Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre el inmueble ubicado en: calle sin nombre, sin número, colonia Celayita, municipio de Polotitlán, Estado de México, en las coordenadas geográficas 20.234863, - 99.856883, parcela 452 Z4 P2/3, perteneciente al Ejido de San Nicolás de los Cerritos, lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 40/2025 promovido por Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República, en contra del Ejido de San Nicolás de los Cerritos, a través del Comisariado Ejidal en su carácter de Representante Legal del Ejido, Alberto Reyes Tavera, en su carácter de Ejidatario del Ejido de San Nicolás de los Cerritos y Laura Ivone Leyva Navarro, con el carácter de codemandados, por considerar que no se acreditó su legitima procedencia.
Las personas que se crean con derecho sobre el bien señalado, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio del inmueble afecto.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el diez de diciembre de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
María Guadalupe Salcedo Prado
Rúbrica.
(E.- 000962)