Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoséptimo de Distrito
Xalapa, Veracruz
EDICTO
 
En el lugar en que se encuentre, le hago saber:
En el Juicio de Amparo 1045/2024, promovido por Zuzuki Franco Figueroa, por derecho propio y en su calidad de representante de las menores de iniciales A.S.P.F, K.P.F. y N.P.F., contra actos del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Justicia Familiar del Distrito Judicial de Xalapa, Veracruz, radicado en el Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en boulevard, culturas veracruzanas número 120, reserva territorial Xalapa, código postal 91096 en Xalapa, Veracruz, se le ha reconocido como parte tercero interesado y como se desconoce su domicilio actual, por acuerdo de cinco de agosto de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibido que, de no hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de amparo. Se le informa que el acto reclamado por la parte quejosa en el juicio de amparo que se hace consistir en: La omisión y abstención [negativa] de implementar de manera inmediata todas las medidas y gestiones idóneas, necesarias y eficaces tendientes a emitir la resolución a través de la cual se restrinja convivencia de las menores hijas con su progenitor y otros actos.
 
Atentamente
Xalapa, Veracruz, 05 de agosto del 2026.
El Secretario del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Roberto Carlos Flores Valdivia
Rúbrica.
(R.- 579711)