ACUERDO por el que se otorga patente de agente aduanal número 1951 a favor del C. Jorge Humberto Castañeda Ramirez, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Altamira.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Agencia Nacional de Aduanas de México.- Dirección General Jurídica de Aduanas.

500-00-00-00-00-2026-1165
ASUNTO: ACUERDO DE OTORGAMIENTO DE PATENTE DE AGENTE ADUANAL.
Vista la resolución contenida en el oficio número 500-00-00-00-00-2025-7654, de fecha 15 de diciembre de 2025, mediante el cual se ordena expedir la patente de agente aduanal por Convocatoria, a favor del C. JORGE HUMBERTO CASTAÑEDA RAMIREZ, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 8, 14, 16, y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 17, 18, 26 y 31, fracciones XI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, Apartado G, fracción VI, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor; 1 primer párrafo, 2, fracciones II y XXI, 35, 36, 36-A, 54, primer párrafo, 59-A, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166 y 167 de la Ley Aduanera; cuarto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de noviembre de 2025; 1, 51, fracción II de la Ley Federal de Derechos vigente; 1 primer párrafo y último, 5, 12, 18, 18-A, 19, 32-D, 33 último párrafo, 38, 63, primer y último párrafo y 135 del Código Fiscal de la Federación; 13 del Reglamento del Código Fiscal; 1, 3, fracción XVI, 4 primer párrafo apartado B, fracción V, 8 primer párrafo, 12 párrafo segundo, 13 fracciones VIII, XXIV y LXV, 25 primer párrafo, fracciones XXIII y XXVII, artículos Primero, Tercero, Séptimo y Octavo Transitorios del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2021, y su modificación publicada en el mismo órgano de difusión el 24 de mayo de 2022; Regla 1.2.2, de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes en la época de los hechos, así como lo señalado en la ficha de trámite 40/LA denominado Solicitud para la expedición del "Acuerdo de otorgamiento de patente de agente aduanal", contenido en el Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes en la época de los hechos, toda vez que el domicilio fiscal del interesado se encuentra dentro del territorio nacional, en cumplimiento a la sentencia definitiva de fecha 20 de mayo de 2025, dictada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, en la Ciudad de México, en el juicio de amparo número 773/2024, confirmada en el Toca R.A. 653/2025, por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, esta Dirección General Jurídica de Aduanas de la Agencia Nacional de Aduanas de México, procede a emitir el siguiente:
ACUERDO
Primero. En cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 159 de la Ley Aduanera y a los establecidos en las BASES, FASES y OTRAS PREVISIONES indicadas en los CAPÍTULOS I, II y III de la Convocatoria para obtener patente de agente aduanal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2023 y a lo señalado en el numeral 10 del ACUERDO de Reanudación de la Convocatoria antes mencionada, publicado en el mismo medio de difusión oficial el 20 de noviembre de 2023, armonizado con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Aduanera, se expide el "Acuerdo de otorgamiento de patente de agente aduanal" a favor del C. JORGE HUMBERTO CASTAÑEDA RAMIREZ, al haber cumplido con los requisitos legales para la obtención del Acuerdo de otorgamiento de patente de agente aduanal por Convocatoria.
Segundo. Atento a lo anterior, se otorga patente de agente aduanal numero 1951 a favor del C. JORGE HUMBERTO CASTAÑEDA RAMIREZ, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Altamira.
Tercero. Gírese atento oficio al Titular de la aduana de adscripción autorizada al agente aduanal para ejercer funciones con el carácter, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Cuarto. Notifíquese al C. JORGE HUMBERTO CASTAÑEDA RAMIREZ, el presente Acuerdo.
Atentamente
Ciudad de México, a 23 de febrero de 2026.- El Director General Jurídico de Aduanas, Lic. Juan Carlos Reyes Torres.- Rúbrica.
(R.- 575221)