ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Universidad de Guanajuato, el inmueble federal denominado "Edificio Multidisciplinario Integral de Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Ciencias de la Salud", ubicado en Boulevard Puente Milenio número 309, Fraccionamiento del Predio San Carlos, Código Postal 37670, Municipio de León, Estado de Guanajuato, con Registro Federal Inmobiliario 11-11592-9.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-010-2026.

ACUERDO POR EL QUE SE DESINCORPORA DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, PARA SU APORTACIÓN AL PATRIMONIO DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO, EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO "EDIFICIO MULTIDISCIPLINARIO INTEGRAL DE DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA EN CIENCIAS DE LA SALUD", UBICADO EN BOULEVARD PUENTE MILENIO NÚMERO 309, FRACCIONAMIENTO DEL PREDIO SAN CARLOS, CÓDIGO POSTAL 37670, MUNICIPIO DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, CON REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO 11-11592-9.
Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II y IV, 28 fracción l, 29 fracciones I, VI y XV, 84 fracción VI, 93 párrafo segundo, 95 y 101 fracciones VI y X de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXXVI y XLVII del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Edificio Multidisciplinario Integral de Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Ciencias de la Salud", ubicado en Boulevard Puente Milenio número 309, Fraccionamiento del Predio San Carlos, Código Postal 37670, Municipio de León, Estado de Guanajuato, con Registro Federal Inmobiliario 11-11592-9 y superficie de 20,634.060 metros cuadrados.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el considerando que antecede, se acredita con la Declaratoria por la que se determina que la superficie de 20,634.06 metros cuadrados, la cual forma parte de un inmueble de mayor extensión conocido como "Ex - Aeropuerto de San Carlos", ubicado en el Municipio de León, Estado de Guanajuato, revierte al patrimonio de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 10 de noviembre de 2020; e inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real número 6181 página 25, de la misma fecha, así como en el Registro Público de la Propiedad de León, Guanajuato, bajo el Folio electrónico R20*510646, de fecha 09 de febrero de 2022.
TERCERO.- Que el antecedente de propiedad del inmueble materia del presente Acuerdo a favor del Gobierno Federal, se encuentra en la Escritura Pública número 44, de fecha 11 de abril de 1960, otorgada ante la fe del Licenciado Carlos Ramírez Zetina, Notario Público número 132 del Distrito Federal, en la que se hizo constar la adjudicación de una fracción del predio rústico "San Carlos", que a su vez fue parte integrante de la Hacienda de "San Juan de Otate", fracción que está al Norte de la Carretera Nacional México - Ciudad Juárez; dicho instrumento público fue rectificado mediante Escritura Pública número 43,600, de fecha 19 de agosto de 2002, otorgada ante la fe del Licenciado Roberto Courtade Bevilacqua, Titular de la Notaría 132 del Distrito Federal, toda vez que se hizo constar que se habían transmitido a favor del Gobierno Federal, 5 fracciones de terreno, cuando en realidad sólo se transmitió parte de éstas, ambas escrituras públicas se encuentran inscritas en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real 6181 de fecha 31 de agosto de 1981.
CUARTO.- Que la superficie, medidas y colindancias del inmueble materia del presente Acuerdo, se consignan en el plano topográfico número LEOUG-06, elaborado a escala 1:500, aprobado y registrado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo el número DRPCI/7361/11-11592-9/2024/T, de fecha 27 de septiembre de 2024 y certificado en la misma fecha.
QUINTO.- Que la Universidad de Guanajuato, mediante oficio número RG/OAG/793/2019, de fecha 09 de julio de 2019, suscrito por el Rector General, solicitó la desincorporación del régimen del dominio público de la Federación y posterior aportación a su patrimonio, respecto del inmueble materia del presente Acuerdo, para la construcción del Edificio Multidisciplinario Integral de Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Ciencias de la Salud.
SEXTO.- Que mediante oficio número 401.3S.4.1-2022/0878.3, de fecha 23 de agosto de 2022, la Dirección del Centro INAH Guanajuato, del Instituto Nacional de Antropología e Historia, informó que el inmueble materia del presente Acuerdo, "... NO ES MONUMENTO HISTÓRICO, NI COLINDA CON ALGÚN MONUMENTO HISTÓRICO, NI SE ENCUENTRA DENTRO DE ALGUNA ZONA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS DECLARADA...".
SÉPTIMO.- Que mediante oficio número 1366-C/1059, de fecha 06 de septiembre de 2022, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, informó que el inmueble materia del presente Acuerdo, "... no se encuentra considerado como monumento artístico o de valor artístico...".
OCTAVO.- Que mediante Constancia de Factibilidad, con número de control 64-6348/2023, de fecha 12 de mayo de 2023, la Dirección General de Desarrollo Urbano, del H. Ayuntamiento de León, Estado de Guanajuato, hizo constar que el inmueble materia del presente Acuerdo, se encuentra dentro de una "Zona EQ (Equipamiento Urbano)", resaltando que el uso de suelo solicitado para "Académico Administrativo (nivel superior)", se encuentra clasificado dentro del Destino "C - Equipamiento Urbano Especializado", de conformidad con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial y Ecológico para el Municipio de León, Estado de Guanajuato, por lo que se considera un uso compatible.
NOVENO.- Que mediante Constancia de Alineamiento y Asignación de Número Oficial, con número de control 64-6348/2023, de fecha 12 de mayo de 2023, la Dirección General de Desarrollo Urbano, del H. Ayuntamiento de León, Estado de Guanajuato, hizo constar que el inmueble objeto del presente Acuerdo, se encuentra ubicado en Boulevard Puente Milenio, asignándole el número oficial 309.
DÉCIMO.- Que mediante oficio número DPI/2369/2025, de fecha 08 de octubre de 2025, la Dirección de Planeación Inmobiliaria, adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, informó que el inmueble materia del presente Acuerdo, "... fue publicado en la página web Institucional, en el apartado de Disponibilidad Inmobiliaria, "Portafolios de Inmuebles Federales disponibles", en el mes de junio de 2025...".
DÉCIMO PRIMERO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 11 de diciembre de 2025, aprobó el ACUERDO 37/2025 CAI, mediante el cual se determinaron las acciones para el mejor uso y aprovechamiento del inmueble federal materia del presente Acuerdo, para su desincorporación del régimen de dominio público de la Federación y posterior aportación al patrimonio de la Universidad de Guanajuato, en términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales.
DÉCIMO SEGUNDO.- Que mediante oficio DGPGI/688/2025 de fecha 19 de diciembre de 2025, la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, emitió el Dictamen número DAAD/2025/038, en el que determinó que el inmueble objeto del presente no se encuentra catalogado como uno de los bienes de uso común relacionados en el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, por lo que, con base en la solicitud y justificación planteada por la Universidad de Guanajuato para la aportación a su patrimonio, resultó procedente la determinación adoptada por el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario al considerar que, en el caso concreto, es aplicable la hipótesis normativa prevista en la fracción VI del artículo 84 de la Ley General de Bienes Nacionales.
DÉCIMO TERCERO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, de conformidad con lo previsto por el artículo 10, fracción VI del Reglamento Interior de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expediente de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que se encuentra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Con fundamento en el artículo 8 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente; por lo que, con base en las consideraciones referidas, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación para su aportación al patrimonio de la Universidad de Guanajuato, el inmueble federal denominado "Edificio Multidisciplinario Integral de Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Ciencias de la Salud", consistente en una fracción de terreno del predio rústico San Carlos que era parte integrante de la Hacienda San Juan de Otates, que está al norte de la Carretera Nacional México - Ciudad Juárez, actualmente ubicado en Boulevard Puente Milenio número 309, Fraccionamiento del Predio San Carlos, Código Postal 37670, Municipio de León, Estado de Guanajuato, con Registro Federal Inmobiliario 11-11592-9 y superficie de 20,634.060 metros cuadrados, para la construcción del Edificio Multidisciplinario Integral de Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Ciencias de la Salud.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo el cumplimiento de este Acuerdo en los términos presentados.
TERCERO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por la Universidad de Guanajuato.
CUARTO.- En caso de que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble cuya aportación al patrimonio de la Universidad de Guanajuato se autoriza, previo a su realización, dicho Organismo Público Autónomo, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales, la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.
QUINTO.- Si la Universidad de Guanajuato dejare de utilizar el inmueble cuya aportación a su patrimonio se autoriza, le diere un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de este Instituto, o bien, lo dejare de necesitar, dicho inmueble con todas sus mejoras y accesiones se revertirá al patrimonio de la Federación. Esta condición deberá insertarse en el contrato correspondiente que al efecto se expida.
SEXTO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere realizado la formalización correspondiente de la operación que se autoriza, por causas imputables a la Universidad de Guanajuato, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho Organismo Público Autónomo.
SÉPTIMO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 26 días del mes de febrero de 2026.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.