Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo Indirecto 141/2024
EDICTO.
Al margen del escudo nacional que se advierte en la parte superior izquierda de esta foja y en la Ciudad de México, a los trece días del mes de febrero de dos mil veintiséis; dentro de los autos del juicio de amparo número 141/2024, promovido por JOSÉ ARMANDO AGUILAR COLIN, únicamente en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de MARIO LEOBARDO AGUILAR COLIN, también conocido como MARIO AGUILAR COLIN, contra actos del JUEZ Y ACTUARIO ADSCRITOS AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRAS AUTORIDADES; no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada la moral tercera interesada MAGOCHI INMOBILIARIA Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en consecuencia, se ha ordenado emplazarla por medio de edictos; ello, con fundamento en lo previsto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo que se le hace de su conocimiento que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se le hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que comparezca ante este órgano de control constitucional ya sea de manera personal, o incluso, por escrito a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y se sirva señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Yamir Cruz Martínez
Rúbrica.
(R.- 573108)