Director General del AICM
Almirante Juan José Padilla Olmos
Rúbrica.
(R.- 572659)