MSPS México, S. de R.L. de C.V.
AVISO DE FUSIÓN
Mediante la Asamblea General de Socios de MSPS México, S. de R.L. de C.V. ("MSPS México"), así como mediante la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Morgan Stanley México, Casa de Bolsa, S.A. de C.V. ("Morgan Stanley México"), ambas celebradas el 18 de diciembre de 2025, previa obtención de la autorización respectiva por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ("Comisión"), se resolvió aprobar la fusión de dichas sociedades, subsistiendo Morgan Stanley México como sociedad fusionante y extinguiéndose MSPS México como sociedad fusionada, de conformidad con los siguientes términos:
"SEGUNDA. "En términos del oficio número 312-2/43092/2024 de fecha 13 de diciembre de 2024 emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se aprueba y se acuerda la fusión entre MSPS México, S. de R.L. de C.V., como sociedad fusionada que se extingue y Morgan Stanley México, Casa de Bolsa, S.A. de C.V., como sociedad fusionante que subsiste, mediante la absorción, por parte de la última, del total de activos, pasivos y capital de la Sociedad, la cual se extingue de pleno derecho por virtud de dicha fusión. Se toma nota en el sentido de que la fusión aquí aprobada se llevará a cabo en cumplimiento con los requisitos establecidos en el referido oficio."
TERCERA. "Se acuerda llevar a cabo la fusión tomando como base los estados financieros de la sociedad fusionada y de la sociedad fusionante al 30 de septiembre de 2025, incluyendo el balance proforma de la Sociedad al 30 de septiembre de 2025, los cuales han sido aprobados por sus respectivas asambleas. Asimismo, se acuerda para todos los efectos legales, contables y fiscales la fusión surtirá plenos efectos en la fecha de inscripción de los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio correspondiente, para lo cual deberá haberse obtenido la autorización por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley del Mercado de Valores. Se aprueba que cualquier pasivo a cargo de esta Sociedad sea liquidado a los acreedores que se opongan judicialmente a la fusión durante los noventa días naturales siguientes a la fecha de publicación de los acuerdos de la fusión. Lo anterior en cumplimiento a las disposiciones del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y en apego al artículo 132, fracción V de Ley del Mercado de Valores.""
En adición a que la fusión se llevará a cabo en cumplimiento con los requisitos establecidos en el oficio 312-2/43092/2024 de autorización emitido por la Comisión, la fusión también se llevará a cabo conforme al respectivo convenio de fusión celebrado por dichas sociedades. En virtud de la fusión y al surtir ésta sus efectos, todos los activos y derechos y todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades y, en general, todo el patrimonio de MSPS México, sin reserva ni limitación alguna, pasará a título universal de Morgan Stanley México. En tal virtud, a partir de la fecha en que surta efectos la fusión, Morgan Stanley México hará suyo y asumirá todo el pasivo que tenga MSPS México a la fecha antes indicada, quedando Morgan Stanley México expresamente obligada al pago del mismo.
En relación con el sistema establecido para la extinción del pasivo de MSPS México, se acordó liquidar cualquier pasivo a favor de los acreedores que se opongan judicialmente a la fusión durante los 90 días siguientes a la fecha de publicación de los acuerdos de la fusión conforme a los Artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Se publica este aviso de fusión en cumplimiento y para los efectos de lo dispuesto por el Artículo 132, fracción IV de la Ley del Mercado de Valores.
Ciudad de México, a 6 de febrero de 2026. Representante Legal
Edgar Trueba Paz y Puente
Rúbrica.
(R.- 572781)