CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, Quintana Roo, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente A: Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/CJM/OPE/QROO/BJ/029/2026
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, MARÍA ELENA HERMELINDA LEZAMA ESPINOSA; ASISTIDA POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, MARÍA CRISTINA TORRES GÓMEZ; POR LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN Y TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA, MARTHA PARROQUIN PÉREZ; POR EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA, RACIEL LÓPEZ SALAZAR; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que el Estado mexicano ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que buscan garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, así como la eliminación de las violencias y de todas las formas de discriminación contra las mujeres, entre los que se encuentran la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), así como la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.
Por su parte, el artículo 4o. de la CPEUM dispone que la mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (LGAMVLV), en su artículo 1 establece los deberes reforzados del Estado, en materia de protección del derecho de las mujeres, adolescentes, niñas y niños a una vida libre de violencias, y tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, mientras que, los artículos 2 y 34 TER respectivamente, del mismo ordenamiento, establecen que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, y deberán contar con fiscalías especializadas para atender los delitos relacionados con las violencias de género en contra de las mujeres y Centros de Justicia para las Mujeres. Así como proporcionar a las mujeres, o las niñas, en situación de violencia y en su caso a sus hijas e hijos o personas que dependan de la víctima, alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, en términos de las disposiciones aplicables de esta ley.
En ese tenor, el Gobierno Federal crea el Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas (PROGRAMA) como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (PEF 2026), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de noviembre de 2025 se derivan los recursos asignados para la implementación del PROGRAMA, los cuales ascienden a $856,782,185.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la LFPRH en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2026 para que se otorguen y apliquen en los Centros de Justicia para las Mujeres; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos de Operación del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas para el ejercicio fiscal 2026 (LINEAMIENTOS).
En atención a lo anterior, el 06 de enero de 2026 se publicó en el portal oficial de "MUJERES" https://www.gob.mx/mujeres la GUÍA OPERATIVA Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres" (GUÍA OPERATIVA CJM 2026) que rigen el proceso para acceder a los recursos por concepto de subsidios federales del PROGRAMA.
En cumplimiento de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, el 30 de enero de 2026 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a Centros de Justicia para las Mujeres. La aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 como a la disponibilidad presupuestaria autorizada en el PEF 2026.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencias contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con los plazos establecidos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, en fecha 11 de febrero de 2026, mediante oficio de solicitud de subsidio número FGE/DFG/CAN/036/2026 suscrito por Raciel López Salazar en su carácter de Fiscal General del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, Quintana Roo.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,613,614.80 (UN MILLÓN SEISCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CATORCE PESOS 80/100 M.N.) para la ejecución del proyecto Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, Quintana Roo. Dicha situación se notificó a la Instancia Ejecutora mediante el oficio MUJERES/SDVLV/DGAAJ/DCJ/125/2026, de fecha 26 de febrero de 2026.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.       "MUJERES" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción XXI, 26 y 42 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); y, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.    La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, fracción I, 5, fracción XIV y 7 del RISM.
I.3.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", según oficio número MUJERES/UAF/0224/2026, de 20 de marzo de 2026, emitido por el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de "MUJERES".
I.4.    Señala como su domicilio el ubicado en Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Demarcación Territorial Benito Juárez, 03900 Ciudad de México.
II.      El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; y, 1o., 2o., 3o., 4o. y 5o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, el Estado de Quintana Roo, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.   La Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 78, y 90, fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como en los artículos 2o., 8o. y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.
II.3.   La Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado de Quintana Roo, el 25 de septiembre de 2022; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3o., 4o. y 19 fracción I, 21, 30 fracción VII y 31 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 8o. y 9o. fracciones IX y XXXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.   La Secretaria de Finanzas y Planeación y Titular de la Instancia Receptora Martha Parroquin Pérez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado de Quintana Roo, el 28 de agosto de 2024; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 92 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3o., 4o. y 19 fracción IV, 21, 30 fracción VII y 33 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; y, 2o., 5o., y 9o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
II.5.   El Fiscal General del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Ejecutora, Raciel López Salazar, acredita su carácter, con el Decreto 092 aprobado por el Congreso del Estado de Quintana Roo, mediante la sesión 17 de julio de 2023, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 18 del citado mes y año, ratificado mediante acta de sesión 09 del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio constitucional, celebrado el diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro, en cumplimiento al transitorio Octavo del Decreto 002, expedido por la XVIII Legislatura del Estado, publicado en el mismo medio de difusión oficial el nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, que dispone que a su entrada en vigor, la persona titular de la Fiscalía General queda designada para permanecer en el cargo por un periodo de doce años; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 1o y 16 fracción XIX de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.
II.6.   Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle 22 de Enero, número 01, Colonia Chetumal Centro, Código Postal 77000, Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo.
III.     "LAS PARTES" declaran que:
III.1.   Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.  Reconocen que los recursos federales asignados son complementarios y fortalecen las capacidades institucionales locales, y que, a través de esta coadyuvancia, no se sustituye la responsabilidad de la Instancia Ejecutora de destinar recursos presupuestarios propios para el cumplimiento de las acciones del Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres" en materia de prevención, protección, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.
III.3.   Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.4.   Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres, niñas y niños, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.5.   Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género.
III.6.   Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS, la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES", mismos que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, Quintana Roo, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres".
Dicho Proyecto, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $1,613,614.80 (UN MILLÓN SEISCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CATORCE PESOS 80/100 M.N.), para el Proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, Quintana Roo, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y planeación, para lo cual, la Instancia Ejecutora deberá disponer de una cuenta bancaria productiva específica, en la cual se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus rendimientos atendiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), misma que se identifica con los siguientes datos:
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Nombre del Proyecto:
Operación del centro de Justicia de Benito Juárez
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA México S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
012690001267977098
Número de Cuenta Bancaria:
00126797709
Tipo de Cuenta:
Cheques Cash Management Gobierno M.N. (Productiva)
Tipo de Moneda:
Moneda Nacional
Número de Sucursal:
7710
Número de Plaza:
690 Chetumal Quintana Roo
Fecha de apertura de la Cuenta:
05 de marzo de 2026
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
José Cuauhtémoc Iraburo Zarate
Martha Rioceli Moo Mex
 
"MUJERES" notificará a la titular de la Instancia Ejecutora mediante correo electrónico, cuando se haya realizado la radicación del recurso; por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas contarán con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para transferir a la Instancia Ejecutora los recursos destinados a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del PROGRAMA.
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura electrónica Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral TRIGÉSIMO NOVENO, de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o. de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2026 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
La aplicación de los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, no perderán su carácter federal al ser ministrados a la Instancia Ejecutora y, en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos de los numerales 7.22 y 7.23 de los LINEAMIENTOS.
b.    Garantizar la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, la LFPRH, el RLFPRH y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral CUADRAGÉSIMO de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 y los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las acciones de verificación y supervisión del Proyecto, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, Ley Federal de Austeridad Republicana, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar, cumpliendo con los perfiles previstos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
j.     Entregar, por conducto del enlace designado a "MUJERES", los informes que dan cuenta de la comprobación de erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validados por la Secretaría de Finanzas y Planeación, con su debido soporte documental. Esta información deberá entregarse de acuerdo con el calendario señalado en la Guía Operativa del componente A.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos U012: Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas".
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2027, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo y por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Instancia Ejecutora ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2026 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
m.    Instrumentar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del proyecto.
n.    Contar con un programa interno de protección civil vigente durante el periodo establecido en el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, avalado por la instancia competente de su localidad, que contemple: que el inmueble se encuentra con todas las condiciones de seguridad para poder estar en funcionamiento.
ñ.    Contar con rutas y acciones de seguridad para la atención de emergencias y riesgos psicosociales, mismo que deberá ser verificable.
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y el RLFPRH, el PEF 2026, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
p.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
q.    Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente de aquella generada por motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestales transferidos en término de las disposiciones jurídicas aplicables.
r.     Capturar en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres "BANAVIM" y cualquier otra plataforma que determine "MUJERES", como mecanismo oficial y obligatorio, la información sobre las mujeres atendidas por la Instancia Ejecutora, así como, los servicios y acciones de atención.
s.     Aquellos otros compromisos establecidos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "MUJERES"
Nombre:
Montserrat Guadalupe Contreras Hernández
Cargo:
Directora de Centros de Justicia
Dirección:
Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
5553224200 ext. 5114
Correo electrónico
Institucional:
Mcontreras@mujeres.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Cynthia Nallely Ramos Tapia
Cargo:
Directora del Centro de Justicia para las Mujeres
Dirección:
Avenida Miguel Hidalgo número 1007, Región 94 Manzana 8 Lote 3, Benito Juarez, Código Postal 77517, Cancún, Estado de Quintana Roo.
Teléfono institucional:
9982513276 Ext. 3002
Correo electrónico
Institucional:
Cjm.cancun@fgqroo.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo informará a "MUJERES" los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, de los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral 15.2 de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta, deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral 10 de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la LOAPF, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO", o que se cumpla un supuesto de las causales de cancelación de los proyectos en términos del numeral 9 de los LINEAMIENTOS.
Para tales efectos, se levantará una minuta, misma que se presentará ante el COMITÉ, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. ACCESO A LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD. "LAS PARTES" se obligan a mantener estricta confidencialidad respecto de la información que sea de su conocimiento, con motivo de la ejecución del presente Convenio de Coordinación y Adhesión observando las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
Por lo anterior, "LAS PARTES" se comprometen a realizar un manejo responsable de la información contenida en el presente Convenio; en atención a los principios señalados en los artículos 6, inciso A, fracción VIII, párrafo tercero de la CPEUM, 8 de la LGTAIP y 10 de la LGPDPPSO, es decir, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad, licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2026.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
VIGÉSIMA SEGUNDA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de "MUJERES", como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 4 (cuatro) ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernadora del Estado, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación y Titular de la Instancia Receptora, Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Fiscal General del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Ejecutora, Raciel López Salazar.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA OPERACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS
MUJERES EN BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO.
1.     NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE "EL PROYECTO":
A)    Nombre o denominación:
       Operación del Centro de Justicia de Benito Juárez.
B)    Objetivo:
       El equipamiento complementario de las áreas de recepción, espera, atención de primer contacto, ludoteca, psicología para mujeres, psicología infantil, consultorio médico, fiscales de ministerios públicos, empoderamiento, trabajo social, jurídica, archivo, atención especializada y casa de emergencia del Centro es para impulsar y garantizar el uso y goce de los derechos de las mujeres, niñas y las adolescentes a la salud, a la seguridad y a la justicia bajo los principios de oportunidad y debida diligencia.
C)    Descripción del proyecto y meta en su ejecución en el 2026:
       Se comprará el equipamiento complementario para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, para brindar mejores condiciones de operación que permitan elevar la calidad de la atención a mujeres y sus hijas e hijos, víctimas de violencias.
       Meta: Compra de 253 artículos que corresponden a 20 tipos de necesidades, para beneficiar 14 áreas de atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia.
2.    JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO:
Impacto Operativo del Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez (Ejercicio 2025):
Durante el año 2025, el Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez evidenció una capacidad de respuesta efectiva mediante los siguientes resultados:
·  Usuarias atendidas: 12,530 (3,496 de primera vez y 9,034 subsecuentes).
·  Total de atenciones brindadas: 38,806 (incluyendo a hijas e hijos).
·  Inicios de Carpeta de Investigación: 4,357 usuarias para iniciar carpeta de investigación.
·  Medidas de protección emitidas: 6,093.
      Ingresos a casa de emergencia: 165 ingresos, de los cuales 81 fueron mujeres, 31 bebés, 41 niños o niñas y 12 adolescentes.
      Frente a la necesidad histórica de atención a mujeres que viven violencias por causas estructurales de desigualdad de género, con estos resultados se confirma la oportunidad estratégica que representa el Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, para brindar servicios especializados que coadyuven a las víctimas de violencia a afrontar sus efectos y transitar de este estado de vulneración a uno de empoderamiento, seguridad y goce pleno de sus derechos humanos, mediante las justicias restaurativas y la justicia penal. La consecución de este objetivo y la sostenibilidad de las acciones dependen de capacidad para brindar atención integral con enfoque diferenciado, priorizando la respuesta y protección inmediata ante la violencia de género y feminicida que enfrentan las mujeres, las niñas y las adolescentes, para lo cual se requiere cubrir una serie de necesidades de equipamiento e insumos, los cuales se describen, enfatizando el impacto a favor en la vida de las mujeres usuarias y sus hijas e hijos, en el Centro de Justicia.
 
No.
EQUIPAMIENTO O
INSUMO REQUERIDO
ÁREAS BENEFICIADAS
JUSTIFICACIÓN E IMPACTO FAVORABLE A LAS USUARIAS.
1
3 pantallas Smart tv o
Roku 32 pulgadas
Casa de emergencia
El espacio destinado a casa de emergencia, incluidas las tres habitaciones, son espacios con capacidad limitada en cuanto a mobiliario, por lo que se considera viable colocar 1 pantalla en cada unidad para que sobre todo niños, niñas y adolescentes puedan consumir contenido adecuado a su edad y que permita brindarles momentos de esparcimiento.
2
18 juegos de sábanas
tamaño individual
La casa de emergencia cuenta con 3 literas, cada una tiene una cama matrimonial y una cama individual, por lo que es necesario contar con los colchones y cubre colchones para proteger los colchones y prolongar su vida útil, así como para realizar los recambios necesarios.
Usualmente estas camas individuales son utilizadas por infancias, que presentan eventos de micción involuntaria producto de su etapa de desarrollo o como consecuencia de los impactos psicoemocionales de la violencia experimentada.
3
18 juegos de sábanas
tamaño matrimonial
4
18 almohadas básicas
5
12 cubre colchones
matrimoniales
6
12 cubre colchones
individuales
Áreas de Espera
También, puede haber eventos de fluidos como vómitos o heces, donde, por higiene y seguridad, los insumos deben ser desechados, cuando no sea el caso, el centro proveerá de los servicios de lavandería para su reutilización.
Por otro lado, respecto de los juegos de sábanas individuales y matrimoniales, se solicitan con los mismos fines, pero se incrementa su cantidad debido a que las sábanas se cambian cada vez que se requiere por la dinámica de la estancia (se mojan con agua, fluidos, sudor, etc.) y, sobre todo, cuando una usuaria egresa, para que esté en condiciones para su uso por parte de la nueva usuaria o víctima que ingrese al espacio.
En la premisa de que cada cama matrimonial puede albergar hasta dos personas y la individual 1 persona, se solicita el número de almohadas suficientes para este fin. Las almohadas serán lavadas y reutilizadas mientras esto sea viable, en caso de fluidos de riesgo, serán desechadas, al igual que con el resto de insumos, el centro proveerá de los servicios de lavandería.
Estos insumos proveerán de espacios higienizados y dignos para la estancia de las usuarias y sus hijas e hijos, promoviendo un espacio libre de focos de contaminación, infección y riesgos para las usuarias y sus familias y facilitando la gestión de residuos biológicos ocasionales.
7
2 cambiadores de bebés
para baños
Empoderamiento Psicología
El centro cuenta distintas áreas físicas de atención: recepción, área común de atención especializada y área de ministerio público, por lo que es necesario poner a disposición y uso de las usuarias cambiadores para sus bebés en los distintos espacios, para que quienes presenten lesiones, discapacidad motriz o cualquier situación que les dificulte movilizarse, cuenten con ellos en un lugar cercano y accesible al área donde se encuentran en espera o recibiendo atención, reduciendo el estrés que les implica realizar procesos jurídicos para detener la violencia que viven.
8
12 tapetes antideslizantes
para adultas
Áreas comunes de atención
especializada
Existen precedentes de trabajo de psicología con adultas de meditación en movimiento, consciencia corporal, terapia grupal y en ocasiones es necesario recostarse, por lo que se requiere brindar seguridad y confort a las usuarias participantes, a través de materiales reutilizables. También estos materiales pueden ser utilizados en actividades de empoderamiento como defensa personal. Proveyendo de los elementos básicos para estas actividades sin generar impacto en la economía de las usuarias garantizando la gratuidad de los servicios.
9
3 despachadores de agua
fría y caliente
Casa de Emergencia
Es común que las usuarias y, en su caso, sus hijas e hijos, o bien las niñas, niños y las adolescentes víctimas que reciben servicios en el CJM pasen de 1 a 3 horas, o en casos complejos, más tiempo en las áreas de atención, por lo que es importante mantenerlos hidratados a través de bebidas acordes a su necesidad (agua natural, té, café), debido a que algunas personas usuarias los requieren de manera natural y a temperatura ambiente (como infancias y adolescencias) pero para usuarias en estado de nerviosismo es mejor proporcionar bebidas tibias y para usuarias que han consumido alcohol en horas previas dotarles de bebidas como café o te dulce, para generar una sensación de calma, bienestar y confianza mientras se les brindan primeros auxilios psicológicos o contención emocional, que les permita estar presentes y recobrar claridad mental para llevar a cabo sus procesos de atención o toma de decisiones, asimismo, en el área de consultorio, es común que se les dote de analgésicos, anti vomitivos o algún otro medicamento recetado, por lo que se requiere tener agua para la administración de estos medicamentos.
10
4 vajillas básicas para 4
personas
 
La actual casa de emergencia no cuenta con el equipamiento necesario para que las usuarias puedan almacenar y preparar alimentos, lo que limita la posibilidad de consumo de alimentos a las usuarias que ingresar durante la noche o madrugada, por lo que contar con un espacio de cocina permitirá contar con insumos suficientes para ello y estar en posibilidad de brindar alimentos las 24 horas en caso de ser requerido, además, las usuarias que requieran de alimentación específica por atención a la salud física, mental o por alergias, podrán contar con espacios para el almacenamiento de alimentos y su preparación durante su estancia.
11
4 juegos de cubiertos
Casa de Emergencia
12
1 juego de batería de
cocina para estufa de
inducción
13
20 vasos de melamina
14
5 juegos didácticos
Ludoteca y Psicología Infantil
Serán utilizados en el área de ludoteca, para garantizar la integridad de las y los bebés, niñas y niños que se encuentran en etapas de gateo o con discapacidad motriz. Asimismo, estos servirán para trabajos de estimulación de motricidad o intervenciones de psicología infantil.
La estancia en ludoteca representa una oportunidad para brindar a niñas, niños y adolescentes atención con calidad y calidez, una oportunidad para realizar con ellos actividades con propósitos de fortalecimiento a su bienestar y su autoconcepto, así como explorar dificultades y afrontamientos, por lo que disponer de juegos didácticos que estimulen el pensamiento y creatividad de las infancias resultan indispensables para estas intervenciones.
La psicóloga infantil tendrá, entre otras funciones, brindar terapia individual a niñas y niños, a través del juego, estos escenarios propician la detección de condiciones riesgo, sucesos de delitos de índole sexual en contra de las infancias, para esto, es fundamental contar con muñecos sexuados, donde los niños a través de la representación, la visualización y el contacto seguro, pueden nombrar y señalar las acciones de las que fueron objeto, a fin de garantizar su derecho a la justicia.
15
1 paquete de familia de
muñecos sexuados
16
2 vehículos tipo sedán
con cajuela estándar
Ministerios públicos
Primer Contacto
Casa de emergencia
Consultorio Médico
Empoderamiento
Psicología para mujeres
Trabajo Social
El Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez, es parte de la política e infraestructura de atención del Distrito Norte de la Fiscalía General del Estado, por lo cual, tiene la responsabilidad de brindar atención a los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres y Lázaro Cárdenas. Estos tres municipios representan una geografía que abarca toda la zona norte y la zona norte rural y con población indígena del Estado de Quintana Roo.
Aunado a lo anterior, el CJM de Benito Juárez se ubica estratégicamente para la atención de una población total de 963,360 habitantes, de los cuales el 49% son mujeres. Estos tres municipios concentran el 52% de total de la población total de Quintana Roo.
Lo anterior, más la incidencia delictiva en materia de violencia familiar, que posiciona a la Fiscalía de Distrito Norte en el primer lugar de incidencia, específicamente el municipio de Benito Juárez, incrementa la necesidad de contar no solo con personal para la operación de la infraestructura penal, sino con insumos que garanticen una justicia con principios de oportunidad y debida diligencia.
En este sentido, se cuenta con la necesidad de 2 unidades vehiculares tipo sedan con cajuela estándar, que permitan atender en dos sentidos a la población usuaria:
1.     Un vehículo para operación y funciones del Actuario, a fin de destinarse exclusivamente en diligencias en campo relacionadas a delitos contra mujeres, niñas y las adolescentes: notificación a señalados en las carpetas de investigación, aplicación de medidas de protección como la "IV. La entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima que tuviera en su posesión el probable responsable."
 
 
 
       Lo anterior, para evitar dilaciones en los procesos de notificación e individualización de los señalados y, en consecuencia, del proceso penal, así mismo, reducir los tiempos de espera para la ejecución de la medida de protección señalada y que la usuaria sea traslada en condiciones de seguridad para este efecto con espacio suficiente para ella y sus pertenencias.
2.     Un vehículo para operación y funciones de traslado seguro y adecuado de usuarias, como ya se ha descrito, el espacio geográfico donde reside la población objetivo es amplio y comprende traslados en zonas aisladas, por lo que para hacer traslados con condiciones de seguridad adecuadas para la usuaria, es necesario contar con un vehículo que esté a disposición de las necesidades operativas de atención: traslado a hospital, albergues, con redes de apoyo, a terminales de autobús, a la terminal de ferry, aeropuerto, juzgados, especialmente a las usuarias que se encuentran en resguardo en la casa de emergencia del Centro.
       Es importante señalar un aspecto que, generalmente, es poco considerado: si bien las instituciones policiales y la policía de investigación se encuentran priorizando labores de atención inmediata a situaciones de carácter inminente, o bien en labores de investigación, la atención subsecuente y el acompañamiento de los casos es necesaria porque esto determina muchas veces la continuidad de la usuaria en sus acciones para salir de los círculos de violencia en los que se encuentra.
Además, los vehículos institucionales que fortalecen estas acciones de acompañamiento institucional necesario, son generalmente vehículos altos, los cuales, para usuarias que presentan dolor, lesiones y secuelas físicas o emocionales por la violencia ejercida en su contra, resultan difíciles de abordar, y es mediante el uso de vehículos tipo sedán, que ellas pueden abordar o descender de una unidad que no les represente riesgo a su salud o integridad.
17
3 colchones tamaño
matrimonial
Casa de Emergencia
Como ya se ha hecho mención, la casa de emergencia cuenta con 6 literas dobles, cada una con una cama matrimonial (parte baja) y una individual (parte alta), se solicitan el número de colchones exactos para cubrir esta necesidad, renovando los que están actualmente en uso y necesitan ser remplazados para garantizar la higiene debida en los espacios de descanso.
18
3 colchones tamaño
individual
19
3 teléfonos celulares
 
Los teléfonos celulares resultan indispensables para la operatividad en condiciones de seguridad para el personal, porque a través de ellos el área de primer contacto las abogadas y trabajadoras sociales podrá realizar las llamadas de seguimiento a las usuarias; el área de psicología podrá realizar las citas y confirmación de citas de las usuarias que ocupan el servicio de psicología individual, asimismo se podrán realizar grupos de whats app, para convocar e invitar a las usuaria a las actividades grupales que se realicen, el teléfono celular para el área de empoderamiento permitirá que se inviten a las usuarias a las diversas actividades de empoderamiento así como difundirles los diversos apoyos sociales vigentes.
20
1 comedor para 6
personas
Casa de Emergencia
La casa de emergencia actualmente no cuenta con un espacio de comedor para las usuarias, por lo que un comedor les permitirá el consumo de sus alimentos con privacidad, seguridad e higiene, para ellas y sus hijas e hijos.
21
3 laptop
Primer Contacto, Áreas de
Psicología, Trabajo Social,
Jurídica y Empoderamiento
Las áreas de primer contacto, ludoteca y empoderamiento realizan tareas operativas, que en ocasiones implica atender a personas con discapacidad, o que, por la gravedad de los hechos suscitados sus narrativas requieren la mayor privacidad en su atención (por lesiones, estado emocional, condición de salud, etc.) y esto implica movilizar al personal de las áreas de Primer Contacto o Ludoteca. En el caso del área de empoderamiento, se realizan actividades extra muros, o bien, intramuros en áreas distintas a las oficinas que requieren el apoyo de equipo tecnológico para la promoción, difusión y atención en relación al objeto del centro y los servicios que brinda. Asimismo, debido a la carga de trabajo y a que pueden acudir diversas usuarias por diversos servicios al mismo tiempo y es indispensable para el personal brinde la atención de manera oportuna e inmediata.
22
3 mesas rectangulares
para 6 personas
Empoderamiento
De manera cotidiana, se realizan actividades enfocadas en el empoderamiento económico de las usuarias, a través de cursos y talleres, que les enseñan habilidades para el empleo y autoempleo, o bien, actividades para el empoderamiento emocional, como Cine con Perspectiva, pláticas, grupos reflexivos, asimismo, se realizan actividades que exponen los logros de las usuarias, por ello es necesario contar con el mobiliario plegable y de trabajo y exposición que permita a las usuarias transitar sus procesos de aprendizaje en condiciones de seguridad y dignidad.
23
30 sillas plegables
acojinadas
24
1 pantalla para proyección
1.50 m x 1.30 m de ancho
aprox.
El CJM cuenta con dos cañones para la proyección de material audiovisual, pero carece de las pantallas adecuadas para esta proyección, se requiere puedan trasladarse dentro del Centro, para cubrir necesidades en el Aula Educativa y de Usos Múltiples y la sala de espera interior donde se realizan actividades socioeducativas con las usuarias, niñas, niños y adolescentes, o bien se imparten cursos y talleres para el empoderamiento económico y emocional.
25
1 pantalla para proyección
2 m por 1.50 m aprox.
26
1 mostrador de recepción
con espacio para colocar
1 equipo de cómputo
 
Actualmente el mueble de recepción del CJM se encuentra roto, el equipo que está instalado en esta área se encuentra vulnerable ante caídas ya por el tipo de mueble queda expuesto, además de que las personas que acuden a atención se recargan en el mueble. Un mueble nuevo proveería de protección al equipo y a los documentos e insumos administrativos de uso esta área, pero, primordialmente, se brindaría la atención inicial en el área de recepción sin ningún riesgo a la seguridad e integridad física de la usuaria, lo cual no es posible ante los desperfectos del mobiliario actual.
27
10 anaqueles para
archivar y para insumos
de casa de emergencia y
ludoteca
Casa de Emergencia,
Ludoteca, Archivo, Ludoteca.
El CJM cuenta con un archivo de 7 años, lo cual representa un almacenamiento físico de cajas que contienen ordenados los expedientes únicos de las usuarias, los cuales son consultados y robustecidos de manera cotidiana debido a la atención subsecuente que se les brinda, por lo que los anaqueles permitirían tener un manejo y resguardo más adecuado, conforme a la Ley General de Archivos, así como la concentración y manejo de insumos de otras áreas de atención, como Casa de Emergencia, Ludoteca y Psicología, que también trabajan con insumos, materiales y donaciones para las usuarias. El contar con estos elementos debidamente organizados, resulta en un acceso inmediato, organizado y oportuno para proveer a las usuarias de los insumos para satisfacer sus necesidades primarias al ingresar al CJM: alimentación, vestido, calzado e insumos de higiene para ellas y sus hijas e hijos.
28
1 disco duro marca
Kingston de 2 tb tamaño
pequeño
Archivo, Trabajo Social
EL CJM cuenta con un archivo electrónico de las atenciones y actividades realizadas durante 7 años, así como de procesos administrativos, lo que requiere un respaldo urgente de información a fin de preservar esta información en tanto tiene vigencia conforme a la Ley General de Archivos, así como garantizar el resguardo y manejo responsable de datos personales y de atención de cada usuaria del Centro.
29
15 sillas secretariales con
descansa brazos
Primer Contacto, Áreas de
Psicología, Trabajo Social,
Jurídica, Archivo y
Empoderamiento
Las sillas de las que dispone el personal de las áreas de atención y las usuarias atendidas, requieren ser sustituidas ya que se encuentran dañadas y un número significativo de estas ha sido dada de baja del inventario por desperfectos, se requieren sillas seguras y estables, ya que el personal por la demanda de servicios, se encuentra continuamente desplazándose de un lugar a otro del CJM y las sillas representan un riesgo en este momento. Esto permitirá que las sillas de atención sean de uso exclusivo de las usuarias en las distintas áreas de atención del Centro y se cuente con las suficientes para efectuar sus procesos de atención.
30
6 ventiladores de techo
Casa de Emergencia,
Empoderamiento
La cocina de la casa de emergencia, el patio del CJM y la Sala Educativa de Usos Múltiples, se utiliza también, para impartir talleres de empoderamiento emocional y económico, que requieren ventilación por el tipo de materiales o la actividad física que se realiza, sumado a que el Centro de ubica en una zona geográfica con clima tropical, lo que genera condiciones de calor y humedad la mayor parte del año, estos ventiladores servirán para mejorar las condiciones de estancia y atención de la población usuaria, en espacios destinados a ellas, evitando riesgos de deshidratación o golpes de calor.
31
1 juego de sillas de jardín
para 6 personas
Casa de Emergencia
El CJM cuenta con un espacio de patio interior que sirve de esparcimiento de las mujeres, niñas, niños y adolescentes de la Casa de Emergencia y, cuando esta no está en uso también se utiliza para actividades grupales de empoderamiento. Es decir, es un espacio utilizado de manera frecuente por las usuarias que acuden al CJM. También servirá como espacio para brindar contención a usuarias que requieran acompañamiento en crisis al aire libre, o bien, esparcimiento en un espacio con mobiliario digno, seguro y cómodo.
32
1 refrigerador de 12 ft
Este equipamiento está destinado a uso exclusivo de cocina de la casa de emergencia, a fin de que las usuarias o el personal puedan preparar alimentos para las usuarias y sus hijas e hijos las 24 horas, los 365 días a la semana, sin esperar a horario diurno para proveer alimentos, así como almacenar alimentos específicos para usuarias con condiciones de alergias.
33
1 horno de microondas
1.7 ft
34
1 licuadora
35
1 cafetera de 12 tazas
36
20 lámparas de
emergencia ante
contingencias
Recepción, Primer Contacto,
Áreas de Psicología, Trabajo
Social, Jurídica, Archivo y
Empoderamiento
Esta dotación es un requisito fundamental de seguridad y protección civil para un centro que opera las 24 horas. Garantiza la iluminación de respaldo en toda la ruta crítica (desde el acceso hasta las áreas de alojamiento y atención especializada) durante un corte eléctrico, los cuales en temporada de lluvia son frecuentes en la zona geográfica. Permite la evacuación segura e inmediata o la movilización de todas las personas en el inmueble, asegura la continuidad de los servicios de atención en crisis (médica, psicológica, de resguardo) y mantiene operativos los espacios comunes, protegiendo la integridad física y emocional de usuarias, personal e infancias en un momento de alta vulnerabilidad.
37
2 juegos de muletas
estándar
Casa de Emergencia
La casa de emergencia ha resguardado a mujeres con condiciones de salud, que fueron o no secuelas de la violencia experimentada, lo que deriva en el requerimiento de insumos médicos para su movilizadas y asistencia, estos insumos solicitados son para su uso y permanencia en el CJM, para ser utilizados de manera emergente frente a los casos que lo requieran, para uso de las usuarias en el largo plazo y extramuros, se realizarán las gestiones para que sean provistas de estos. Además, permitirán la movilización de las usuarias por sí o asistidas de manera adecuada, respetuosa y segura, proveyendo seguridad a su integridad física, un trato digno y atención oportuna.
38
2 sillas de ruedas de uso
rudo
39
2 sillas de ruedas para
baño
40
2 cómodos de metal para
paciente
41
1 baumanómetro
mecánico
Consultorio Médico, Casa de
Emergencia.
Estos tres instrumentos permitirán una revisión de signos vitales y condiciones de salud inmediatas, a fin de brindar una atención médica más precisa y en consecuencia, hacer las referencias adecuadas para cada usuaria y sus hijas e hijos.
42
1 otoscopio
43
1 glucómetro
44
1 rollo desechable para
mesa de exploración
médica
Con el fin de mantener condiciones de higiene para todas las mujeres, niñas, niños y adolescentes consultantes del área de consultorio médico del CJM, proveerá un mecanismo que permita una atención pronta, higiénica y segura para la revisión y exploración médica de las usuarias.
 
3.     INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO:
A)   Datos de la persona Titular de la Instancia Local Responsable de "El Proyecto"
·  Nombre: Raciel López Salazar.
·  Cargo: Fiscal General del Estado del Estado de Quintana Roo.
·  Adscripción: Fiscalía General del Estado del Estado de Quintana Roo.
·  Teléfono: (998) 8817150 Extensión 2141.
·  Domicilio para recibir notificaciones: Av. Adolfo López Mateos, núm. 500, Col. Italia, Chetumal, Quintana Roo, C.P. 77030.
·  Correo electrónico: fiscal.general@fgeqroo.gob.mx
B)   Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres:
·  Nombre: Cynthia Nallely Ramos Tapia.
·  Cargo: Directora del Centro de Justica para las Mujeres.
·  Adscripción: Centro de Justicia para las Mujeres.
·  Teléfono: 99.81.51.32.76 Teléfono Celular: 55.49.84.17.17
·  Correos electrónicos: cjm.cancun@fgeqroo.gob.mx
4.    NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA     DESCRIPCIÓN DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES FIRMANTES EN EL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN:
·  Fiscalía General del Estado de Quintana Roo
·  Las correspondientes en las cláusulas tercera y quinta del Convenio de Coordinación y Adhesión.
5.     DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL INMUEBLE, CONFORMADA POR:
A)   Ubicación: Región 94, Manzana 8 Lote 3, Avenida Miguel Hidalgo, C. P. 77517, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo.
B)   Croquis:

C)   Descripción: El Centro de Justicia para las Mujeres de Benito Juárez consta de un edificio principal de 2 niveles y un edificio anexo de 3 niveles, se encuentra ubicado en una zona de fácil acceso y tránsito para transeúntes, vehículos y en transporte público, cuenta con todos los servicios públicos y brinda servicios las 24 horas los 365 días del año.
6.     MONTO TOTAL DEL PROYECTO
A)   Número de etapas proyectadas hasta su conclusión. 1 (Una).
B)   Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el ejercicio fiscal 2026. $1,613,614.80 (Un millón seiscientos trece mil seiscientos catorce pesos 80/100 M.N.).
C)   Aportación Estatal al proyecto. No hay aportación estatal.
7.     FECHA DE INICIO Y CONCLUSIÓN
A)    Fecha estimada del inicio del proyecto en 2026.
       Fecha: 4 de mayo de 2026.
       Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la trasferidos los recursos federales asignados.
B)    Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2026.
       Fecha: 30 de noviembre de 2026.
C)    Fecha estimada de conclusión del proyecto en su totalidad, y aclarar en caso de que el proyecto comprenda etapas adicionales al 2026.
       Fecha: 15 de diciembre de 2026.
8.     CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO.
OPERACIÓN DEL CJM DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO
Objetivo: Adquisición de equipamiento desglosado en el catálogo de conceptos: 120 días naturales.
Descripción del concepto
Total del monto a
ejecutar
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Proceso de Licitación en Compras MX: adjudicación, firma de contrato.
$0.00
X
X
 
 
 
Entrega de equipos a través de acta de entrega recepción y pago
$1,613,614.80
 
 
 
X
 
Porcentaje de avance físico acumulado del equipamiento
 
 
 
 
100%
 
TOTAL
$1,613,614.80
 
 
 
 
 
 
9.     CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO EN 2026
 
NUM
CONCEPTO DE GASTO
UNIDAD
CANT.
P. UNITARIO
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
1
Pantallas smart tv 32 pulgadas
Pza
3
$4,200.00
$12,600.00
$1,008.0000
$13,608.0000
2
Juegos de sábanas tamaño individual
Pza
18
$950.00
$17,100.00
$1,368.0000
$18,468.0000
3
Juegos de sábanas tamaño matrimonial
Pza
18
$1,395.00
$25,110.00
$2,008.8000
$27,118.8000
4
Almohadas básicas
Pza
18
$225.00
$4,050.00
$324.0000
$4,374.0000
5
Cubre colchón tamaño matrimoniales
Pza
12
$850.00
$10,200.00
$816.0000
$11,016.0000
6
Cubre colchón tamaño individuales
Pza
12
$740.00
$8,880.00
$710.4000
$9,590.4000
7
Cambiadores de bebé para baños
Pza
2
$5,650.00
$11,300.00
$904.0000
$12,204.0000
8
Tapetes antideslizantes para adulto
Pza
12
$395.00
$4,740.00
$379.2000
$5,119.2000
9
Despachadores de agua fría y caliente
Pza
3
$6,900.00
$20,700.00
$1,656.0000
$22,356.0000
10
Vajillas básicas para 4 personas
Pza
4
$950.00
$3,800.00
$304.0000
$4,104.0000
11
Juegos de cubiertos
Pza
4
$690.00
$2,760.00
$220.8000
$2,980.8000
12
Juego de batería de cocina para estufa de inducción
Pza
1
$2,850.00
$2,850.00
$228.0000
$3,078.0000
13
Vasos de melamina
Pza
20
$49.00
$980.00
$78.4000
$1,058.4000
14
Juegos didácticos
Pza
5
$1,350.00
$6,750.00
$540.0000
$7,290.0000
15
Paquete de familia de muñecos sexuados
Pza
1
$7,500.00
$7,500.00
$600.0000
$8,100.0000
16
Vehículos tipo sedán con cajuela estándar
Pza
2
$449,048.89
$898,097.78
$71,847.8224
$969,945.6024
17
Colchones tamaño matrimonial
Pza
3
$5,590.00
$16,770.00
$1,341.6000
$18,111.6000
18
Colchones tamaño individual
Pza
3
$4,500.00
$13,500.00
$1,080.0000
$14,580.0000
19
Teléfonos celulares
Pza
3
$5,000.00
$15,000.00
$1,200.0000
$16,200.0000
20
Comedor para 6 personas
Pza
1
$13,500.00
$13,500.00
$1,080.0000
$14,580.0000
21
Laptop para la atención en jornadas de difusión de servicios y atención de la población objetivo
Pza
3
$30,000.00
$90,000.00
$7,200.0000
$97,200.0000
22
Mesas rectangulares para 6 personas
Pza
3
$8,000.00
$24,000.00
$1,920.0000
$25,920.0000
23
Sillas plegables acojinadas
Pza
30
$850.00
$25,500.00
$2,040.0000
$27,540.0000
24
Pantalla para proyección 1.50m x 1.30m aprox.
Pza
1
$2,850.00
$2,850.00
$228.0000
$3,078.0000
25
Pantalla para proyección 2 m x 1.50m aprox.
Pza
1
$3,850.00
$3,850.00
$308.0000
$4,158.0000
26
Mostrador de recepción con espacio para colocar 1 equipo de cómputo
Pza
1
$20,750.00
$20,750.00
$1,660.0000
$22,410.0000
27
Anaqueles para Archivar y para insumos de casa de emergencia y ludoteca
Pza
10
$3,500.00
$35,000.00
$2,800.0000
$37,800.0000
28
Disco duro externo marca kingston 2 tb tamaño pequeño
Pza
1
$3,950.00
$3,950.00
$316.0000
$4,266.0000
29
Silla secretarial con descansa brazos
Pza
15
$3,200.00
$48,000.00
$3,840.0000
$51,840.0000
30
Ventiladores de techo
Pza
6
$2,250.00
$13,500.00
$1,080.0000
$14,580.0000
31
Juego de sillas de jardín para 6 personas
Pza
1
$21,000.00
$21,000.00
$1,680.0000
$22,680.0000
32
Refrigerador 12 ft
Pza
1
$19,200.00
$19,200.00
$1,536.0000
$20,736.0000
33
Horno de microondas 1.7 ft
Pza
1
$8,400.00
$8,400.00
$672.0000
$9,072.0000
34
Licuadora
Pza
1
$3,500.00
$3,500.00
$280.0000
$3,780.0000
35
Cafetera 12 tazas
Pza
1
$1,500.00
$1,500.00
$120.0000
$1,620.0000
36
Lámparas de emergencia ante contingencia
Pza
20
$600.00
$12,000.00
$960.0000
$12,960.0000
37
Juego de muletas estándar
Pza
2
$2,500.00
$5,000.00
$400.0000
$5,400.0000
38
Silla de ruedas uso rudo
Pza
2
$7,900.00
$15,800.00
$1,264.0000
$17,064.0000
39
Silla de ruedas para baño
Pza
2
$8,500.00
$17,000.00
$1,360.0000
$18,360.0000
40
Cómodos de metal para paciente
Pza
2
$3,350.00
$6,700.00
$536.0000
$7,236.0000
41
Baumanómetro mecánico
Pza
1
$950.00
$950.00
$76.0000
$1,026.0000
42
Otoscopio
Pza
1
$2,700.00
$2,700.00
$216.0000
$2,916.0000
43
Glucómetro
Pza
1
$1,750.00
$1,750.00
$140.0000
$1,890.0000
44
Rollo desechable para mesa de exploración médica
Pza
10
$1,500.00
$15,000.00
$1,200.0000
$16,200.0000
 
ANTICIPO
$0.00
FINIQUITO
$1,613,614.80
TOTAL
INCLUYENDO
I.V.A.
$1,613,614.80
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 25 días del mes de marzo de 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación, Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Titular Instancia Local Responsable Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, Raciel López Salazar.- Rúbrica.