Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Sección Civil
Procesos Civiles o Administrativos 2613/2025
EDICTO.
 
ACTOR: María Teresa López Gómez quien promueve en su carácter de madre de Erik Leobardo Solís López y/o Erick Leobardo Solís López.
Mediante acuerdo de veintiocho de mayo de dos mil veinticinco, se radicó en este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, la jurisdicción voluntaria bajo el número 2613/2025-8, promovido por María Teresa López Gómez, en la cual solicita el procedimiento especial de declaración de ausencia de Erik Leobardo Solís López y/o Erick Leobardo Solís López; de cuyo contenido se advierte que se admite la demanda, atendiendo a que el diez de noviembre de dos mil diecisiete, se inició carpeta de investigación 12-2017- 15602 ante la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición Forzada, dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, esto es que en un término mayor a tres meses se hizo la denuncia correspondiente, según lo establecido en el artículo 8 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, por lo que se admitió en la vía de jurisdicción voluntaria procedimiento especial de declaración de ausencia de Erik Leobardo Solís López y/o Erick Leobardo Solís López, promovida por María Teresa López Gómez.
De ahí que se ordenó el oficio a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición de Personas, dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, requiriendo las constancias que integran el NUC 12-2017- 15602.
Asimismo, se solicitó informes al Ministerio Público de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares de la Procuraría General de Justicia en Estado de Hidalgo, a la Comisión Nacional de Búsqueda, para efecto el efecto de que informen si en sus bases de datos cuentan con información del desaparecido Erik Leobardo Solís López y/o Erick Leobardo Solís López, y, de ser así, lo den a conocer a este juzgado.
De igual forma, se giró el oficio al Instituto Mexicano del Seguro Social Delegación Hidalgo, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Delegación Hidalgo, a efecto de proporcionen información de Erik Leobardo Solís López y/o Erick Leobardo Solís López, relativa a los datos del último empleo, fecha de ingreso, salario base de cotización, ocupación del trabajador, fecha y causa de baja, si se ha proporcionado atención médica, si ejerció el crédito de vivienda, en caso afirmativo, los datos de identificación del inmueble con la debida documentación que respaldara esa información.
Finalmente, se solicita al Diario Oficial de la Federación para que realice de manera gratuita la publicación del edicto que debía contener un extracto del escrito inicial y una relación sucinta de ese proveído, y al Consejo de la Judicatura Federal (Órgano de Administración Judicial) así como a la Comisión Nacional de Búsqueda, la divulgación de éste en su página electrónica, ello, CON LA FINALIDAD DE LLAMAR A CUALQUIER PERSONA QUE TUVIERE INTERÉS JURÍDICO EN ESTE PROCEDIMIENTO.
 
Pachuca de Soto, Hidalgo a 28 de mayo de 2026.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo
Licenciado Pedro Gabriel Galan Perez
Rúbrica.
(E.- 001015)