ACUERDO por el que se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, para su aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado "Delegación Estatal Sinaloa", con una superficie de terreno de 9,981.89 metros cuadrados, con Registro Federal Inmobiliario 25-6254-0, ubicado en Vialidad de Acceso a la Academia Estatal de Policía Acera Poniente número 301 Norte, Colonia Bachigualato, Sección Complejo de Seguridad, Código Postal 80140, Localidad Aguaruto, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AD-016-2026.

ACUERDO POR EL QUE SE DESINCORPORA DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, PARA SU APORTACIÓN AL PATRIMONIO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO "DELEGACIÓN ESTATAL SINALOA", CON UNA SUPERFICIE DE TERRENO 9,981.89 METROS CUADRADOS, CON REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO 25-6254-0, UBICADO EN VIALIDAD DE ACCESO A LA ACADEMIA ESTATAL DE POLICÍA ACERA PONIENTE NÚMERO 301 NORTE, COLONIA BACHIGUALATO, SECCIÓN COMPLEJO DE SEGURIDAD, CÓDIGO POSTAL 80140, LOCALIDAD AGUARUTO, MUNICIPIO DE CULIACÁN, ESTADO DE SINALOA.
Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II y IV, 28 fracción l, 29 fracciones I, VI y XV, 84 fracción VI, 95 y 101 fracciones VI y X de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 4 apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y; 1, 3 fracciones VIII y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXXVI y XLVII del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra el inmueble federal denominado "Delegación Estatal Sinaloa", con una superficie de 9,981.89 metros cuadrados, con Registro Federal Inmobiliario 25-6254-0 y ubicado en Vialidad de Acceso a la Academia Estatal de Policía Acera Poniente número 301 Norte, Colonia Bachigualato, Sección Complejo de Seguridad, Código Postal 80140, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el considerando precedente, se acredita mediante Escritura Pública número 1,016, volumen IV de fecha 6 de junio de 1994, otorgada ante la fe del Licenciado César Alfredo López García, Titular de la Notaría Pública número 42 del Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, en la que se hizo constar la donación pura y simple, celebrada por el Gobierno Libre y Soberano del Estado de Sinaloa en su carácter de donante en favor del Gobierno Federal a través de la Procuraduría General de la República, Delegación Estatal Sinaloa en su carácter de donatario, respecto del inmueble identificado con forma de un polígono irregular, localizado con las siguientes medidas y colindancias: Partiendo del vértice marcado con la letra "A", distancia de (200.00) doscientos metros y con rumbo (5 75-40-W) colindando con Acepol y Calle de por medio, se llega al vértice con letra "B" con distancia de (50.00) cincuenta metros y con rumbo (5 17-47-E) colindando con terreno del Instituto de Readaptación Social del Estado de Sinaloa (I.R.S.S.), se llega al Vértice con letra "C" con distancia de (200.00) doscientos metros y con rumbo (N 75-40-E) colindando con el terreno del Instituto de Readaptación Social del Estado de Sinaloa (I.R.S.S.) se llega al vértice con letra "D" con distancia de (50.00) cincuenta metros y con rumbo (N 17-47-W) colindando con carretera a la Acepol, hasta llegar al vértice de la Letra "A" de partida, con superficie del polígono irregular de 9,981.89 metros cuadrados, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real número 95987, de fecha 17 de noviembre de 2010, así como en el Registro Público de la Propiedad de Culiacán, Estado de Sinaloa, bajo el número 28, libro 884, de fecha 16 de septiembre de 1994.
TERCERO.- Que la superficie, medidas y colindancias del inmueble materia del presente Acuerdo, se consignan en el plano topográfico número TG/SIN/CUL-01, elaborado a escala 1:400, aprobado y registrado el 05 de junio de 2024 y certificado el 07 de agosto de 2024, bajo el número DRPCI/7299/25-6254-0/2024/T por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el cual señala en el cuadro de notas que: "EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO ARROJO UNA SUPERFICIE DE 10,013.637 M2, QUE EQUIVALE A UN PORCENTAJE DE 0.3% EN INCREMENTO RESPECTO A LA SUPERFICIE SEÑALADA EN EL TITULO DE PROPIEDAD, POR LO QUE SE CONSIDERA TECNICAMENTE CORRECTO Y DENTRO DE LOS LIMITES TOLERABLES DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUISITOS PARA LA ELABORACION DE LOS PLANOS TOPOGRAFICOS Y PLANIMETRICOS CON INFORMACION CATASTRAL, QUE SE REALICEN A LOS INMUEBLES QUE FORMAN PARTE DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL Y PARAESTATAL. EN CONSIDERACION DE LO ANTERIOR, EL INMUEBLE ANTERIOR REPRESENTADO EN EL PLANO NO PIERDE IDENTIDAD POR LO DESCRITO EN EL ANTECEDENTE". (sic).
CUARTO.- Que mediante constancia de Zonificación con número de folio DE.US-CZO/352/25, de fecha 28 de abril de 2025, la Dirección de Regulación Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano Sustentable del Ayuntamiento de Culiacán, Estado de Sinaloa, hizo constar que el uso de suelo permitido para el inmueble materia del presente Acuerdo, es: "...SERVICIOS ESPECIALIZADOS: OFICINAS DE GOBIERNO".
QUINTO.- Que mediante constancia de "Solicitud de información sobre inmuebles con valor artístico o monumento artístico Trámite INBA-02-003" con folio 1169, de 03 de junio de 2025, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, informó respecto al inmueble materia del presente Acuerdo, lo siguiente: "INMUEBLE NO INCLUIDO EN LA RELACIÓN DEL INBA...".
SEXTO.- Que mediante oficio número SDUS/DLC/4215-3674/24 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrito por el Departamento de Licencias de Construcción adscrito a la Secretaría de Desarrollo Urbano Sustentable del Ayuntamiento de Culiacán, Estado de Sinaloa, se hizo constar que el inmueble objeto del presente Acuerdo, se encuentra ubicado en Vialidad de Acceso a la Academia Estatal de Policía Acera Poniente, Colonia Bachigualato, Sección Complejo de Seguridad, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, asignándole el número oficial 301 Norte.
SÉPTIMO.- Que mediante oficio número CIS (MH) 116-2025, de fecha 09 de diciembre de 2025, la Dirección del Centro INAH Sinaloa, del Instituto Nacional de Antropología e Historia, informó que el inmueble materia del presente Acuerdo: "...no es Monumento Histórico ni Colindante a Monumento Histórico ... Por otro lado, es importante mencionar que en los alrededores del sitio, se realizaron hallazgos de vestigios arqueológicos; que posiblemente pertenecieron a los primeros asentamientos en región, convirtiéndolo en zona de interés".
OCTAVO.- Que la Fiscalía General de la República, mediante oficio número FGR/OM/UESII/1049/2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, suscrito por el Titular de la Unidad Especializada de Recursos, Servicios e Infraestructura Inmobiliaria y Responsable Inmobiliario, solicitó la desincorporación del régimen del dominio público de la Federación y posterior aportación a su patrimonio, respecto del inmueble materia del presente Acuerdo, para continuar utilizándolo conforme a sus facultades y atribuciones.
NOVENO.- Que mediante Dictamen de 12 de mayo de 2026, la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, determinó no llevar a cabo la difusión prevista en el artículo 49 fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales y en el numeral 118 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010 y última reforma publicada en el mismo órgano de difusión el 05 de abril de 2016, respecto del inmueble materia del presente Acuerdo, en virtud de que, por sus características, no es apto para ser destinado al servicio de alguna otra Dependencia, Entidad o Institución Pública, distinta a la que lo viene ocupando, ya que actualmente la Fiscalía General de la República lo utiliza conforme a sus facultades y atribuciones, por lo que no figura como "disponible" en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
DÉCIMO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de junio de 2026, aprobó el ACUERDO 04/2026 CAI, mediante el cual se determinaron las acciones para el mejor uso y aprovechamiento del inmueble federal materia del presente Acuerdo, para su desincorporación del régimen de dominio público de la Federación y posterior aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, en términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales.
DÉCIMO PRIMERO.- Que mediante oficio número DGPGI/334/2026 de fecha 29 de junio de 2026, la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, emitió el Dictamen para Actos de Administración y/o Disposición número DICTAMEN/03/2026, en el cual consideró que, al no encontrarse el inmueble materia del presente Acuerdo, catalogado como bien de uso común, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, se actualiza la hipótesis normativa prevista en el artículo 84 de la Ley referida, por lo cual podrían ser procedentes las acciones de administración y disposición establecidas en las diversas fracciones del artículo invocado.
Atendiendo el contenido del oficio citado en el presente Considerando, en el caso concreto, resulta aplicable la fracción VI del artículo 84 de la Ley General de Bienes Nacionales.
DÉCIMO SEGUNDO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, de conformidad con lo previsto por el artículo 10, fracción IV del Reglamento Interior de este Instituto, autorizó desde el punto de vista técnico, la operación que se autoriza, por lo que, la documentación administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obran en el expediente de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que se encuentra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Con fundamento en el artículo 8 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente; por lo que, con base en las consideraciones referidas, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado "Delegación Estatal Sinaloa", con forma de un polígono irregular, localizado con las siguientes medidas y colindancias: Partiendo del vértice marcado con la letra "A", distancia de (200.00) doscientos metros y con rumbo (5 75-40-W) colindando con Acepol y Calle de por medio, se llega al vértice con letra "B" con distancia de (50.00) cincuenta metros y con rumbo (5 17-47-E) colindando con terreno del Instituto de Readaptación Social del Estado de Sinaloa (I.R.S.S.), se llega al Vértice con letra "C" con distancia de (200.00) doscientos metros y con rumbo (N 75-40-E) colindando con el terreno del Instituto de Readaptación Social del Estado de Sinaloa (I.R.S.S.) se llega al vértice con letra "D" con distancia de (50.00) cincuenta metros y con rumbo (N 17-47-W) colindando con carretera a la Acepol, hasta llegar al vértice de la Letra "A" de partida, actualmente en Vialidad de Acceso a la Academia Estatal de Policía Acera Poniente número 301 Norte, Colonia Bachigualato, Sección Complejo de Seguridad, Código Postal 80140, Localidad Aguaruto, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, con Registro Federal Inmobiliario 25-6254-0 y superficie de 9,981.89 metros cuadrados, para continuar utilizándolo conforme a sus facultades y atribuciones.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo el cumplimiento de este Acuerdo en los términos presentados.
TERCERO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por la Fiscalía General de la República.
CUARTO.- En caso de que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble cuya aportación al patrimonio de la Fiscalía General de la República se autoriza, previo a su realización, dicho Órgano Constitucional Autónomo, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales, la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.
QUINTO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere realizado la formalización correspondiente de la operación que se autoriza, por causas imputables a la Fiscalía General de la República, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho Órgano Constitucional Autónomo.
SEXTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 08 días del mes de julio de 2026.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.