CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas públicas del Estado, a las entidades federativas y sus municipios, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el cumplimiento a la sentencia definitiva del diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, dictada en el juicio de nulidad número 929/25-18-01-5, interpuesto por la representación legal de la empresa Proveedora de Equipo de Laboratorio, Curación y Medicamento Maniflosa, S.A. de C.V. en la cual la Sala Regional en Tamaulipas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de la resolución de seis de junio de dos mil veinticinco, dictada en los autos del procedimiento PISI-A-NC-DS-0062/2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- No. de Oficio: SABG/OICGYR/AR/ 4365 /2026.- Expedientes: PISI-A-NC-DS-0062/2023.- No. Int: JN-53/2025.- No. Reg. 18-1-2-6215/26.

CIRCULAR No. SABG/OICGYR/AR/4879/2025
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DEL DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, DICTADA EN EL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 929/25-18-01-5, INTERPUESTO POR LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA PROVEEDORA DE EQUIPO DE LABORATORIO, CURACIÓN Y MEDICAMENTO MANIFLOSA, S.A DE C.V. EN LA CUAL LA SALA REGIONAL EN TAMAULIPAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN DE SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO, DICTADA EN LOS AUTOS DEL PROCEDIMIENTO PISI-A-NC-DS-0062/2023.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
PRESENTES.
Esta autoridad hace de su conocimiento que con fecha diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, la Sala Regional en Tamaulipas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, emitió sentencia definitiva dentro del juicio de nulidad 929/25-18-01-5, promovido por la representación legal de la empresa PROVEEDORA DE EQUIPO DE LABORATORIO, CURACIÓN Y MEDICAMENTO MANIFLOSA, S.A DE C.V., en contra de la resolución de fecha seis de junio de dos mil veinticinco dictada dentro del expediente administrativo número PISI-A-NC-DS-0062/2023, cuyos puntos resolutivos son del tenor siguiente:
"RESULTANDO:
1°.- Por escrito recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional el once de agosto de dos mil veinticinco, compareció KENIA GARZA REYES, en representación de PROVEEDORA DE EQUIPO DE LABORATORIO, CURACIÓN Y MEDICAMENTO MANIFLOSA, S.A. DE C.V., a demandar la nulidad de la resolución de seis de junio de dos mil veinticinco, recaída al expediente PISI-A-NC-DS-0062/2023, a través del cual el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, le impuso una sanción consistente en multa, en cantidad de $663,918.00, así como una inhabilitación por el plazo de un año y un mes....
Por lo expuesto y con fundamento en los artículos los artículos 49, 50, 51 fracción IV y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, esta Sala;
RESUELVE:
I. Resultó infundada la causal de improcedencia invocada por la autoridad demandada, por lo que NO se sobresee en el juicio,
II. La parte actora probó su acción, en consecuencia;
III.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada, descrita en el Resultando 1° de este fallo."
En ese sentido, en cumplimiento a la referida sentencia, se comunica que dentro del procedimiento administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas PISI-A-NC-DS-0062/2023, se emitió un acuerdo en fecha diez de julio de dos mil veintiséis, por el que se dejó sin efectos la resolución fechada el seis de junio de dos mil veinticinco, dictada dentro del procedimiento administrativo antes mencionado por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, por lo que ha quedado nula la resolución sancionadora, así como sus efectos.
Atentamente
Ciudad de México, a 20 de julio de 2026.- El Titular del Área de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.