LINEAMIENTOS de Operación del Programa Presupuestario E004 Servicios de Registro e Identificación de Población.

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E004 SERVICIOS DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN
ÍNDICE
NORMATIVA:
INTRODUCCIÓN
i)        INFORMACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
a)    DISPOSICIONES GENERALES
b)    DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
c)     GLOSARIO DE TÉRMINOS
d)    INSTANCIAS EJECUTORAS
ii)       DIAGNÓSTICO
a)    DIAGNÓSTICO DEL PROBLEMA PÚBLICO
b)    IDENTIFICACIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA
OBJETIVO GENERAL
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
c)     IDENTIFICACIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETIVO
POBLACIÓN OBJETIVO
POBLACIÓN POTENCIAL
iii)      DISEÑO DE LA INTERVENCIÓN
a)    REQUISITOS Y CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA LA POBLACIÓN BENEFICIARIA
b)    TIPOS DE APOYOS / CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
c)     PRESUPUESTO ANUAL O PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
d)    METAS FÍSICAS
METAS FÍSICAS (ESTRATÉGICAS Y DE GESTIÓN)
iv)      OPERACIÓN Y EJECUCIÓN:
a)    PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD, SELECCIÓN Y ENTREGA
b)    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
v)       EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS:
a)    MECANISMOS DE EVALUACIÓN
b)    INDICADORES ESTRATÉGICOS Y DE GESTIÓN
c)     TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
d)    PADRÓN DE POBLACIÓN BENEFICIARIA
INFORMACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
NORMATIVA:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4° establece que toda persona tiene derecho a la identidad, así como a ser registrada de manera inmediata a su nacimiento, siendo el Estado quien garantizará el cumplimiento de estos derechos.
La identidad de las personas es un derecho constitucional, razón por la cual el Registro Nacional de Población mediante la Ley General de Población se ocupa de realizar el registro de todos los ciudadanos mexicanos y extranjeros nacionalizados como mexicanos, por lo que es necesario dar cumplimiento a los siguientes preceptos normativos:
De conformidad con la Ley General de Población (publicada por el DOF el 09 de abril del 2012 y reformada mediante decreto publicado en el DOF el día 16 de julio de 2025, la Secretaria de Gobernación tiene las siguientes facultades:
Artículo 85.- La Secretaría de Gobernación tiene a su cargo el registro y la acreditación de la identidad de todas las personas residentes en el país y de los nacionales que residan en el extranjero.
Artículo 86.- El Registro Nacional de Población tiene como finalidad registrar a cada una de las personas que integran la población del país, con los datos que permitan certificar y acreditar fehacientemente su identidad.
Artículo 91.- Al incorporar a una persona en el Registro Nacional de Población, se le asignará una clave que se denominará Clave Única de Registro de Población. Esta servirá para registrarla e identificarla en forma individual.
Artículo 91 Bis.- La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital. La Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la Clave Única de Registro de Población, mediante: I. II. La transferencia de los datos biométricos que obren en poder de las autoridades de los tres órdenes de gobierno al Registro Nacional de Población, previa autorización de su titular, o La asistencia de los titulares a los centros que al efecto habilite la Secretaría de Gobernación para tal efecto. La integración de los datos biométricos se realizará, previo consentimiento de las personas titulares. La Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población, establecerá mecanismos de coordinación y colaboración con las distintas autoridades de los tres órdenes de gobierno para los fines del presente artículo. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 91 Ter.- La Clave Única de Registro de Población que cuente con los datos biométricos se vinculará con el Registro del Sistema Nacional de Salud, que prevé la Ley General de Salud. Asimismo, podrá integrarse a otros registros y sistemas nacionales, en términos de las leyes y normativa aplicable. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 91 Quater.- El Registro Nacional de Población contará con una Plataforma Única de Identidad, para la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población que permita la integración de los datos a que se refiere el artículo 91 Bis de la presente Ley, a fin de brindar el Servicio Nacional de Identificación Personal.
Artículo 92.- La Secretaría de Gobernación establecerá las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población. Asimismo, coordinará los métodos de identificación y registro de las dependencias de la administración pública federal.
Artículo 93.- Las autoridades locales contribuirán a la integración del Registro Nacional de Población. Al efecto, la Secretaría de Gobernación celebrará con ellas, convenios con los siguientes propósitos:
I. Adoptar la normatividad a que se refiere el artículo anterior;
II. Recabar la información relativa a los nacimientos y defunciones de las personas a fin de integrar y mantener permanentemente actualizado el Registro Nacional de Población, y
III. Incluir en el acta correspondiente la Clave Única de Registro de Población al registrar el nacimiento de las personas.
Artículo 94.- Las autoridades de la Federación, de los estados y de los municipios, serán auxiliares de la Secretaría de Gobernación en las funciones que a ésta correspondan en materia de registro de población.
Artículo 101.- La Secretaría de Gobernación podrá verificar los datos relativos a la identidad de las personas, mediante la confrontación de los datos aportados por los ciudadanos con los que consten en los archivos correspondientes de dependencias y entidades de la administración pública federal que, para el ejercicio de sus funciones, tengan establecidos procedimientos de identificación personal.
Asimismo, y de conformidad con el Reglamento Interno de la Secretaría de Gobernación, la DGRNPI tiene las siguientes atribuciones (se mencionan las más relevantes) de acuerdo a su Artículo 60:
El Artículo 60 del Reglamento Interior de la SEGOB establece que la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad tiene las atribuciones siguientes:
I. Organizar, integrar y administrar el Registro Nacional de Población;
II. Administrar, diseñar y operar el Servicio Nacional de Identificación Personal;
III. Asignar y gestionar la Clave Única de Registro de Población, así como implementar procesos para mantener los datos exactos, completos, correctos y actualizados que la componen, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
El Estado mexicano ha celebrado y aprobado diversos tratados, acuerdos y documentos internacionales que reconocen y protegen el derecho a la identidad de las personas. Entre ellos se encuentra la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), que establece el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y a una nacionalidad. Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) reconoce el derecho de toda persona al reconocimiento de su personalidad jurídica y, en el caso de los niños, el derecho a un nombre y a una nacionalidad. De igual forma, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969) garantiza el derecho al nombre, a la nacionalidad y a la protección de la identidad, especialmente en la infancia. Por su parte, la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) reafirma el derecho de todo niño a ser inscrito inmediatamente después de su nacimiento, a tener un nombre, una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos, obligando a los Estados a restablecer y proteger estos elementos de identidad.
Otros instrumentos relevantes incluyen la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990), que garantiza la inscripción de nacimientos y el reconocimiento de la personalidad jurídica de los hijos de migrantes, y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), que protege el derecho de las mujeres a transmitir su nacionalidad en condiciones de igualdad. Asimismo, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) reconoce el derecho a la nacionalidad, al registro de nacimiento y al reconocimiento de la personalidad jurídica en igualdad de condiciones. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) también incorpora estos principios al reconocer el derecho a la personalidad jurídica y a la protección de la ley. Finalmente, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (2015), en su meta 16.9, establece el compromiso de garantizar para el año 2030 una identidad legal para todas las personas, incluidos los registros de nacimiento, reafirmando el carácter universal e inclusivo del derecho a la identidad.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 27, fracciones I y X dispone que a la Secretaría de Gobernación le corresponde formular y conducir la política de población e interculturalidad, así como operar el servicio nacional de identificación personal, y compartir la información de dicho sistema con las autoridades competentes, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
El Registro Nacional de Población tiene como finalidad el registro de cada una de las personas que integran la población del país, con los datos que permitan certificar y acreditar fehacientemente su identidad, para lo cual se asigna a cada persona una Clave Única de Registro de Población que sirve para registrarla e identificarla de forma individual;
El Registro Nacional de Población se inscribirá: I. A las y los mexicanos, mediante el Registro Nacional de Ciudadanos y el Registro de Menores de Edad; y II. A las y los extranjeros, a través del Catálogo de los Extranjeros residentes en la República Mexicana.
La Clave Única de Registro de Población es la fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentre en condición de estancia regular en el país, y se integra por una secuencia alfanumérica de 18 caracteres, con la que se les incorpora en el Registro Nacional de Población;
El Registro Civil constituye la institución fundamental para garantizar el derecho a la identidad, mediante el registro de nacimiento con la identidad constituida por un nombre, una nacionalidad y una filiación de cada persona mexicana, garantizando así su derecho a contar con una identidad legal y al reconocimiento de su personalidad jurídica;
Las autoridades federales, estatales y municipales son auxiliares de la Secretaría de Gobernación en las funciones que a ésta correspondan en materia de registro de población; y que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que conforme a sus atribuciones integren algún registro de personas, deberán adoptar el uso de la Clave Única de Registro de Población como un elemento de aquél.
La Secretaría de Gobernación establecerá las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población. Asimismo, coordinará los métodos de identificación y registro de las dependencias de la administración pública federal.
La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de la Ley General de Población, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital.
A través de la coordinación interinstitucional e intersectorial se logra tanto la vinculación con los Registros Civiles del país, mismos que proveen los registros de nacimiento y defunción, como con los entes públicos de los tres órdenes de gobierno para la asignación, adopción y uso de la Clave Única de Registro de Población.
Para el registro y acreditación de la identidad son necesarios el acta de nacimiento, la Clave Única de Registro de Población, la información biométrica y los mecanismos de identificación oficiales, así como el establecimiento de criterios homogéneos para su generación, uso, adopción y manejo;
La Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la Clave Única de Registro de Población, mediante:
I. La transferencia de los datos biométricos que obren en poder de las autoridades de los tres órdenes de gobierno al Registro Nacional de Población, previa autorización de su titular, o
II. La asistencia de las y los titulares a los centros que habilite la Secretaría de Gobernación para tal efecto.
El Registro Nacional de Población cuenta con una Plataforma Única de Identidad para la consulta, validación y gestión de la Clave Única de Registro de Población que permite la integración de los datos biométricos de la persona titular, a fin de brindar el Servicio Nacional de Identificación Personal.
La Clave Única de Registro de Población debe ser empleada en los procesos de validación y autentificación de la identidad de las personas en medios digitales y, por ende, todo ente público o privado estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios.
La finalidad del presente Programa presupuestario es contribuir a garantizar el derecho a la identidad de todas las personas en condiciones de igualdad y no discriminación, a través del registro y la acreditación fehaciente de su identidad, con base en los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, que deben observarse en la administración de los recursos públicos federales, es que he tenido a bien expedir el siguiente:
INTRODUCCIÓN
El Programa Presupuestario se inserta en un contexto nacional donde el reconocimiento legal de la identidad de las personas es un derecho fundamental y una condición indispensable para el ejercicio pleno de otros derechos humanos.
En este contexto el programa cambio de denominación antes era el Programa E012 "Registro e Identificación de Población", se incorpora el concepto de servicios, toda vez que este programa a lo largo de su ejecución ha experimentado una mejora continua y actualmente no es nada más un registro de población, ahora está enfocado a la prestación de servicios de identidad para toda la población, así como a instituciones públicas y privadas en los tres órdenes de gobierno.
Este programa forma parte del ámbito de responsabilidad de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), específicamente a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad (DGRNPI) que es la responsable del Programa Presupuestario y la instancia encargada de normar, coordinar y supervisar las acciones relacionadas con la identidad de la población en México.
A nivel institucional, el Programa Presupuestario es estratégico para garantizar la operación del Sistema Nacional de Identificación Personal, mediante la coordinación con los Registros Civiles de las entidades federativas y las dependencias de la Administración Pública Federal. Su objetivo primordial es establecer y mantener actualizado el Registro Nacional de Población y emitir la Clave Única de Registro de Población (CURP), instrumento clave para la identificación de la población y su vinculación con servicios públicos, programas sociales y trámites gubernamentales.
La Secretaría de Gobernación, en su papel rector en materia de gobernabilidad, política interior, y derechos humanos, desempeña un rol fundamental en el fortalecimiento institucional del Estado mexicano. Dentro de sus múltiples atribuciones, coordina políticas públicas que garanticen la legalidad y el estado de derecho, incluyendo aquellas relacionadas con la identidad de las personas. En este sentido, la DGRNPI opera como una unidad estratégica que asegura que toda persona pueda ser registrada de manera oportuna y adecuada.
El fortalecimiento del Programa Presupuestario cobra especial relevancia en esta nueva administración, tanto por la necesidad de contar con bases de datos confiables y seguras, como por el impulso de una agenda digital y de identidad digital que permita una administración pública más eficiente y centrada en las personas.
Contar con el Programa Presupuestario es esencial para el adecuado funcionamiento de numerosas políticas públicas, ya que la identificación confiable y estandarizada de las personas es un prerrequisito para la planeación, implementación, monitoreo y evaluación de acciones gubernamentales. Entre sus principales aportaciones se encuentran:
·   Facilita el acceso a servicios sociales, como educación, salud y programas de apoyo económico.
·   Permite combatir el subregistro, especialmente en comunidades rurales, indígenas o en situación de vulnerabilidad.
·   Fortalece la seguridad nacional y jurídica, al proporcionar datos fiables sobre la población.
·   Contribuye al cumplimiento de compromisos internacionales, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), particularmente el ODS 16.9: "Proporcionar acceso a una identidad jurídica para todos, incluidos el registro de nacimientos, de aquí a 2030".
i)     INFORMACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
a)    DISPOSICIONES GENERALES
Los presentes Lineamientos son de orden público y de observancia obligatoria para los responsables del Programa Presupuestario E004 Servicios de Registro e Identificación de Población implicados, así como para aquellos con los que se tengan suscritos convenios, acuerdos, bases de colaboración o que cuenten con registros o bases de datos de personas para fines de identificación o acreditación de la identidad legal.
Asimismo, serán de observancia general para los entes públicos, privados y financieros con quienes se tengan celebrados instrumentos jurídicos, que para el ejercicio de sus funciones tengan, posean o integren registros de personas para su identificación.
En la aplicación de los presentes Lineamientos se deberán observar los principios de: universalidad, igualdad, transversalidad, perspectiva de género, no discriminación y accesibilidad, así como los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.
De igual manera, los presentes Lineamientos deberán interpretarse favoreciendo en todo tiempo la perspectiva de género y la protección más amplia para las personas, en armonía con la cobertura, disposición presupuestal, requisitos de elegibilidad y objetivos del Programa Presupuestario E004 Servicios de Registro e Identificación de Población. Las personas servidoras públicas responsables del Programa deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.
b)    DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
Ramo
4
Modalidad del Pp
E
Clave del Pp
004
Denominación Pp
Servicios de registro e identificación de población
 
c)    GLOSARIO DE TÉRMINOS
I.          Acta de nacimiento: Documento público probatorio que hace constar de manera auténtica y fehaciente el hecho del estado civil del nacimiento, mediante la asignación del nombre, nacionalidad y filiación de una persona;
II.         Catálogo de los Extranjeros Residentes en la República Mexicana: Al registro a cargo de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad en el cual se concentra la información de carácter migratorio que posea la Secretaría de Gobernación en los términos establecidos en la Ley General de Población y en su Reglamento, y demás disposiciones aplicables;
III.        Carta de naturalización: Instrumento jurídico expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través del cual se acredita el otorgamiento de la nacionalidad mexicana a las personas extranjeras;
 
IV.        COMAR: Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados;
V.         Consulta; Al servicio que se presta a través del Servicio Nacional de Identificación Personal mediante el cual se tiene acceso a la identidad jurídica, así como a la identidad biométrica de las personas;
VI.        CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
VII.       CUR: Folio único asignado por la COMAR, a cada solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado, denominado Clave Única de Refugiados;
VIII.      CURP: A la Clave Única de Registro de Población, la cual es fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana o extranjera que se encuentre en condición de estancia regular en el país, integrada de una secuencia alfanumérica de 18 caracteres que permite identificarlas;
IX.        Datos del documento probatorio: Datos de identificación y localización del documento probatorio que permiten verificar su autenticidad, entre los que se encuentran: folio, fecha de registro, identificador electrónico, oficialía, número de libro, número de acta, Número Único de Extranjero, CUR, etc.;
X.         Datos personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable;
XI.        Dependencias: A las que hace referencia el artículo 2º de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
XII.       DGRNPI: Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad de la Secretaría de Gobernación;
XIII.      Documento migratorio: Documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración que permite a la persona extranjera acreditar su condición de estancia regular en el territorio nacional;
XIV.      Documento Nacional de Identificación: A la CURP que tenga asociados los datos biométricos a los que hace referencia el artículo 91 Bis de la Ley General de Población;
XV.       Entes públicos: Organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sean considerados entidades paraestatales, y sus equivalentes en las entidades federativas y en los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como los órganos constitucionales autónomos, federales y locales;
XVI.      Identidad: Conjunto de características propias congénitas o adquiridas de una persona que le permite reconocerse e identificarse como un ser humano único y diferente a los demás;
XVII.     Identidad biométrica: Aquellos datos personales que se refieren a las características y rasgos de una persona física que permiten su identificación única, integrados por: la fotografía del rostro; la firma para mayores de 18 años; la o las huellas dactilares; y en su caso, la imagen del iris;
XVIII.     Identidad legal: Cualquier información biográfica concerniente a una persona física identificada o identificable, integrada por: nombre o nombres; apellido o apellidos; fecha de nacimiento; sexo y género; lugar de nacimiento, y nacionalidad;
XIX.      INEGI: Instituto Nacional de Geografía y Estadística;
XX.       INM: Instituto Nacional de Migración;
XXI.      Nacional: Personas que poseen la nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización, en términos de lo establecido por el artículo 30 de la CPEUM;
XXII.     Nacionalidad: Vínculo o nexo jurídico y político que relaciona a un individuo con una nación o país;
XXIII.     Persona extranjera: Toda persona que no tiene la nacionalidad mexicana;
XXIV.    Población del país: Personas mexicanas y extranjeras que estén domiciliadas en territorio nacional. Para el caso de las personas extranjeras, su domiciliación será determinada por el INM y por la COMAR, en sus respectivas competencias, al momento en que se otorgue el documento probatorio que corresponda;
XXV.     Programa presupuestario: Al Programa presupuestario E004 denominado Servicios de Registro e Identificación de Población;
XXVI.    Secretaría: Secretaría de Gobernación;
XXVII.   SID: Sistema Nacional de Registro e Identidad;
XXVIII.   SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
XXIX.    SNIP: Servicio Nacional de Identificación Personal;
XXX.     SRE: Secretaría de Relaciones Exteriores;
XXXI.    Subregistro: Situación en la que se encuentra una persona que no ha sido registrada ante el Registro Civil dentro de los primeros 5 años de vida.
d)    INSTANCIAS EJECUTORAS
La instancia ejecutora del Programa Presupuestario es la DGRNPI.
La DGRNPI es la unidad responsable principal que opera el Programa Presupuestario. Esta unidad tiene la responsabilidad de coordinar y ejecutar todas las actividades relacionadas con los registros civiles y el reconocimiento de identidad legal para la población del país.
ii)    DIAGNÓSTICO
a)    DIAGNÓSTICO DEL PROBLEMA PÚBLICO
Personas mexicanas residentes en territorio nacional y en el extranjero, y personas extranjeras residentes en México, sin poder ejercer su derecho a la identidad.
Los impedimentos en la validación de la identidad jurídica de la población son generados por las siguientes CAUSAS y producen los EFECTOS que a continuación se detallan:
1.     La falta de capacitación de los operadores del SID tiene como consecuencia los efectos siguientes: que la captura de los registros de identidad tenga errores, lo que genera inconsistencias en las Bases de datos que integran el Registro Nacional de Población y una mala percepción de la ciudadanía en los servicios que presta la DGRNPI.
2.     Las capacidades y recursos institucionales insuficientes para llevar a cabo el registro biométrico de la población generan como efecto la limitación del acceso al registro impidiendo acreditar fehacientemente la identidad de las personas, principalmente la de las niñas, niños y adolescentes que no cuentan con una identificación oficial que los identifique plenamente.
b)    IDENTIFICACIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA
OBJETIVO GENERAL
El Programa presupuestario tiene por objetivo garantizar que todas las personas mexicanas residentes en territorio nacional y en el extranjero, así como las personas extranjeras residentes en México, cuenten con un registro de identidad legal que les permita ejercer efectivamente su derecho a la identidad y acceder a derechos fundamentales como la salud, la educación y la participación política, mediante la mejora de la infraestructura, los servicios registrales y los procesos de digitalización, bajo un enfoque integral, continuo y progresivo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
·   Contar con una operación óptima del Sistema Nacional de Registro e Identidad (SID)
·   Mejora en la Operación de los Registros Civiles
·   Coordinación con instituciones para la Validación de Identidad de la Población.
c)    IDENTIFICACIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETIVO
POBLACIÓN OBJETIVO
Identificación: La población objetivo del Programa presupuestario es aquella población programada para ser atendida en el ejercicio fiscal que corresponda, incluyendo aquellas que ya cuentan con CURP e identidad jurídica y biométrica.
Caracterización:
Toda la población mexicana residente México o en el extranjero que cuenta con acta de nacimiento y una CURP y toda la población extranjera residente en territorio de México y que se encuentra registrada a través del catálogo de extranjeros.
Cuantificación: Para su cuantificación debemos tomar en cuenta varias fuentes las proyecciones de CONAPO ya que estas proyecciones ofrecen estimaciones detalladas por entidad federativa y pueden ajustarse para obtener datos a nivel municipal, la aplicación de tasas de crecimiento localizadas y de datos históricos de crecimiento poblacional, se aplican tasas de crecimiento específicas, ajustando las proyecciones de CONAPO en consecuencia.
Complementar con datos de la Secretaría de Salud con las estadísticas vitales de nacimiento y defunción.
El INEGI realizó el Censo de Población y Vivienda en marzo de 2020, registrando una población total de 126,014,024 habitantes. Aunque la Encuesta Intercensal 2025 fue cancelada por recortes presupuestales, el INEGI implementará la Encuesta Nacional de Caracterización Urbana, enfocada en obtener indicadores detallados a nivel municipal sobre servicios, tendencias poblacionales y características de los entornos urbanos cabe mencionar que en este censo se detectó que el 0.36%, es decir 451,101 no contaban con registro de nacimiento.
 
 
POBLACIÓN
CANTIDAD
FUENTE
a
Censo INEGI 2020
126,014,024
INEGI (2020)
b
(+) Nacimientos reportados por Secretaría de Salud (2021 - 2024)
5,933,230
Secretaría de Salud
c
(-) Defunciones reportados por Secretaría de Salud (2021 - 2023)
2,734,385
Secretaría de Salud
1
Mexicanos (Vivos)
129,212,869
 
2
Mexicanos Nacidos en el Extranjero
11,214,896
SRE (Estadísticas de mexicanos en el mundo)
3
Extranjeros Residentes en México
847,480
INM (Estadística de Personas Extranjeras Residentes y Visitantes en México.)
4
Personas Refugiadas y solicitantes de Refugio
48,430
BD-RENAPO (CURP generadas por COMAR)
 
 
 
 
 
Población TOTAL
141,323,675
 
 
POBLACIÓN POTENCIAL
La población potencial del Programa presupuestal es la Población que presenta la problemática pública y que, en consecuencia, podría ser elegible para la atención del programa, por lo tanto, la población potencial del programa se puede definir como "Todas las personas que habitan en el territorio nacional y personas mexicanas residentes en el exterior incluyendo aquellas personas que no se encuentran registradas, actualizadas y/o no tienen CURP certificada y requieren la identidad jurídica y biométrica".
Dado que son personas que no cuentan con un documento de identidad legal y por lo tanto la CURP, así como aquellas que teniendo CURP requieren modificar los datos contenidos para tener actualizado su estatus.
Caracterización:
·   Niños, niñas y adolescentes que no han sido registrados de manera oportuna o bien que requieren ser registradas por su nacimiento.
·   Personas sin CURP certificada o con errores en su identidad jurídica.
·   Personas sin registro de nacimiento, sin CURP o sin documento oficial de identidad.
·   Aquellas personas que se concentran en zonas rurales, marginadas, de difícil acceso o con presencia indígena o afromexicana.
·   Aquellos grupos en situación de pobreza, discriminación estructural o movilidad (migración interna o retorno).
iii)   DISEÑO DE LA INTERVENCIÓN
a)    REQUISITOS Y CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA LA POBLACIÓN BENEFICIARIA
Cobertura
El Programa presupuestario tiene como población objetivo a todas las personas que residen en territorio nacional y que requieren ser incorporadas al Registro Nacional de Población con el propósito de garantizar su identidad jurídica, acceso a servicios públicos y ejercicio de derechos.
La población es elegible si cumple con al menos uno de los siguientes criterios:
·  Ser persona mexicana por nacimiento o naturalización que no haya sido registrada previamente.
·  Ser persona extranjera residente en México que requiera ser registrada conforme a la normativa aplicable.
·  Requerir la asignación o validación de la CURP para acceder a programas públicos, servicios escolares, de salud, laborales u otros trámites oficiales.
·  Tener necesidad de actualizar, corregir o ratificar información en el registro de población, ya sea cambio de nombre, nacionalidad, sexo u otra determinada por autoridad competente
Criterios de Focalización del Programa presupuestario
El Programa presupuestario es de cobertura universal y se implementa focalización operativa y territorial en los siguientes casos:
·  Poblaciones sin acta de nacimiento, especialmente en comunidades rurales, indígenas o marginadas, mediante campañas de registro extemporáneo.
·  Zonas con alta tasa de subregistro, identificadas con datos de INEGI, el Registro Civil y otras instancias federales y estatales.
·  Grupos vulnerables (población en situación de calle, migrantes, indígenas, personas privadas de la libertad, etc.) que enfrentan barreras estructurales para obtener documentación oficial.
·  Coordinación con entidades de la APF para garantizar el registro de personas beneficiarias de programas sociales sin CURP válida.
El Programa presupuestario tiene una cobertura nacional por cuanto hace a las personas mexicanas y extranjeras que se encuentren en el país. Asimismo, abarca el ámbito internacional, por lo que hace a las personas mexicanas que residen en el extranjero.
La atención es a solicitud de parte o conforme a las estrategias de atención que implemente la DGRNPI para tal efecto.
La población en territorio nacional se atenderá conforme lo siguiente:
a. A las personas mexicanas por medio de los puntos de atención ubicados en territorio nacional y a través de los medios electrónicos o de atención a distancia, que la DGRNPI identifique, defina y coordine para dicho fin.
b. A las personas extranjeras que estén domiciliadas en territorio nacional, a través de los puntos de atención que la DGRNPI determine en coordinación y colaboración con el INM, con la COMAR y con la SRE.
Para el caso de las personas mexicanas residentes en el exterior se atenderán conforme lo siguiente:
a. A través de los puntos de atención que la DGRNPI identifique, defina y coordine en colaboración con la SRE en las Oficinas Consulares de México en otros países y a través de los medios electrónicos o de atención a distancia que la DGRNPI determine para dicho fin.
Se brindará en todo momento un trato digno y de respeto a toda la población; asimismo, la definición de la cobertura del Programa presupuestario deberá efectuarse conforme al principio de igualdad y no discriminación.
El Programa presupuestario genera los siguientes servicios de manera gratuita para toda la población:
·  Fortalecer la Operación de los Registros Civiles
Fortalecer la operación de Registros Civiles, como parte del Programa presupuestario genera documentos de identidad esenciales para la ciudadanía, tales como actas de nacimiento, actas de defunción, y CURP. Los cuales son el medio oficial de identificación de las personas ciudadanos y son necesarios para acceder a diversos servicios públicos y derechos fundamentales.
Oficinas registrales fijas: El Programa presupuestario garantiza la continuidad de mantenimiento de oficinas registrales fijas en las principales regiones del país, las cuales ofrecen los servicios de registro de identidad a las personas. ciudadanía.
Oficinas registrales móviles: El programa presupuestario también incluye la implementación de brigadas a través de oficinas móviles para llevar los servicios de registro a comunidades rurales o marginadas que no tienen fácil acceso a las oficinas fijas.
Registro de Nacimiento: El programa presupuestario, de igual manera proporciona el registro legal de nacimientos para todos los ciudadanos, lo que le otorga el derecho a la identidad y es el primer paso para su inclusión en los sistemas de salud, educación, y seguridad social.
Registro de Defunción: El programa presupuestario, también ofrece el registro oficial de defunciones, un proceso fundamental para garantizar el ejercicio de derechos postmortem y el adecuado manejo de las estadísticas nacionales.
Campañas de Sensibilización y Difusión: El programa presupuestario, también permite la realización de campañas educativas y de sensibilización en comunidades vulnerables, explicando la importancia del registro de identidad para el acceso a derechos fundamentales y cómo realizar el trámite.
Digitalización de Registros: Como parte del proceso de modernización, el programa permite la digitalización de registros históricos y nuevos, lo cual mejora la eficiencia y seguridad del sistema registral, a fin de lograr una gestión ágil de la información y facilita la interconexión con otras bases de datos gubernamentales.
·  Contar con una operación óptima del SID
Capacitación del Personal Registral: El Programa presupuestario ofrece capacitación continua para el personal encargado del registro de identidad, a fin de garantizar que los procedimientos sean adecuados, eficientes y cumplan con los estándares de calidad.
Plataformas digitales de gestión de registros: El Programa presupuestario establece sistemas informáticos para digitalizar los registros de identidad y almacenarlos de manera segura en bases de datos centralizadas. Estas plataformas permiten la interoperabilidad con otros servicios públicos y facilitan la actualización de los registros.
Equipos de digitalización y almacenamiento: El Programa presupuestario invierte en equipos tecnológicos como
escáneres, servidores y sistemas de gestión de bases de datos que aseguran la conservación, acceso y actualización de los documentos registrales.
Expedición de Actas de Nacimiento, Defunción y CURP en línea: El Programa presupuestario ofrece la expedición de actas oficiales de nacimiento, CURP y defunción en línea, con la finalidad de facilitar su acceso a servicios públicos y privados a través de las tecnologías.
Coordinación con instituciones federales, locales y municipales para la Validación de Identidad de la Población
Interoperabilidad con Otros Servicios Públicos: A través de la digitalización y sistemas integrados, el Programa presupuestario facilita la interoperabilidad de los registros con otras áreas clave, como salud, educación y servicios sociales, promoviendo un sistema integral de servicios.
Monitoreo del Proceso de Registro: A través de la plataforma digital, el Programa presupuestario realiza el seguimiento del progreso de los registros, asegurando que la cobertura y calidad del servicio sean alcanzadas en todas las regiones.
Evaluación de Desempeño: El Programa presupuestario lleva a cabo evaluaciones periódicas de los resultados obtenidos, analizando la efectividad de las brigadas móviles, el tiempo de respuesta en la expedición de documentos y la satisfacción de la población.
b)    TIPOS DE APOYOS / CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
La DGRNPI otorgará apoyos derivados del Programa Presupuestario E004, a los 32 Registros Civiles estatales a través del capítulo 4000, la asignación y transferencia de los recursos otorgados se realizará bajo el procedimiento, requisitos, criterios de elegibilidad, proceso de integración y operación del Comité de Asignación y Transferencia de Recursos, disposiciones relativas a la Contraloría Social y la determinación de los porcentajes relativos a las aportaciones federales y estatales para el fortalecimiento de los Registros Civiles del país, así como para coadyuvar con la federación en sus labores de registro de población, de conformidad con las "Reglas de Operación del Programa de Fortalecimientos de los Registros Civiles" que para tal efecto emita la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, toda vez que la estructura y contenido de estos Lineamientos atiende la consistencia programática entre los programas para el Bienestar y los programas presupuestarios", que por tratarse de un programa presupuestario tipo "E" Servicios, y en cuyo contenido no es posible añadir la normativa concreta para todo el proceso de asignación y transferencia de recursos, por lo que dichas reglas constituyen la normativa ligada directa e intrínsecamente a los presentes Lineamientos, lo cual es jurídicamente viable y efectivo para la correcta administración de los recursos federales.
De esta forma, se cuenta con la fundamentación jurídica y operativa para que la asignación y transferencia de los recursos que sean otorgados a las entidades federativas que cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el responsable del programa presupuestario que como sujeto obligado debe observar y supervisar que la administración de los recursos públicos federales se realice bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.
Las reglas de operación señaladas en el párrafo anterior deberán considerar al menos los siguientes puntos:
·  Padrones institucionales
El Programa presupuestario mantiene un padrón de beneficiarios institucionales, que incluye a los 32 Registros Civiles estatales. Este padrón se integra mediante:
·  Convenios de coordinación y la suscripción de programas y anexos de transferencia anuales firmados entre la DGRNPI y cada entidad federativa (En el marco del Programa Presupuestario antes denominado E012, ahora E004).
·  Registro de cumplimiento de metas físicas (actos registrados, interoperabilidad y digitalización).
·  Seguimiento del ejercicio de recursos federales otorgados mediante subsidios.
·  Seguimiento del desempeño
Cada entidad federativa debe reportar, como condición para recibir recursos, de manera enunciativa, más no limitativa los siguientes elementos:
·  Número de registros de nacimientos, defunciones y otros hechos y actos civiles vinculados con la CURP.
·  Porcentaje de interoperabilidad operativa con la base de datos nacional.
·  Cobertura de población indígena, rural o en situación de subregistro a través de campañas.
·  Ejercicio y comprobación del subsidio federal.
·  Operación de módulos CURP a nivel nacional
Adicionalmente la DGRNPI cruza información con otras dependencias de los tres órdenes de gobierno para:
·  Sistema de confrontas
·  Detectar subregistro o duplicidades.
·  Validar la calidad del registro poblacional y registrar vivencias de la población
·  Identificar zonas geográficas con menor cobertura o desempeño.
c)    PRESUPUESTO ANUAL O PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL DEL EJERCICIO 2026
·   Autorización presupuestaria
El presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026, correspondiente al Programa presupuestario E004 "Servicios de Registro e Identificación de Población", asciende a $290,221,075.00 (doscientos noventa millones doscientos veintiún mil setenta y cinco pesos 00/100 M.N.), el cual se clasifica por capítulo de gasto de la siguiente manera:
Capítulo
Monto
Descripción
1000 Servicios Personales
$68,556,304.00
Destinado a la contratación de recuso humano para la operación del Programa presupuestario
3000 Materiales y Suministros
$171,107,637.00
Destinado al pago de gastos de operación y la contratación de los servicios de infraestructura de cómputo para la operación y soporte de los sistemas que prestan los servicios que ofrece el RENAPO a la población y dependencias de los 3 órdenes de gobierno.
4000 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas
$46,880,585.00
Subsidio que se transfieren a las entidades federativas para el fortalecimiento de los registros civiles que contribuyen a mejorar la prestación de servicios registrales.
49201 Cuotas y aportaciones a organismos internacionales
$3,676,549.00
Cuotas a organismos internacionales
Total
$290,221,075.00
 
 
En ese sentido, se precisa que, para la dispersión de los recursos previstos en el Capítulo 4000, cuya finalidad es el fortalecimiento de los registros civiles y el adecuado funcionamiento de las oficinas registrales, se cuenta con los presentes Lineamientos y con las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles (ROP), en las cuales se establecen el proceso, los requisitos y la metodología para la determinación y asignación de recursos a cargo del Comité para la Asignación y Transferencia de Recursos para el Fortalecimiento de los Registros Civiles, considerando las necesidades y problemáticas identificadas en cada registro civil.
Asimismo, las ROP tienen como objetivo establecer los mecanismos de coordinación entre la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, y las Unidades Coordinadoras Estatales (UCE), a fin de colaborar, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la integración del Registro Nacional de Población y la consolidación de la Base de Datos Nacional del Registro Civil, considerando, entre otros, los siguientes elementos como parte de su estructura normativa:
1.    El proceso para la determinación de la asignación de los recursos correspondientes al apoyo.
2.    Los criterios para la definición del destino y ejercicio de los recursos a ser asignados y transferidos.
3.    El proceso para la definición de prioridades del Programa.
4.    El proceso para la definición de proyectos y metas por ejercicio fiscal.
5.    El proceso para la identificación de prioridades y la elegibilidad de las entidades federativas.
6.    El proceso para la transferencia, seguimiento y evaluación de los recursos.
Es importante precisar que el Registro Nacional de Población (RENAPO) establecerá las bases y los mecanismos de coordinación para el fortalecimiento del Registro Civil, mediante la celebración de Convenios de Coordinación con las 32 entidades federativas, con el objeto de contribuir a la integración del Registro Nacional de Población, a través de la modernización y mejora de los servicios que brindan los entes públicos registrales en cada entidad federativa.
La coordinación de actividades entre la Secretaría, por conducto de RENAPO, y los gobiernos de las entidades federativas quedará formalizada mediante un Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos, en el que se establecerán el total de los recursos federales y estatales que serán aportados para el cumplimiento de los objetivos del Programa en el ejercicio fiscal correspondiente, así como los mecanismos de seguimiento, control, administración y comprobación de los mismos, en términos de la normatividad aplicable.
En ese contexto, se presentan las estimaciones de transferencias por entidad federativa.
 
Entidad Federativa
Monto
Aguascalientes
$1,465,018.75
Baja California
$1,465,018.75
Baja California Sur
$1,465,018.75
Campeche
$1,465,018.75
Coahuila de Zaragoza
$1,465,018.75
Colima
$1,465,018.75
Chiapas
$1,465,018.75
Chihuahua
$1,465,018.75
Ciudad de México
$1,465,018.75
Durango
$1,465,018.75
Guanajuato
$1,465,018.75
Guerrero
$1,465,018.75
Hidalgo
$1,465,018.75
Jalisco
$1,465,018.75
México
$1,465,018.75
Michoacán
$1,465,018.75
Morelos
$1,465,017.81
Nayarit
$1,465,017.81
Nuevo León
$1,465,017.81
Oaxaca
$1,465,017.81
Puebla
$1,465,017.81
Querétaro
$1,465,017.81
Quintana Roo
$1,465,017.81
San Luis Potosi
$1,465,017.81
Sinaloa
$1,465,017.81
Sonora
$1,465,017.81
Tabasco
$1,465,017.81
Tamaulipas
$1,465,017.81
Tlaxcala
$1,465,017.82
Veracruz
$1,465,017.82
Yucatán
$1,465,017.82
Zacatecas
$1,465,017.82
* La distribución de los recursos del capítulo 4000 Subsidios señalada en la tabla anterior es aproximada, toda vez que aún se encuentra pendiente la celebración del Comité de Asignación y la suscripción de los anexos transferencia por parte de los gobiernos de los estados para la transferencia de los recursos que serán destinados.
El recurso del Programa presupuestario, correspondiente a la partida 43801, se distribuye entre las 32 entidades para el fortalecimiento de los Registros Civiles, mediante el siguiente mecanismo:
Convenios de
Coordinación
Comité de asignación
Suscripción de anexos de
transferencia
Seguimiento del
ejercicio de recursos
federales
Registro de
cumplimiento de
metas física
Se cuenta con convenios vigentes suscritos con las 32 entidades federativas.
El Comité sesiona a principios de año para determinar la dispersión de los recursos a cada una de las entidades en seguimiento a las Reglas de operación: 70% aportación federal y 30% aportación estatal, por lo que los montos individuales se definen hasta la conclusión de este proceso.
Cada año se firman acuerdo de transferencia y programas de trabajo para definir el destino de los recursos.
Se da seguimiento a la transferencia y ejecución de los recursos
Se da un seguimiento al cumplimiento de los Programas de Trabajo.
 
Beneficiarios directos:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tipo de apoyo
Núm de
beneficiarios
Tipo de
beneficiario
Fuente de
financiamiento
(fiscal o propios)
Monto
ministración
individual*
Periodo
Calendario
Total Anual
Subsidios a
Entidades
Federativas y
Municipios
32 entidades
federativas a
través de
Registros
Civiles
Registros
Civiles
Fiscal
$0
Anual
abril- mayo
$46,880,585.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
$46,880,585.00
*Nota: La asignación y transferencia de los recursos federales del Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles se realizará a través de Convenios de Coordinación previamente suscritos entre la Secretaría, a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, y los Registros Civiles de las entidades federativas. El financiamiento del Programa se integrará con un 70 % de recursos federales y un 30 % de recursos estatales, siendo necesaria la aceptación de esta última por parte de los gobiernos estatales.
La determinación y asignación de los recursos estará a cargo del Comité para la Asignación y Transferencia de Recursos para el Fortalecimiento de los Registros Civiles, conforme a las REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LOS REGISTROS CIVILES que serán expedidas por la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. El monto de la ministración individual a cada entidad federativa se definirá en el primer trimestre del ejercicio fiscal y quedará formalizado mediante la firma de los anexos de transferencia correspondientes.
METAS FÍSICAS
A continuación, se enlistan cada una de las metas establecidas para el Programa Presupuestario:
METAS FÍSICAS (ESTRATÉGICAS Y DE GESTIÓN)
La meta física determinada para el Programa presupuestario, definida en la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), está compuesta por:
Un indicador de Fin, en el cual la meta del indicador es integrar el Registro Nacional de Población e Identidad con los datos de identidad de las personas mexicanas residentes en territorio nacional y en el extranjero, así como las personas extranjeras residentes en México con CURP siendo un aproximado de 131 millones de personas.
Un indicador de propósito, en el que la meta definida es contar con al menos 131 millones de CURP certificadas.
Como componentes, se tiene como meta atender los 175 requerimientos del SID programados, así como el registro en el SID de los 3,352,568 de nacimientos y defunciones proyectados por CONAPO a través de los Registros Civiles Estatales; promover en las entidades federativas 317 campañas de registro oportuno y/o atención de subregistro
Cuatro actividades, de las cuales la primera actividad se compone de las siguientes metas: capacitar a un aproximado de 290 operadores del SID, 64 personas en materia registral y 215 personas en materia de registro biométrico, la segunda actividad se compone de la atención de 1,129 acciones de fortalecimiento de registro biométrico que incluye otorgamiento de certificados y claves de usuario, captura de entidades registradoras, e integración de equipos de registro, entre otras, la tercera actividad se compone de la efectiva aplicación de los 43 millones de recursos transferidos para el fortalecimiento de los registros civiles y la cuarta actividad se compone de la formalización de un aproximado de 44 instrumentos jurídicos con instituciones de la administración pública federal, local y municipal, así como de la iniciativa privada para la validación de identidad de la Población.
iv)   OPERACIÓN Y EJECUCIÓN:
a)    PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD, SELECCIÓN Y ENTREGA
Las actividades de cada etapa del procedimiento para solicitar los apoyos, la selección y el proceso de entrega, se establecerá en las "Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles", por lo que, deberán contener de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes elementos:
1.     El proceso para la determinación de la asignación de los recursos correspondiente al apoyo
2.     Criterios para la definición del destino y ejercicio de los recursos a ser asignados y transferidos.
3.     El proceso para la definición de prioridades del Programa presupuestario.
4.     El proceso para la definición de proyectos y metas por ejercicio fiscal.
5.     El proceso para la Identificación de prioridades, y la elegibilidad de las entidades federativas.
6.     El proceso para la transferencia, seguimiento y evaluación de los recursos.
b)    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
El Programa presupuestario genera una serie de servicios que son fundamentales para garantizar la identidad de los ciudadanos y el acceso a sus derechos. Entre los bienes generados se encuentran los documentos de identidad como son el acta de nacimiento y la CURP, así como la infraestructura registral, mientras que los servicios clave incluyen el registro de identidad, validación de identidad y capacitación del personal. Los procesos asociados a estos bienes y servicios aseguran la eficacia y eficiencia del programa, en congruencia con los objetivos establecidos en la Estructura Analítica del Programa Presupuestario (EAPP) y el Árbol de Objetivos
Para las instituciones de los tres órdenes de gobierno, los derechos y obligaciones se establecerán en los convenios respectivos.
Específicamente para los beneficiarios de los apoyos del capítulo 4000, los derechos y obligaciones se establecerán en las "Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles".
v)     EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS:
a)     MECANISMOS DE EVALUACIÓN
Planeación, evaluación, seguimiento, uso de resultados y rendición de cuentas
 
El proceso de planeación del Programa presupuestario se orientará a resultados y se llevará a cabo conforme a las directrices y lineamientos que determine la SHCP para cada ejercicio fiscal, en el marco del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED).
El Programa presupuestario será objeto de los mecanismos de evaluación establecidos en el SED, los cuales comprenden la planeación con enfoque a resultados, el monitoreo y seguimiento de los indicadores de desempeño, la realización de evaluaciones internas y externas, el uso de los resultados para la mejora continua del desempeño institucional y la rendición de cuentas.
De acuerdo con lo dispuesto en el Programa Anual de Evaluación (PAE) de los Programas Federales de la Administración Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal que emita la SHCP, el Programa presupuestario podrá ser sujeto de distintos tipos de evaluación -de diseño, de procesos, de consistencia y resultados, de impacto o específicas de desempeño-, cuyos resultados estarán disponibles para consulta en el portal electrónico de la DGRNPI.
Asimismo, la DGRNPI podrá realizar evaluaciones internas cuando lo considere pertinente, integrando la información relacionada con el avance de cada componente del Programa presupuestario a través de los formatos, informes, sistemas informáticos u otros medios establecidos para tal efecto por la DGPNPI. Esta información servirá como instrumento para el seguimiento, análisis y mejora del Programa, permitiendo identificar áreas de oportunidad y fortalecer la gestión institucional.
Uso de resultados de las evaluaciones:
Los resultados derivados de las evaluaciones deberán ser analizados e incorporados en los procesos de planeación y presupuestación de ejercicios fiscales posteriores, se elaborarán Programas de Mejora del Desempeño (PMD) o Planes de Acción, con el fin de atender los hallazgos, recomendaciones y áreas de mejora identificadas en las evaluaciones realizadas.
Transparencia y rendición de cuentas:
Los resultados de las evaluaciones se publicarán en los portales institucionales, en cumplimiento con los principios de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas. Esta práctica promueve la toma de decisiones basada en evidencia y contribuye a fortalecer la eficacia, eficiencia y economía en el ejercicio del gasto público.
b)    INDICADORES ESTRATÉGICOS Y DE GESTIÓN
Los indicadores estratégicos y de gestión del programa se establecen en la matriz de indicadores de resultados siguientes:
APARTADOS DE OPERACIÓN: PROCESO, EJECUCIÓN Y MECÁNICA DE OPERACIÓN
En las fases de operación del Programa Presupuestario se incluyen las siguientes actividades ejecutadas en cada etapa, así como los trámites, participantes, plazos y requisitos solicitados.
 
Resumen narrativo
Indicadores de desempeño
Medios de verificación
Supuestos
Propósito
Población del país con vinculación de su CURP a sus documentos probatorios de identidad.
Porcentaje de Claves Únicas de población vinculadas con documentos probatorios de identidad.
Registros consultados de la Base de datos Nacional de la CURP del Registro Nacional de Población.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Los registros del país, oficinas Consulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, están coordinadas e interconectadas con la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad y su base de datos
Componente 1
Sistema Nacional de Registro e Identidad (SID) optimizado
Porcentaje de desempeño de la atención a requerimientos del Sistema Nacional de Registro e Identidad.
Registros administrativos generados producto de los requerimientos solicitados por los Registros Civiles y las instituciones.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
La DGRNPI se coordina con los administradores y operadores del SID para atender requerimientos nuevos, soporte y mantenimiento para su correcto funcionamiento.
Componente 2
Servicios registrales de la población fortalecidos
Promedio ponderado del avance sobre las acciones implementadas para mejorar la operación en los registros civiles.
Registros administrativos generados producto de los reportes de las Comisiones de Seguimiento del Programa del Fortalecimiento de los Registro Civiles y la Base de Datos Nacional de CURP y la Base de Datos Nacional de Identidad jurídica.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Los Registros Civiles implementan acciones a través del programa de fortalecimiento la mejora de los servicios registrales.
Componente 3
Servicios de validación de identidad aumentados por medio de la Coordinación con instituciones.
Porcentaje de atención de validaciones de identidad.
Registros administrativos generados producto de las transacciones generados solicitadas por las instituciones que utilizan los servicios de validación de identidad. Nacional de Población e Identidad
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Las Instituciones de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal y de la iniciativa privada tienen una Coordinación concertada y eficiente con RENAPO
 
INDICADORES (ESTRATÉGICOS Y DE GESTIÓN)
Incluye metas de gestión (indicadores de Actividad) y las estratégicas, que hacen referencia a los indicadores de Propósito y los de Componente en el ISD. En las fases de operación del Programa Presupuestario se incluyen las siguientes actividades ejecutadas en cada etapa, así como los trámites, participantes, plazos y requisitos solicitados.
 
Resumen narrativo
Indicadores de desempeño
Medios de verificación
Supuestos
Fin
Contribuir a acreditar la Identidad de la población a través de la consolidación del Registro Nacional de Población (RENAPO) y la mejora en los servicios que presta.
Promedio Ponderado del Avance en la consolidación de las Bases de Datos del Registro Nacional de Población (RENAPO).
Registros consultados de la Base de Datos Nacional de Identidad Jurídica, de la Base de Datos Nacional de la CURP y de la Base de Datos Nacional de Identidad Biométrica del Registro Nacional de Población.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
 
Se mantiene vigente el respaldo institucional para la consolidación del Registro Nacional de Población y los convenios de coordinación con Registros Civiles y las instituciones a fin de garantizar el derecho humano a la identidad.
Actividad 1.1
Profesionalización del personal operador del SID y del Registro Civil
Promedio Ponderado de acciones de capacitación en materia registral, de SID y de Biométricos realizadas para los operadores del SID y Registros Civiles.
Registros administrativos generados producto de las solicitudes de capacitación de las instituciones que cuentan con operadores del SID.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Los registros civiles de las Entidades Federativas cumplen con lo establecido en los planes de capacitación, contando con un programa de Profesionalización consolidado para los Operadores del SID
Actividad 1.2
Implementación de acciones de registro biométrico
Porcentaje de acciones realizadas que fortalezcan el registro de identidad biométrica.
Registros administrativos generados producto de los programas de trabajo para la implementación de acciones de registro biométrico.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
El RENAPO implementa acciones para ampliar la cobertura de registro biométrico.
Actividad 2.1
Monitoreo del Programa de Fortalecimiento de los Registro Civiles
Porcentaje de aplicación de recursos del Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles.
Registros administrativos de RENAPO generados producto de la aplicación de los recursos para el cumplimiento de los planes de trabajo para el Programa de Fortalecimiento de los Registros Civiles.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Los Planes de Trabajo para aplicación de recursos contribuyen al fortalecimiento de los servicios que prestan los Registros Civiles para la consolidación del Registro Nacional de Población.
Actividad 3.1
Concertación de instrumentos con instituciones para el servicio de Validación de Identidad.
Porcentaje del número de convenios formalizados con instituciones para la validación de identidad.
Registros administrativos generados producto de la concertación de convenios con las instituciones para la prestación de servicios de validación de identidad.
Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad. (RENAPO)
Los convenios de concertación refuerzan y agilizan la atención brindada por parte de las instituciones para la validación de la identidad jurídica
 
c)    TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Todos los entes públicos, privados y financieros que participen en los objetivos, alcances y metas del Programa presupuestario deberán cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), y demás disposiciones que resulten aplicables para el caso.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del Programa presupuestario todos los entes públicos, así como los del sector privado y financiero que llegaren a tener acceso a datos personales, se obligan a:
a) Tratar dichos datos personales únicamente para los efectos y finalidades que rijan su tratamiento;
b) Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra parte;
c) Implementar las medidas de seguridad conforme a la LGTAIP, la LGPDPPSO y las demás disposiciones aplicables;
d) Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados;
f) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminada la finalidad para la cual fueron tratados;
g) Abstenerse de transferir los datos personales a persona física o moral diversa a las que intervienen en el presente Programa presupuestario dentro del territorio nacional o fuera de éste, y
h) Abstenerse de autorizar, participar, ejecutar o permitir el uso de los servicios que sean proporcionados por la DGRNPI a ningún ente, institución, organismo o asociación de los sectores público, privado o financiero en cualquiera de sus niveles y órdenes de gobierno que no tengan expresa autorización para ello por parte de la DGRNPI.
En caso de que alguno de los entes públicos, privados o financieros llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a otro ente, deberán respetar y observar las disposiciones que sobre los mismos establece LGTAIP, la LGPPDPSO, y demás normativa aplicable según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
Cualquier ente de los sectores público, privado o financiero deberá informar a la Secretaría a través de la DGRNPI cuando ocurra una vulneración a los datos personales que trata con motivo del objeto del presente Programa presupuestario
o cuando detecte que sus servicios de infraestructura o de cómputo han sido vulnerados y pueda ocasionar una sustracción, alteración, daño, pérdida o destrucción de datos y/o de información que comprometa los datos personales de la población del país y de las personas mexicanas residentes en el exterior.
Previo a la transmisión de la información de los datos personales de sus usuarios, todo ente público y de los sectores privado y financiero deberá comunicar a la Secretaría por conducto de la DGRNPI el aviso de privacidad y dar a conocer la finalidad a la que se encuentra sujeto el tratamiento de estos, cumpliendo asimismo con las obligaciones que le corresponden conforme al Capítulo II, del Título Segundo de la LGPDPPSO y el que corresponda para el caso de los particulares.
Todo ente público y de los sectores privado y financiero es responsable del manejo de las claves de acceso, contraseñas, mecanismos de interconexión o de comunicación con la DGRNPI, por lo que será plenamente responsable de cualquier sustracción, mal uso o manejo de la información y de los datos del Registro Nacional de Población que sean proporcionados a través de los diversos servicios que presta la DGRNPI. Por lo que serán sujetos a las sanciones administrativas, económicas o penales que haya lugar conforme a la legislación aplicable.
Todo ente público y de los sectores privado y financiero deberá remitir a la DGRNPI los informes que éste le solicite, respecto al cumplimiento de los principios, deberes y obligaciones en materia de protección de datos personales. En caso de no hacerlo, se dará vista al órgano fiscalizador o autoridad que corresponda, para que ejerza las acciones que haya a lugar.
Las obligaciones contempladas en estos Lineamientos serán exigibles aún y cuando hayan culminado los servicios que la DGRNPI haya brindado al ente público, privado o financiero de que se trate.
Rendición de Cuentas
Con fundamento en los artículos 85, 107 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Programa Presupuestario será sujeto de los Procesos de Rendición de cuentas establecidos por las autoridades fiscalizadoras correspondientes.
d)    PADRÓN DE POBLACIÓN BENEFICIARIA
El registro de la población beneficiaria se conformará a partir de la información proveniente de los informes generados por el RENAPO, con base en las consultas realizadas a la Base de Datos Nacional de Identidad Jurídica (BDNIJ), la Base de Datos Nacional de la Clave Única de Registro de Población (BDNCURP) y la Base de Datos Nacional de Identidad Biométrica (BDNIB).
Dicha información permitirá verificar la identidad y evitar duplicidades en el padrón de beneficiarios, garantizando la integridad, confiabilidad y trazabilidad de los registros.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Los Convenios de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población suscritos entre la Secretaría de Gobernación y las 32 entidades federativas que se encuentren vigentes a la fecha de publicación de los presentes lineamientos seguirán surtiendo sus efectos hasta en tanto se determine su modificación, terminación o celebración de nuevos instrumentos jurídicos. Por lo que todas las menciones contenidas respecto al programa presupuestario E012 se entenderán hechas al programa presupuestario E004, en términos de la normativa aplicable que no contravengan a la misma.
A partir del ejercicio fiscal 2026, los Anexos de Asignación y Transferencia de Recursos que se suscriban entre la Secretaría de Gobernación y las 32 entidades federativas harán mención únicamente al programa presupuestal E004 conforme los presentes lineamientos.
Dado en la Ciudad de México a 09 de febrero de 2026.- Director General del Registro Nacional de Población e Identidad, Lic. Félix Arturo Arce Vargas.- Rúbrica.