Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo,
con residencia en Cancún
Principal: 785/2025-I
Fecha: 27 de febrero de 2026
EDICTO
En el juicio de amparo 785/2025-I, promovido por Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Paul Andrew Rangel Merkley, se señaló como actos reclamados: "La falta de emplazamiento al juicio laboral 278/2017 del índice de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo, todo lo actuado en el referido juicio laboral, con posterioridad a su emplazamiento, incluyendo el laudo condenatorio ahí emitido, así como su ejecución entre ellos la emisión del oficio STYPS-JERNESTOCA1BJ-2122VII2025, dirigido a la institución financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México y la orden de embargo y/o inmovilización de la cuenta bancaria 65504740765 de la institución financiera Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, a nombre de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, Sociedad Anónima de Capital Variable, aquí quejosa, por la cantidad de $1,942,656.62 (Un millón novecientos cuenta y dos mil seiscientos cincuenta y seis pesos 62/100 moneda nacional), emitida en autos del juicio laboral 278/2017 del índice de la Junta Especial Número Uno en Benito Juárez, Quintana Roo." -----------------------------------------------
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar a la tercera interesada Guillermo Vidal Canul May, Cristina Guzmán Sánchez, y Nancy del Carmen Guzmán Sánchez; por medio de edictos a costa del quejoso, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación" y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el país, además de fijarse en la puerta de este órgano de control de la constitucionalidad, una copa íntegra del presente, por todo el tiempo del emplazamiento, de conformidad con el numeral 27, fracción III, Inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley en la materia. Hágasele saber a los referidos tercero interesados, que deberán presentarse ante este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los presentes edictos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia simple de la demanda de amparo, escrito de ampliaciones y del auto admisorio de once de agosto, dieciocho de agosto (auto de primera ampliación de demanda), cuatro de septiembre, (auto por el cual se reconoce a la parte tercera interesada), y veinticuatro de septiembre (auto admisorio de la segunda ampliación de demanda), todos de dos mil veinticinco, apercibidos que de no comparecer dentro del término señalado, las ulteriores notificaciones del presente juicio, aun las de carácter personal se le harán por medio de lista que se fije en este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún. --------------------------------------------------------------------------------------
De igual forma, a fin de no incurrir en una violación a las leyes del procedimiento, conforme lo establece el artículo 117 de la Ley de Amparo, dese vista a los citados tercero interesados, con los informes justificados rendidos por las autoridades responsables, los cuales se tuvieron por recibidos con anterioridad a su emplazamiento, y con las constancias que integran el presente juicio, los cuales quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado para que se imponga de su contenido; lo anterior para los efectos legales correspondientes. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por último, hágasele saber a dichos tercero interesados, que la audiencia constitucional se encuentra señalada para tener verificativo a las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS [huso horario sureste] DEL VEINTITRÉS DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS.----------------------------------------------------------------------------
Atentamente
Cancún, Quintana Roo, 27 de febrero de 2026.
Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Gloria Luz Reyes Rojo
Rúbrica.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Karina Giovana Miranda Ballón
Rúbrica.
(R.- 573552)