Estados Unidos Mexicanos
Ciudad de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Vigésimo Cuarto Civil de Proceso Oral
"2025, Año de la Mujer Indígena"
EDICTO
 
En los autos del juicio ORAL MERCANTIL, promovido por NACIONAL FINANCIERA SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIA DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FIDEICOMISO ARRENDAMIENTO IDENTIFICADO EN LOS REGISTROS DE LA FIDUCIARIA CON EL NUMERO 80730, en contra de ELVIRA GUADALUPE ESPINOSA BRACHO y GASOLINERA LAS ADELITAS S.A. DE C.V., expediente 750/2024, el C. Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil de Proceso Oral en la Ciudad de México, dictó diverso(s) auto(s) que en su parte conducente dice(n): -----------------------------------------------------
"...con fundamento en el artículo 1070, del Código de Comercio, se ordena realizar el emplazamiento a dicha codemandada ELVIRA GUADALUPE ESPINOSA BRACHO, por medio de edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico "El Financiero", haciéndole saber que deberá presentarse por conducto de persona legalmente facultada dentro del término de TREINTA DÍAS siguientes a la última publicación, a recibir las copias de traslado correspondientes para dar contestación a la demanda incoada en su contra, ello dentro del plazo que se ha concedido en autos y que lo es de NUEVE DÍAS, con apercibimiento que de no hacerlo precluirá su derecho, y se tendrán por negados los hechos de la demanda que dejó de contestar, atento a lo dispuesto por el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio, siguiéndose el juicio en su contumacia; para los efectos citados, quedan a disposición de la demandada referida, en la Secretaría "C" de este órgano jurisdiccional, las copias de traslado correspondientes, apercibiéndosele en el sentido de que, si pasado el término del emplazamiento hecho en la forma indicada no comparece a juicio, se seguirá el mismo en su rebeldía y se le harán las posteriores notificaciones en términos de lo que establece el artículo 1070, último párrafo del Código de Comercio, es decir, por boletín judicial(...) Se ordena la elaboración de los edictos ordenados en auto de nueve de octubre de dos mil veinticinco, mismos que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN y en el periódico "DIARIO DE MÉXICO", conforme a los términos precisado en el proveído antes señalado(...).Notifíquese. Lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Andrés Martínez Guerrero, Juez Vigésimo Cuarto Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, asistido del Secretario de Acuerdos "C", Licenciado José Luis Ángeles Ortiz, quien autoriza y da fe..."
Publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación y el Diario de México.
 
C. Secretario de Acuerdos "C"
Lic. José Luis Ángeles Ortiz
Rúbrica.
(R.- 574574)