Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito,
con residencia en Torreón, Coahuila de Zaragoza
EDICTO
 
Promosoluciones en Fulfillment, Sociedad Anónima de Capital Variable
En los autos del juicio de amparo directo 120/2026 laboral, promovido por José Noé Cabrales Marrufo, en contra de la sentencia de veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en esta ciudad, en el procedimiento ordinario laboral de origen expediente número 805/2023, se dictó un auto, en el cual se ordenó el emplazamiento de la demanda de amparo directo, así como la notificación del auto admisorio de doce de febrero del año en curso, a la diversa tercera interesada Promosoluciones en Fulfillment, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, con cargo al presupuesto del Órgano de Administración Judicial, los cuales tendrán que publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación a nivel nacional que se tenga a bien designar, haciéndole saber a la tercera interesada de mérito, que deberá presentarse ante este Tribunal Colegiado a hacer valer sus derechos, dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de aquél al en que surta sus efectos la última publicación del referido edicto, y si pasado este término, no comparece a través de apoderado o representante legal, se seguirá por sus demás trámites que correspondan el presente juicio de amparo directo que nos ocupa, haciéndosele las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio de lista de acuerdos.
 
Torreón, Coahuila de Zaragoza a 21 de abril de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Octavo Circuito
Lic. Gerardo Pacheco Mondragón
Rúbrica.
(R.- 576979)