ACUERDO por el que se eliminan y se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

MTRO. OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción V y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 6, fracción III, 8, 9, fracción XII, 10, fracción III, V, IX y XIV, 19, 20, fracción IV, 24, 51, 74 y 75 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 1, 4, 5, 8, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 29, 31, 32, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Federal de Seguridad Privada; 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 15, 19, 20, 23, 25, 26, 27, 30, 32, 34, 41, 42 y 45 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada; 5, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como demás disposiciones aplicables, y
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia;
Que el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y transparencia, entre otros;
Que de conformidad con los artículos 8 y 10 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones es la Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización y tiene, entre otras, la atribución de realizar propuestas de simplificación y digitalización de trámites y servicios a los sujetos obligados, así como coordinar y supervisar su implementación;
Que de conformidad con el artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos, manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán por objeto habilitar el uso de herramientas o medios digitales para realizar trámites o servicios, establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos extender la vigencia de las resoluciones eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo o implementar cualquier otra acción de mejora;
Que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tiene a su cargo, entre otras atribuciones, formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública, dirigir la política de prevención social de las violencias y ejecutar las políticas, programas y acciones, así como el programa sectorial correspondiente, con el fin de coordinar la prevención del delito; proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos; de conformidad con el artículo 30 Bis, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 en su Eje Transversal 2, Innovación Pública para el Desarrollo Tecnológico Nacional tiene como objetivo dotar al Estado mexicano de capacidades físicas, tecnológicas y humanas para modernizar las funciones de gobierno, lo que implica una transformación digital que simplifique y optimice los trámites gubernamentales mejorando la calidad de los servicios, tanto para la ciudadanía como para las empresas, lo que contribuye a cumplir por parte del Estado mexicano con los objetivos de desarrollo sostenible establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;
Que la Dirección General de Seguridad Privada, es una unidad administrativa de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la cual se encarga, entre otras cosas, de regular los servicios de seguridad privada a cargo de particulares en la República Mexicana, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Seguridad Privada, su Reglamento y demás disposiciones aplicables;
Que para la regulación de la prestación de servicios de seguridad privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas, en las modalidades previstas en la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento, la Dirección General de Seguridad Privada, prevé diversos trámites administrativos inherentes a la autorización, revalidación o modificación del permiso otorgado a las prestadoras del servicio de seguridad privada;
Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE ELIMINAN Y SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA DE
TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se implementa la actualización de homoclave, en los siguientes trámites:
No.
Nombre del trámite
Homoclave anterior
Actualización de homoclave
1
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja
Modalidad: Copia certificada
SSPC-2021-268-006-A
SSPC-2021-268-006
2
Expedición de constancias, compulsas y otras certificaciones de las empresas de seguridad privada por hoja.
Modalidad: Compulsa/Cotejo
SSPC-2019-268-004-A
SSPC-2019-268-004
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se actualizan las denominaciones de los siguientes trámites:
No
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
Nueva denominación del trámite
1
SSPC-2021-268-006
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja
Modalidad: Copia certificada
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja tamaño carta u oficio.
2
SSPC-2019-268-004
Expedición de constancias, compulsas y otras certificaciones de las empresas de seguridad privada por hoja.
Modalidad: Compulsa/Cotejo
Compulsa de documentos.
 
ARTÍCULO TERCERO.- Se eliminan los requisitos de los trámites que se enlistan a continuación:
No.
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
Mejoras implementadas
Requisitos obligatorios después de la
simplificación
1
SSPC-2021-268-006
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja tamaño carta u oficio.
Se eliminan los siguientes requisitos:
1. Escrito libre.
1. Formato de solicitud.
2. Comprobante de pago.
2
SSPC-2019-268-004
Compulsa de documentos.
Se eliminan los siguientes requisitos:
1. Escrito libre.
2. Documento original para cotejo.
1. Formato de solicitud debidamente llenado.
2. Comprobante de pago.
 
ARTÍCULO CUARTO.- Se implementan las acciones de mejora en los trámites que se enlistan a continuación.
No
Homoclave del trámite
Denominación actual del
trámite
Mejora implementada
Requisitos después de la simplificación
1
SSPC-2019-268-005-B
Expedición de la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas
1. Se fusionan los trámites:
SSPC-2019-268-005-A; (II ESTUDIO)
SSPC-2019-268-005-B; (EXPEDICIÓN)
SSPC-2019-268-005-C; (I ESTUDIO)
SSPC-2019-268-005-D; (III ESTUDIO)
SSPC-2019-268-005-E; (IV ESTUDIO)
SSPC-2021-268-002-A; (VI ESTUDIO)
SSPC-2021-268-003-A; (V Y VII ESTUDIO)
SSPC-2021-268-004-A; y
SSPC-2019-268-009-A; (MODIFICACION)
2. Se actualiza la denominación del trámite:
"Trámite de autorización, revalidación y modificación de la autorización para prestar servicios de seguridad privada que realizan los particulares en dos o más entidades federativas".
3. Se unifica homoclave del trámite:
SSPC-2019-268-005
4. Se implementa formato:
"Trámite de autorización, revalidación y modificación de la autorización para prestar servicios de seguridad privada que realizan los particulares en dos o más entidades federativas".
5. Se implementa al formato de solicitud:
1. La aceptación expresa a efecto de que, una vez que sean autorizados los Centros de Capacitación Privados, se otorguen las facilidades necesarias a la Dirección General para realizar visitas de verificación a su funcionamiento.
2. Protesto de sucursales.
3. Protesto de personal técnico/operativo.
4. Protesto de bienes inmuebles.
5. Protesto de equipo de radio y telecomunicaciones.
6. Protesto de armamento.
Protesto de vehículos.
7. Protesto de vehículos blindados.
8. Protesto de semovientes y animales entrenados.
9. Protesto de canes.
10. Protesto de medios.
11. Protesto de aparatos eléctricos y electrónicos.
12. Protesto de capacitador interno.
13. Protesto de capacitador externo.
14. Protesto de no contar con personal y equipo.
15. Protesto de sucursales.
16. Protesto de bienes inmuebles.
17. Protesto de vehículos.
18. Protesto de vehículos blindados.
19. Protesto de semovientes y animales entrenados.
20. Protesto formato de credencial.
21. Protesto de uniformes.
22. Protesto de fornituras.
23. Protesto de armas.
1. Formato de solicitud.
2. Comprobantes de pago de derechos por los siguientes conceptos:
a) Por el estudio y trámite de la solicitud para la autorización, revalidación o modificación.
b) Por la expedición de la autorización o la revalidación o la modificación.
c) Por la inscripción del equipo utilizado en la prestación de los servicios.
d) Por la inscripción del personal en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública.
e) Por la consulta de antecedentes policiales del personal operativo.
f) Para fungir como centro de capacitación privado (en su caso).
3. Acta constitutiva y/o poder notarial de quien suscribe la solicitud.
4. Cédula Registro Federal de Contribuyentes
5. Acta de nacimiento.
6. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
7. Fotografías de:
a) Fachada: Oficina matriz; rótulo legible de oficina matriz; sucursales; rótulo legible de sucursales. Así como de la fachada y colindancias del centro de capacitación privado, en su caso.
b) Uniforme: Cuatro vistas de cuerpo completo, frente, espalda, lateral izquierdo y lateral derecho.
c) Vehículos: Costados; frente; parte posterior; toldo; logotipos y emblemas; rótulo con la denominación del prestador de servicios; defensas, torretas.
d) Equipos que utilice para el servicio, en el caso de los dispositivos, sistemas o procedimientos técnicos especializados.
e) Placa, la cual deberá colocarse en un lugar visible y de acceso al público en el inmueble. (únicamente aplicaría para el supuesto de Servicios de alarmas y monitoreo).
f) Sala de capacitación, en caso de contar con capacitador interno y/o de la infraestructura para poder usar armamento.
8. Inventarios y relaciones de:
a) Medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales.
b) Uniformes.
C) Semovientes y animales entrenados.
d) Bienes muebles.
e) Bienes inmuebles.
f) Equipo de radio y telecomunicaciones.
g) Armas.
h) Vehículos blindados y sin blindaje.
i) Canes.
j) Fornituras.
k) Aparatos eléctricos y electrónicos.
l) Personal directivo, administrativo y operativo.
m) Línea telefónica.
9. Currículum vitae de personal directivo (que incluya datos personales, escolaridad, experiencia laboral y firma autógrafa).
10. Muestras físicas:
a) Insignias
b) Divisas
c) Logotipo
e) Emblema.
f) Credencial.
11. Formatos emitidos por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social:
a) DC-2 (Planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes.
b) DC-3 (Constancias de competencias o de habilidades laborales del personal operativo.
c) DC-5 (Constancias de capacitación, diplomas, certificados de los capacitadores)
12. Manuales o instructivos operativos.
13. Reglamento interior de trabajo.
14. Registro sanitario de los dispositivos de identificación personal.
15. Póliza de fianza (en caso de ser procedente la autorización o revalidación).
16. Documento que acredite la legal posesión del bien inmueble.
En caso de vehículos blindados, se solicitará, además:
17. Constancia de blindaje en el caso de contar con vehículos blindados, emitida por el proveedor del servicio de blindaje con la que acredite el nivel.
En caso de operar frecuencias de radio o red de telecomunicaciones, se solicitará, además:
17. Permiso para operar frecuencia de radio o red de telecomunicaciones, emitida por la concesionaria que da el servicio de radiofrecuencia, o contrato con concesionaria autorizada.
En caso de portación de armas de fuego, se solicitará, además:
17. Licencia de portación de armas, expedido por la SEDENA.
En caso de contar con canes, se solicitará, además:
17. Documento que acredite los conocimientos en adiestramiento animal, en caso de contar con caninos y/o otros animales para la prestación de servicios, expedido por persona especializada.
En caso de la modalidad de Seguridad de la Información, se solicitará, además:
17. Diploma, certificado o constancia que acredite que el personal técnico cuenta con conocimientos en materia de seguridad informática.
En caso de servicios de alarmas y monitoreo electrónico, se solicitará, además:
2
SSPC-2019-268-009-A
Modificación de la autorización o de la revalidación.
3
SSPC-2019-268-005-A
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad: A) Seguridad Privada en los bienes.
4
SSPC-2019-268-005-D
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad: B) Seguridad Privada en el Traslado de Bienes o Valores.
5
SSPC-2019-268-005-C
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad: C) Seguridad Privada a personas.
6
SSPC-2021-268-002-A
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
D) Para prestar los servicios de sistemas de prevención y responsabilidades.
7
SSPC-2021-268-003-A
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad: E) Para prestar los servicios de seguridad de la información y por cualquier actividad vinculada con los servicios de seguridad privada.
8
SSPC-2019-268-005-E
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad: F) Seguridad Privada en Servicios de Alarma y Monitoreo Electrónico.
9
SSPC-2021-268-004-A
Estudio de la solicitud para la autorización o revalidación para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas.
Modalidad G): Para fungir como centro de capacitación privado.
 
 
 
 
17. Secuencia fotográfica con plan de distribución del establecimiento del inmueble dedicado exclusivamente a la supervisión, control y administración de las señales, tomando como punto de origen la fachada del inmueble y hasta donde se observe el sitio de la Central de Monitoreo.
18. Evidencia fotográfica que acredite que la central de monitoreo contará en todo momento con protección física, electrónica y mecánica, evitando la observación directa desde el exterior.
19. Factura que acredite la obtención de mínimo un equipo de recepción de señales, o licencia a nombre de la persona prestadora de servicios del uso de software que permita la recepción de señales.
20. Reglamentos y normas de seguridad emitidas para la seguridad y sanidad.
21. Facturas de la adquisición del equipo y/o licencia para utilizarlo a nombre de la persona prestadora de servicios, con los que se acredite contar con equipos y programas informáticos de gestión de supervisión de alarmas y eventos.
22. Factura que acredite que se cuenta tanto con el generador de energía de servicio continuo y/o sistema alternativo que garantice un servicio de energía ininterrumpido.
23. Factura que acredite que se cuenta con sistemas de iluminación de emergencia.
24. Hojas de servicio que acrediten el nombre y turno de las personas monitoristas asignadas, destinadas a las tareas específicas de supervisión, administración y control de señales.
25. Diagrama esquemático de interconexión del control de monitoreo, en el que se observe además el sistema de redundancia, para asegurar la continuidad de la prestación del servicio.
26. Comprobante de línea telefónica exclusiva para cada una de las siguientes funciones:
a) La recepción de señales;
b) El reporte a las autoridades competentes y a los usuarios de las señales recibidas; y
c) La atención de llamadas del público en general.
27. Copia certificada del Contrato de Servicios presentado ante la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor.
En caso de fungir como centro de capacitación privado se solicitará, además:
16. Listado de instructores y/o capacitadores que laboren en el centro de capacitación privado.
17. Constancia del Registro expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que lo acredite como agente capacitador externo.
18. Contenido temático del programa de capacitación.
19. Constancias de registro de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de instructores y/o capacitadores.
 
ARTÍCULO QUINTO.- Se reducen los plazos máximos de resolución de los siguientes trámites:
No.
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
Plazo para resolver el trámite antes
de la simplificación
Plazo para resolver el trámite
después de la simplificación
1
SSPC-2021-268-006
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja tamaño carta u oficio.
90 días hábiles
30 días hábiles
2
SSPC-2019-268-004
Compulsa de documentos.
90 días hábiles
30 días hábiles
3
SSPC-2019-268-005
Trámite de autorización, revalidación y modificación de la autorización para prestar servicios de seguridad privada que realizan los particulares en dos o más entidades federativas.
90 días hábiles
75 días hábiles.
 
ARTÍCULO SEXTO. Se crean los Formatos de Solicitud para los trámites que se señalan en el artículo primero y tercero del presente Acuerdo, derivado de la mejora y eliminación de requisitos, mismos que se integran como a continuación se indica:
No
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
Homoclave del formato de
solicitud
Número de Anexo
1
SSPC-2021-268-006
Expedición de copias certificadas de documentos, por cada hoja tamaño carta u oficio.
SSPC-2021-268-006
Anexo I
2
SSPC-2019-268-004
Compulsa de documentos.
SSPC-2019-268-004
Anexo II
3
SSPC-2019-268-005
Trámite de autorización, revalidación y modificación de la autorización para prestar servicios de seguridad privada que realizan los particulares en dos o más entidades federativas
SSPC-2019-268-005
Anexo III
 
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se elimina del Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, el procedimiento siguiente, en virtud de que su naturaleza jurídica obedece a un medio de defensa ordinario que busca modificar, anular o confirmar la legalidad de un acto administrativo:
No
Homoclave del trámite
Nombre del trámite
1
SSPC-2019-268-012-A
Recurso de revisión ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
 
ARTÍCULO OCTAVO. A través del presente Acuerdo, se actualizan los formatos denominados Anexo Uno correspondiente al trámite denominado "Consulta de antecedentes policiales en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública"; Anexo Dos correspondiente al trámite denominado "Expedición de cada cédula de identificación del personal"; Anexo Tres correspondiente al trámite denominado "Expedición de Holograma para actividades de Blindaje de Vehículos"; Anexo Cuatro correspondiente al trámite denominado "Emisión de constancias"; Anexo Quinto correspondiente al trámite denominado "Inscripción de personal operativo en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública"; Anexo Sexto correspondiente al trámite denominado "Inscripción de arma de fuego o equipo"; y Anexo Séptimo correspondiente al trámite "Cambio de representante legal o en la titularidad de las acciones o partes sociales", del cual también se actualiza su homoclave siendo SSPC-2025-268-002-A del Acuerdo de Simplificación titulado "ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana", publicado el 23 de mayo del 2025.
TRANSITORIOS
PRIMERO: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del siguiente día hábil al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO: Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
TERCERO: La Dirección General de Seguridad Privada actualizará la información de los trámites y servicios enunciados en este Acuerdo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con los artículos 20 fracción IV, 51 y 53 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
CUARTO: La Dirección General de Seguridad Privada deberá realizar las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos vinculados al presente Acuerdo dentro del plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de éste.
También será aplicable a los ajustes que deban realizarse en los procedimientos administrativos, sistemas de registro, o cualquier otro mecanismo que requiera actualización conforme a los cambios normativos introducidos.
QUINTO: La Dirección General de Seguridad Privada, de conformidad con el presente acuerdo, no solicitará requisitos adicionales a los previstos en este, ni documentación que obre en sus archivos físicos o electrónicos, o copias simples.
Dado en la Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026.- Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Mtro. Omar Hamid García Harfuch.- Rúbrica.
Anexo I



Anexo II



Anexo III















Anexo Uno



Anexo Dos



Anexo Tres



Anexo Cuatro



Anexo Quinto



Anexo Sexto



Anexo Séptimo



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