CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto Centro de Justicia para las Mujeres de Othon P. Blanco, Quintana Roo, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente A: Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/CJM/OPE/QR00/OPB/028/2026
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, MARÍA ELENA HERMELINDA LEZAMA ESPINOSA; ASISTIDA POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, MARÍA CRISTINA TORRES GÓMEZ; POR LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN Y TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA, MARTHA PARROQUIN PÉREZ; POR EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA, RACIEL LÓPEZ SALAZAR; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que el Estado mexicano ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que buscan garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, así como la eliminación de las violencias y de todas las formas de discriminación contra las mujeres, entre los que se encuentran la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), así como la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.
Por su parte, el artículo 4o. de la CPEUM dispone que la mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (LGAMVLV), en su artículo 1 establece los deberes reforzados del Estado, en materia de protección del derecho de las mujeres, adolescentes, niñas y niños a una vida libre de violencias, y tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, mientras que, los artículos 2 y 34 TER respectivamente, del mismo ordenamiento, establecen que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, y deberán contar con fiscalías especializadas para atender los delitos relacionados con las violencias de género en contra de las mujeres y Centros de Justicia para las Mujeres. Así como proporcionar a las mujeres, o las niñas, en situación de violencia y en su caso a sus hijas e hijos o personas que dependan de la víctima, alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, en términos de las disposiciones aplicables de esta ley.
En ese tenor, el Gobierno Federal crea el Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas (PROGRAMA) como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (PEF 2026), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de noviembre de 2025 se derivan los recursos asignados para la implementación del PROGRAMA, los cuales ascienden a $856,782,185.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la LFPRH en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2026 para que se otorguen y apliquen en los Centros de Justicia para las Mujeres; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos de Operación del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas para el ejercicio fiscal 2026 (LINEAMIENTOS).
En atención a lo anterior, el 06 de enero de 2026 se publicó en el portal oficial de "MUJERES" https://www.gob.mx/mujeres la GUÍA OPERATIVA Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres" (GUÍA OPERATIVA CJM 2026) que rigen el proceso para acceder a los recursos por concepto de subsidios federales del PROGRAMA.
En cumplimiento de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, el 30 de enero de 2026 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a Centros de Justicia para las Mujeres. La aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 como a la disponibilidad presupuestaria autorizada en el PEF 2026.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencias contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con los plazos establecidos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, en fecha 11 de febrero de 2026, mediante oficio de solicitud de subsidio número FGE/DFG/CAN/040/2026 suscrito por Raciel López Salazar en su carácter de Fiscal General del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Othon P. Blanco, Quintana Roo.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,195,128.00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto Centro de Justicia para las Mujeres de Othon P. Blanco, Quintana Roo. Dicha situación se notificó a la Instancia Ejecutora mediante el oficio MUJERES/SDVLV/DGAAJ/DCJ/124/2026, de fecha 26 de febrero de 2026.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.       "MUJERES" declara que:
I.1.    Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción XXI, 26 y 42 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); y, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.    La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, fracción I, 5, fracción XIV y 7 del RISM.
I.3.    Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, según oficio número MUJERES/UAF/0224/2026, de 20 de marzo de 2026, emitido por el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de "MUJERES".
I.4.    Señala como su domicilio el ubicado en Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Demarcación Territorial Benito Juárez, 03900 Ciudad de México.
II.      El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.   Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; y, 1o., 2o., 3o., 4o. y 5o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, el Estado de Quintana Roo, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.   La Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 78, y 90, fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como en los artículos 2o., 8o. y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.
II.3.   La Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado de Quintana Roo, el 25 de septiembre de 2022; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3o., 4o. y 19 fracción I, 21, 30 fracción VII y 31 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 8o. y 9o. fracciones IX y XXXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.   La Secretaria de Finanzas y Planeación y Titular de la Instancia Receptora Martha Parroquin Pérez, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Gobernadora del Estado de Quintana Roo, el 28 de agosto de 2024; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 92 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3o., 4o. y 19 fracción IV, 21, 30 fracción VII y 33 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; y, 2o., 5o., y 9o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
II.5.   El Fiscal General del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Ejecutora, Raciel López Salazar, acredita su carácter, con el Decreto 092 aprobado por el Congreso del Estado de Quintana Roo, mediante la sesión de 17 de julio de 2023, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 18 del citado mes y año, ratificado mediante acta de sesión 09 del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio constitucional, celebrado el 19 de septiembre de 2024, en cumplimiento al transitorio Octavo del Decreto 002, expedido por la XVIII Legislatura del Estado, publicado en el mismo medio de difusión oficial el 09 de septiembre de 2024, que dispone que a su entrada en vigor, la persona titular de la Fiscalía General queda designada para permanecer en el cargo por un periodo de doce años; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 1o y 16 fracción XIX de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.
II.6.   Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle 22 de Enero, número 01, Colonia Chetumal Centro, Código Postal 77000, Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo.
III.     "LAS PARTES" declaran que:
III.1.   Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.  Reconocen que los recursos federales asignados son complementarios y fortalecen las capacidades institucionales locales, y que, a través de esta coadyuvancia, no se sustituye la responsabilidad de la Instancia Ejecutora de destinar recursos presupuestarios propios para el cumplimiento de las acciones del Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres" en materia de prevención, protección, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.
III.3.   Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.4.   Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres, niñas y niños, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.5.   Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género.
III.6.   Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS, la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES", mismos que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Othon P. Blanco, Quintana Roo, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente A: "Subsidio a los Centros de Justicia para las Mujeres".
Dicho Proyecto, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $1,195,128.00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS 00/100 M.N.), para el Proyecto: Centro de Justicia para las Mujeres de Othon P. Blanco, Quintana Roo, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y planeación, para lo cual, la Instancia Ejecutora deberá disponer de una cuenta bancaria productiva específica, en la cual se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus rendimientos atendiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), misma que se identifica con los siguientes datos:
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Nombre del Proyecto:
Operación del Centro de Justicia de Othón P. Blanco
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA México S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
012690001267976798
Número de Cuenta Bancaria:
00126797679
Tipo de Cuenta:
Cheques Cash Management Gobierno M.N. (Productiva)
Tipo de Moneda:
Moneda Nacional
Número de Sucursal:
7710
Número de Plaza:
690 Chetumal Quintana Roo
Fecha de apertura de la Cuenta:
05 de marzo de 2026
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
José Cuauhtémoc Iraburo Zarate
Martha Rioceli Moo Mex
 
"MUJERES" notificará a la titular de la Instancia Ejecutora mediante correo electrónico, cuando se haya realizado la radicación del recurso; por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas contarán con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para transferir a la Instancia Ejecutora los recursos destinados a la ejecución del proyecto beneficiado en el marco del PROGRAMA.
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura electrónica Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral TRIGÉSIMO NOVENO, de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4o. de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2026 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
La aplicación de los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, no perderán su carácter federal al ser ministrados a la Instancia Ejecutora y, en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos de los numerales 7.22 y 7.23 de los LINEAMIENTOS.
b.    Garantizar la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, la LFPRH, el RLFPRH y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral CUADRAGÉSIMO de la GUÍA OPERATIVA CJM 2026 y los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las acciones de verificación y supervisión del Proyecto, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, Ley Federal de Austeridad Republicana, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar, cumpliendo con los perfiles previstos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
j.     Entregar, por conducto del enlace designado a "MUJERES", los informes que dan cuenta de la comprobación de erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validados por la Secretaría de Finanzas y Planeación, con su debido soporte documental. Esta información deberá entregarse de acuerdo con el calendario señalado en la Guía Operativa del componente A.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos U012: Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas".
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2027, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo y por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Instancia Ejecutora ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2026 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
m.    Instrumentar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del proyecto.
n.    Contar con un programa interno de protección civil vigente durante el periodo establecido en el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, avalado por la instancia competente de su localidad, que contemple: que el inmueble se encuentra con todas las condiciones de seguridad para poder estar en funcionamiento.
ñ.    Contar con rutas y acciones de seguridad para la atención de emergencias y riesgos psicosociales, mismo que deberá ser verificable.
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y el RLFPRH, el PEF 2026, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
p.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
q.    Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente de aquella generada por motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestales transferidos en término de las disposiciones jurídicas aplicables.
r.     Capturar en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres "BANAVIM" y cualquier otra plataforma que determine "MUJERES", como mecanismo oficial y obligatorio, la información sobre las mujeres atendidas por la Instancia Ejecutora, así como, los servicios y acciones de atención.
s.     Aquellos otros compromisos establecidos en la GUÍA OPERATIVA CJM 2026.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "MUJERES"
Nombre:
Montserrat Guadalupe Contreras Hernández
Cargo:
Directora de Centros de Justicia
Dirección:
Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
5553224200 ext. 5114
Correo electrónico
Institucional:
Mcontreras@mujeres.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Cynthia Nallely Ramos Tapia
Cargo:
Directora del Centro de Justicia para las Mujeres
Dirección:
Avenida Miguel Hidalgo número 1007, Región 94 Manzana 8 Lote 3, Benito Juarez, Código Postal 77517, Cancún, Estado de Quintana Roo.
Teléfono institucional:
9982513276 Ext. 3002
Correo electrónico
Institucional:
Cjm.cancun@fgqroo.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo informará a "MUJERES" los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, de los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA CJM 2026; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral 15.2 de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta, deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral 10 de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la LOAPF, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO", o que se cumpla un supuesto de las causales de cancelación de los proyectos en términos del numeral 9 de los LINEAMIENTOS.
Para tales efectos, se levantará una minuta, misma que se presentará ante el COMITÉ, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. ACCESO A LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD. "LAS PARTES" se obligan a mantener estricta confidencialidad respecto de la información que sea de su conocimiento, con motivo de la ejecución del presente Convenio de Coordinación y Adhesión observando las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
Por lo anterior, "LAS PARTES" se comprometen a realizar un manejo responsable de la información contenida en el presente Convenio; en atención a los principios señalados en los artículos 6, inciso A, fracción VIII, párrafo tercero de la CPEUM, 8 de la LGTAIP y 10 de la LGPDPPSO, es decir, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad, licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2026.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
VIGÉSIMA SEGUNDA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de "MUJERES", como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 4 (cuatro) ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernadora del Estado, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación y Titular de la Instancia Receptora, Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Fiscal General del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Ejecutora, Raciel López Salazar.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA OPERACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS
MUJERES EN OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO.
1.     NOMBRE, OBJETIVO, DESCRIPCIÓN Y META DE "EL PROYECTO":
A)    Nombre o denominación:
       Operación del Centro de Justicia de Othón P. Blanco.
B)    Objetivo:
       El equipamiento complementario de las áreas de recepción, espera, atención de primer contacto, ludoteca, psicología para mujeres, psicología infantil, consultorio médico, fiscales de ministerios públicos, empoderamiento, trabajo social, jurídica, archivo, atención especializada y casa de emergencia del Centro es para impulsar y garantizar el uso y goce de los derechos de las mujeres, niñas y las adolescentes a la salud, a la seguridad y a la justicia bajo los principios de oportunidad y debida diligencia.
C)    Descripción del proyecto y meta en su ejecución en el 2026:
       Se comprará el equipamiento complementario para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco, para brindar mejores condiciones de operación que permitan elevar la calidad de la atención a mujeres y sus hijas e hijos, víctimas de violencias.
       Meta: Compra de 180 artículos que corresponden a 30 tipos de necesidades, para beneficiar 13 áreas de atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia.
2. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO:
Impacto Operativo del Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco (Ejercicio 2025):
Durante el año 2025, el Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco evidenció una capacidad de respuesta efectiva mediante los siguientes resultados:
·  Usuarias atendidas: 2,888 (1,341 de primera vez y 1,547 subsecuentes).
·  Total de atenciones brindadas: 10,829 (incluyendo a hijas e hijos).
·  Canalizaciones a Fiscalía: 1,081 usuarias para iniciar carpeta de investigación.
·  Medidas de protección emitidas: 1,759.
      Ingresos a casa de emergencia: 26 ingresos, de los cuales 13 fueron mujeres, 3 bebés, 6 niños o niñas y 4 adolescentes.
      Frente a la necesidad histórica de atención a mujeres que viven violencias por causas estructurales de desigualdad de género, con estos resultados se confirma la oportunidad estratégica que representa el Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco, para brindar servicios especializados que coadyuven a las víctimas de violencia a afrontar sus efectos y transitar de este estado de vulneración a uno de empoderamiento, seguridad y goce pleno de sus derechos humanos, mediante las justicias restaurativas y la justicia penal. La consecución de este objetivo y la sostenibilidad de las acciones dependen de capacidad para brindar atención integral con enfoque diferenciado, priorizando la respuesta y protección inmediata ante la violencia de género y feminicida que enfrentan las mujeres, las niñas y las adolescentes, para lo cual se requiere cubrir una serie de necesidades de equipamiento e insumos, los cuales se describen, enfatizando el impacto a favor en la vida de las mujeres usuarias y sus hijas e hijos, en el Centro de Justicia.
 
No.
EQUIPAMIENTO O INSUMO
REQUERIDO
ÁREAS BENEFICIADAS
JUSTIFICACIÓN E IMPACTO FAVORABLE A LAS USUARIAS
1
10 sábanas de tela para mesa
de exploración
Consultorio médico
Sábanas de tela para mesa de exploración: Para mantener la higiene y bioseguridad durante los exámenes ginecológicos y físicos. Estas sábanas, de uso exclusivo por paciente, cubren la mesa de exploración, proporcionan privacidad y confort, y permiten el recambio inmediato tras cada consulta o en caso de contaminación. Su material facilita el lavado y desinfección sistemática.
Batas para paciente: Para garantizar la privacidad, dignidad e higiene de las usuarias durante la exploración física. Son de uso individual, permitiendo que la paciente se cambie y preserve su ropa personal. Un inventario de 10 batas asegura disponibilidad continua para la rotación diaria y el proceso de lavandería.
2
10 Batas para paciente de
algodón unisex
3
1 Mesa de Pasteur de acero
inoxidable
Consultorio médico
Mesa de Pasteur: Equipamiento indispensable para la esterilización y organización del instrumental médico básico (espéculos, pinzas, tijeras) y material de curación. Su superficie de acero inoxidable permite una fácil y rigurosa desinfección, garantizando condiciones asépticas para procedimientos menores y la preparación segura de insumos.
Proporciona una iluminación focalizada, intensa y libre de sombras, esencial para realizar exámenes físicos, ginecológicos y curaciones con total precisión. La tecnología LED ofrece luz fría (que no calienta al paciente), bajo consumo y larga vida útil, mejorando la calidad y eficacia de la exploración clínica.
Cintas métricas: Herramienta de diagnóstico básico y seguimiento para la valoración clínica integral. Se utilizan para medir perímetros (abdominal, cefálico en casos de embarazo o pediátrico), talla, y evaluar heridas o signos físicos. Su solicitud múltiple asegura que siempre haya una disponible en el consultorio y áreas de curación, y permite reemplazo por desgaste.
4
1 lámpara de chicote con Luz
Led para exploración
5
5 cintas métricas
6
9 cubre colchón tamaño
individual
Casa de emergencia
La casa de emergencia cuenta con 6 camas (3 individuales y 3 matrimoniales) distribuidas en 3 literas. Para garantizar una operación segura, higiénica y continua, es fundamental disponer de un inventario textil suficiente que permita la rotación y el recambio inmediato.
Cubre colchones: Actúan como primera barrera impermeable, protegiendo los colchones de fluidos corporales y prolongando significativamente su vida útil, lo que es esencial para el mantenimiento del mobiliario y la higiene.
Juegos de sábanas: Se solicitan tres juegos por cama para asegurar una rotación constante (uno en uso, uno de recambio inmediato y uno en proceso de lavado). Esto permite gestionar eficazmente recambios por micción involuntaria (frecuente en infancias), vómitos, sudoración u otros fluidos, así como realizar el cambio obligatorio tras el egreso de cada usuaria.
Almohadas: La dotación es de una almohada por plaza de cama. Esta cantidad cubre tanto el uso inmediato como la necesidad de recambio por contaminación (agua, fluidos, sudor) o para el servicio de lavandería, asegurando que siempre haya unidades disponibles. Se reutilizarán mediante lavado, salvo en casos de contaminación de riesgo que obliguen a su desecho.
El centro proveerá el servicio de lavandería para la reutilización sistemática de todos los textiles. Toda pieza que, por razones de bioseguridad, no pueda ser recuperada, será desechada.
7
9 cubre colchón tamaño
matrimonial
8
9 juegos de sábanas tamaño
individual
9
9 juegos de sábanas tamaño
matrimonial
10
9 almohadas
básicas
11
10 toallas de baño grandes
Casa de emergencia
Para garantizar la higiene, dignidad y confort básico durante la estancia de las usuarias y sus hijas/os en la casa de emergencia. Este kit de 20 toallas (10 tallas adulto y 10 tallas infantil) permite dotar a cada persona de un artículo de aseo personal e íntimo desde su ingreso, promoviendo la sensación de cuidado y seguridad en un momento de alta vulnerabilidad, y cubriendo las necesidades de recambio por el uso diario.
12
10 toallas de baño chicas
13
3 juegos de cubiertos
reutilizables (Metal)
Casa de emergencia
Para promover la sostenibilidad ambiental y reducir costos operativos, se sustituirán los cubiertos desechables por juegos reutilizables de metal. Se requieren 3 juegos completos para cubrir la capacidad máxima de la casa, considerando que se pueden albergar simultáneamente a varias usuarias con sus hijas e hijos, garantizando que todas cuenten con lo necesario para sus alimentos.
Para garantizar la seguridad de las usuarias, la cocina cuenta con una estufa de inducción (que elimina riesgos de flama y fugas de gas). Por ello, es indispensable adquirir un juego de batería de cocina específico para este tipo de tecnología, que permita la preparación segura y eficiente de los alimentos. Se solicita un juego básico que optimice recursos y espacio, siendo suficiente para las necesidades de preparación diaria.
14
1 juego de batería de cocina
para estufa de inducción
15
3 cambiadores de bebé para
baños
Baños ubicados en: Área
de Recepción; área
común de atención
especializada y de
ministerios públicos; y
Ludoteca
Para garantizar la accesibilidad universal y el bienestar integral de las usuarias y sus bebés, es fundamental instalar un cambiador en cada uno de los tres baños estratégicos del centro. Esta distribución permite que las madres, especialmente aquellas con movilidad reducida, lesiones o que se encuentren en momentos de alta vulnerabilidad, no tengan que desplazarse largas distancias. Así, contarán con un espacio seguro, higiénico y accesible para el cambio de pañales en la misma área donde reciben atención, aguardan o participan en actividades, eliminando una barrera física y reduciendo el estrés durante su estancia.
16
2 despachadores de agua fría y
caliente
Todas las áreas de
atención común y Casa
de Emergencia
Los despachadores de agua fría y caliente son un equipamiento estratégico para el bienestar y la contención de las personas usuarias. Dado que las estancias pueden prolongarse de 1 a 3 horas o más, la hidratación adecuada es fundamental. Este recurso permite ofrecer bebidas a distintas temperaturas según la necesidad específica de cada persona:
Agua fresca o a temperatura ambiente para infancias, adolescencias y como hidratación general.
Bebidas tibias para usuarias en estado de nerviosismo o shock, ayudando a generar una sensación de calma.
Té o café dulce para casos donde se requiera contrarrestar efectos previos del alcohol, facilitando la claridad mental necesaria para los procesos de atención y toma de decisiones.
Adicionalmente, en el Consultorio Médico, es indispensable contar con agua disponible para la administración segura de medicamentos (analgésicos, antieméticos, etc.) prescritos durante la atención.
17
20 vasos de melamina
Todas las áreas de
atención común y Casa
de Emergencia
Para garantizar la seguridad física de niñas, niños y personas con movilidad reducida o lesiones que dificultan la manipulación de objetos pesados o frágiles. El material irrompible de los vasos de melanina previene accidentes por caídas o golpes, ofreciendo una alternativa segura y funcional para la hidratación en todos los espacios del centro.
18
2 organizadores de
almacenamiento de juguetes
Ludoteca / Área de
Psicología para infancias
y adolescencias
Organizadores de almacenamiento de juguetes: Actualmente, la Ludoteca carece de mobiliario específico para el almacenamiento ordenado de juguetes y material lúdico. La adquisición de dos organizadores es fundamental para garantizar un espacio seguro, accesible y estimulante. Estos permitirán clasificar y guardar los recursos de manera sistemática, previniendo riesgos de tropiezos, facilitando que niñas y niños accedan a ellos de forma autónoma, y contribuyendo al mantenimiento del orden y la higiene del área, lo cual es esencial para un ambiente de recuperación emocional positivo.
Libreros: Son esenciales para organizar y dar acceso a los recursos bibliográficos y materiales de apoyo (cuentos terapéuticos, libros de actividades, manuales). Su presencia estructura el espacio, promueve el orden, facilita que niñas, niños y adolescentes exploren los materiales de forma autónoma y segura, y apoya el trabajo especializado de las profesionales, contribuyendo a un ambiente organizado y propicio para la intervención y el bienestar emocional.
19
2 libreros infantiles
20
5 juegos didácticos
Ludoteca / Área de
Psicología para infancias
y adolescencias
Este material lúdico y educativo es fundamental para crear un espacio de contención, expresión y recuperación emocional. Los recursos están diseñados para ofrecer opciones terapéuticas acordes a distintas edades y estados emocionales, permitiendo a niñas, niños y adolescentes:
Expresar y procesar emociones de manera no verbal (colorear, juego simbólico).
Fomentar la socialización, el respeto de turnos y la resiliencia a través del juego reglado.
Reducir la ansiedad y promover momentos de calma y concentración.
Apoyar el desarrollo cognitivo y del lenguaje mediante la lectura.
En conjunto, estos insumos son herramientas coadyuvantes esenciales para el trabajo psicológico y la creación de un ambiente seguro y rehabilitador.
21
10 libros para colorear
22
5 juegos de mesa
23
3 teléfonos celulares
Área de primer contacto
(Guardia)
Área de psicología
Área de empoderamiento
Herramienta estratégica para la operación segura, el seguimiento y la comunicación efectiva con las usuarias.
Permiten:
Primer Contacto: Realizar llamadas de seguimiento seguras (protegiendo la privacidad del número personal de las personas que laboran en ésta área) y coordinaciones urgentes con demás instituciones para una atención integral.
Psicología: Gestionar citas, confirmaciones y convocar a grupos terapéuticos mediante aplicaciones seguras (ej. WhatsApp), mejorando la adherencia al tratamiento.
Empoderamiento: Difundir masivamente invitaciones a talleres, actividades grupales y apoyos sociales vigentes, optimizando la convocatoria y el alcance.
Estos dispositivos protegen la privacidad del personal, centralizan la comunicación institucional y son vitales para mantener un vínculo de apoyo constante y discreto.
24
5 botiquines de primeros auxilios
Recepción, Casa de
Emergencia, Consultorio
Médico, Ludoteca, Área
de Primer Contacto
Para garantizar una respuesta inmediata y eficaz ante emergencias médicas menores o accidentes en todas las áreas críticas del centro. Su distribución estratégica asegura que el personal pueda acceder en segundos a material básico de curación y estabilización para atender heridas, malestares súbitos o lesiones tanto en usuarias, sus hijos/as como en el equipo de trabajo, minimizando riesgos y promoviendo la seguridad dentro de las instalaciones como parte del protocolo de protección integral.
25
10 lámparas de emergencia (con
sistema de respaldo de energía)
Áreas: Entrada principal,
Recepción, Atención
primaria, Casa de
emergencia, pasillos
centrales, Consultorio
Médico, Ludoteca.
Esta dotación es un requisito fundamental de seguridad y protección civil para un centro que opera las 24 horas. Garantiza la iluminación de respaldo en toda la ruta crítica (desde el acceso hasta las áreas de alojamiento y atención especializada) durante un corte eléctrico. Permite la evacuación segura e inmediata de todas las personas en el inmueble, asegura la continuidad de los servicios de atención en crisis (médica, psicológica, de resguardo) y mantiene operativos los espacios comunes, protegiendo la integridad física y emocional de usuarias, personal e infancias en un momento de alta vulnerabilidad.
26
5 lámparas portátiles
recargables
Áreas de Guardia (Primer
Contacto 24/7) / Casa de
Emergencia
Complementan el sistema fijo de emergencia, proporcionando máxima flexibilidad y movilidad durante contingencias o para atenciones específicas fuera del horario habitual. Son herramientas esenciales para el personal de guardia (que realiza rondas nocturnas o atiende en áreas con iluminación reducida) y para ser utilizadas directamente por las usuarias en la Casa de Emergencia si necesitan desplazarse durante la noche, garantizando seguridad personal, autonomía y tranquilidad en cualquier momento.
27
6 Postes de control de
multitudes con cinta retráctil
Recepción, Área de
Primer Contacto
(Orientación jurídica,
Trabajo Social) Atención
Psicológica y acceso a
Casa de Emergencia
Este sistema de delimitación física es fundamental para la seguridad operativa y la confidencialidad. Permite restringir eficazmente el acceso a las áreas privadas de atención, previniendo el ingreso no autorizado de personas ajenas (incluyendo posibles agresores) que pudieran poner en riesgo la integridad física y emocional de las usuarias víctimas de violencia. Además, protege su identidad y la confidencialidad de los servicios que reciben, garantizando un espacio seguro y discreto para su atención y resguardo.
28
2 vehículos tipo sedán con
cajuela estándar
Primer Contacto
Trabajo Social
Casa de emergencia
Consultorio Médico
Empoderamiento
Psicología para mujeres
El Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco, es parte de la política e infraestructura de atención del Distrito Sur de la Fiscalía General del Estado, por lo cual, tiene la responsabilidad de brindar atención a los municipios de Othón P. Blanco, Bacalar, Felipe Carrillo Puerto y José María Morelos, es por ello que para garantizar la operatividad, seguridad y accesibilidad en la vasta y compleja geografía de estos 4 municipios estos vehículos son esenciales para las siguientes áreas:
Primer Contacto (Guardia 24/7): Para respuesta inmediata y traslados de emergencia las 24 horas, permitiendo atender llamadas de auxilio o recoger a usuarias en puntos seguros, facilitando su ingreso al centro de manera inmediata y confidencial.
 
 
 
Trabajo Social: Para realizar visitas domiciliarias de evaluación de riesgo, seguimiento y vinculación con redes de apoyo en la comunidad, transportar donaciones (alimentos, pañales) y acompañar a usuarias a trámites en instituciones aliadas, acortando distancias geográficas.
Casa de Emergencia: Para el traslado seguro y digno de las residentes y sus pertenencias hacia albergues de mediano/largo plazo, terminales de transporte, aeropuerto o sus nuevos domicilios, concluyendo su proceso de resguardo con autonomía y continuidad en el apoyo.
Consultorio Médico: Para el traslado ágil y asistido de usuarias que requieran atención hospitalaria especializada externa o para la recolección de medicamentos e insumos médicos urgentes.
Área de Empoderamiento: Para logística y acceso en la realización de talleres comunitarios fuera del centro, transporte de materiales para actividades y para facilitar la movilidad de usuarias con discapacidad o recursos limitados a eventos de capacitación y vinculación laboral.
Área de Psicología: Para garantizar el acceso a terapia de usuarias en comunidades alejadas o con movilidad reducida (programas de terapia externa) y para el traslado protegido a sesiones grupales en espacios seguros fuera del centro, fomentando la continuidad del proceso terapéutico.
Estos vehículos son infraestructura móvil esencial para ejecutar la intervención integral del centro. Su propósito es garantizar la continuidad operativa, seguridad y accesibilidad de todos los servicios, trasladando la capacidad de respuesta especializada a donde sea necesaria.
Su diseño sedán prioriza la accesibilidad universal y la dignidad, al facilitar el ingreso y viaje seguro de mujeres con lesiones, dolor o movilidad reducida, para quienes los vehículos altos representan una barrera física y una revictimización.
La flota permite una doble función operativa crítica:
1.     Respuesta inmediata y gestión de casos (Primer Contacto, Trabajo Social): Para traslados de emergencia, visitas domiciliarias y acompañamiento en trámites, acortando distancias geográficas y temporales.
2.     Acompañamiento en procesos de salida (Casa de Emergencia, Consultorio, Psicología, Empoderamiento): Para traslados seguros a servicios externos (hospitales, albergues), acceso a terapia comunitaria y movilidad hacia actividades de inclusión, asegurando transiciones protegidas y la continuidad del apoyo en cada etapa.
29
3 laptop (12gb)
Primer Contacto,
Ludoteca,
Empoderamiento
Las áreas de primer contacto, ludoteca y empoderamiento realizan tareas operativas, que en ocasiones implica atender a personas con discapacidad, o que, por la gravedad de los hechos suscitados sus narrativas requieren la mayor privacidad en su atención (por lesiones, estado emocional, condición de salud, etc.) y esto implica movilizar al personal de las áreas de Primer Contacto o Ludoteca. En el caso del área de empoderamiento, se realizan actividades extra muros, o bien, intramuros en áreas distintas a las oficinas que requieren el apoyo de equipo tecnológico para la promoción, difusión y atención en relación al objeto del centro y los servicios que brinda.
30
1 parrilla de inducción de 2
espacios
Casa de Emergencia
La Casa de Emergencia del CJM de Othón P. Blanco no cuenta con estufa ni con instalación de gas LP, a lo que se suma la búsqueda de seguridad para la población usuaria de este, por lo que se solicita para disponer de un medio de preparación de alimentos para las usuarias que ingresen en horarios nocturnos o madrugada y sea una necesidad la provisión de alimento en ese momento.
 
3.     INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE DEL PROYECTO:
A)   Datos de la persona Titular de la Instancia Local Responsable de "El Proyecto"
·  Nombre: Raciel López Salazar.
·  Cargo: Fiscal General del Estado del Estado de Quintana Roo.
·  Adscripción: Fiscalía General del Estado del Estado de Quintana Roo.
·  Teléfono: (998) 8817150 Extensión 2141.
·  Domicilio para recibir notificaciones: Av. Adolfo López Mateos, núm. 500, Col. Italia, Chetumal, Quintana Roo, C.P. 77030.
·  Correo electrónico: fiscal.general@fgeqroo.gob.mx
B)   Datos de la persona designada como enlace con la Secretaría de las Mujeres:
·  Nombre: Cynthia Nallely Ramos Tapia.
·  Cargo: Directora del Centro de Justica para las Mujeres.
·  Adscripción: Centro de Justicia para las Mujeres.
·  Teléfono: 99.81.51.32.76 Teléfono Celular: 55.49.84.17.17
·  Correos electrónicos: cjm.cancun@fgeqroo.gob.mx
4. NOMBRE DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, INCLUYENDO LA        DESCRIPCIÓN DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES FIRMANTES EN EL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN:
·  Fiscalía General del Estado de Quintana Roo
·  Las correspondientes en las cláusulas tercera y quinta del Convenio de Coordinación y Adhesión.
5.     DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DEL INMUEBLE, CONFORMADA POR:
A)    Ubicación: Calle Guadalupe Victoria S/N (entre Avenida Universidad y Calle Isla Contoy), Colonia Barrio Bravo, C.P. 77098, Chetumal, Othón P. Blanco, Quintana Roo.
B)    Croquis:

C)    Descripción: El Centro de Justicia para las Mujeres de Othón P. Blanco consta de un edificio principal en un solo nivel de planta baja, se encuentra ubicado en una zona de fácil acceso y tránsito para transeúntes, vehículos y en transporte público, cuenta con todos los servicios públicos y brinda servicios las 24 horas los 365 días del año.
6.     MONTO TOTAL DEL PROYECTO
A)    Número de etapas proyectadas hasta su conclusión. 1 (Una).
B)    Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el ejercicio fiscal 2026. $ 1,195,128.00 (Un millón ciento noventa y cinco mil ciento veintiocho pesos 80/100 M.N.).
C)    Aportación Estatal al proyecto. No hay aportación estatal.
7.     FECHA DE INICIO Y CONCLUSIÓN
A)    Fecha estimada del inicio del proyecto en 2026.
       Fecha: 4 de mayo de 2026.
       Nota: la fecha de inicio puede variar de acuerdo con la trasferidos los recursos federales asignados.
B)    Fecha estimada para la conclusión del proyecto en 2026.
       Fecha: 30 de noviembre de 2026.
C)    Fecha estimada de conclusión del proyecto en su totalidad, y aclarar en caso de que el proyecto comprenda etapas adicionales al 2026.
       Fecha: 15 de diciembre de 2026.
8.     CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO-FINANCIERO DEL PROYECTO.
OPERACIÓN DEL CJM DE OTHÓN, P. BLANCO, QUINTANA ROO
Objetivo: Adquisición de equipamiento desglosado en el catálogo de conceptos: 120 días naturales.
Descripción del concepto
Total del monto a
ejecutar
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Proceso de Licitación en Compras MX: adjudicación, firma de contrato.
$0.00
X
X
 
 
 
Entrega de equipos a través de acta de entrega recepción y pago
$ 1,195,128.00
 
 
 
X
 
Porcentaje de avance físico acumulado del equipamiento
 
 
 
 
100%
 
TOTAL
$ 1,195,128.00
 
 
 
 
 
 
9.     CATÁLOGO DE CONCEPTOS DE GASTOS DEL PROYECTO EN 2026
NUM
CONCEPTO DE GASTO
UNIDAD
CANT.
P. UNITARIO
SUBTOTAL
IVA
TOTAL
1
sábanas de tela para mesa de
exploración
Pza
10
$280.00
$2,800.00
$224.00
$3,024.00
2
Batas para paciente de algodón
unisex
Pza
10
$350.00
$3,500.00
$280.00
$3,780.00
3
Mesa de Pasteur de acero inoxidable
Pza
1
$6,550.00
$6,550.00
$524.00
$7,074.00
4
lámpara de chicote con Luz Led para
exploración
Pza
1
$3,900.00
$3,900.00
$312.00
$4,212.00
5
cintas métricas
Pza
5
$50.00
$250.00
$20.00
$270.00
6
cubre colchón tamaño individual
Pza
9
$740.00
$6,660.00
$532.80
$7,192.80
7
cubre colchón tamaño matrimonial
Pza
9
$850.00
$7,650.00
$612.00
$8,262.00
8
juegos de sábanas tamaño individual
Pza
9
$950.00
$8,550.00
$684.00
$9,234.00
9
juegos de sábanas tamaño
matrimonial
Pza
9
$1,395.00
$12,555.00
$1,004.40
$13,559.40
10
almohadas básicas
Pza
9
$225.00
$2,025.00
$162.00
$2,187.00
11
toallas de baño grandes
Pza
10
$290.00
$2,900.00
$232.00
$3,132.00
12
toallas de baño chicas
Pza
10
$95.00
$950.00
$76.00
$1,026.00
13
juegos de cubiertos reutilizables
(Metal)
Pza
3
$690.00
$2,070.00
$165.60
$2,235.60
14
juego de batería de cocina para
estufa de inducción
Pza
1
$2,850.00
$2,850.00
$228.00
$3,078.00
15
cambiadores de bebé para baños
Pza
3
$5,650.00
$16,950.00
$1,356.00
$18,306.00
16
despachadores de agua fría y caliente
Pza
2
$6,900.00
$13,800.00
$1,104.00
$14,904.00
17
vasos de melamina
Pza
20
$49.00
$980.00
$78.40
$1,058.40
18
organizadores de almacenamiento de
juguetes
Pza
2
$3,750.00
$7,500.00
$600.00
$8,100.00
19
libreros infantiles
Pza
2
$8,500.00
$17,000.00
$1,360.00
$18,360.00
20
juegos didácticos
Pza
5
$650.00
$3,250.00
$260.00
$3,510.00
21
libros para colorear
Pza
10
$55.00
$550.00
$44.00
$594.00
22
juegos de mesa
Pza
5
$650.00
$3,250.00
$260.00
$3,510.00
23
teléfonos celulares (8 gb)
Pza
3
$5,000.00
$15,000.00
$1,200.00
$16,200.00
24
botiquines de primeros auxilios
Pza
5
$1,500.00
$7,500.00
$600.00
$8,100.00
25
lámparas de emergencia (con sistema
de respaldo de energía)
Pza
10
$600.00
$6,000.00
$480.00
$6,480.00
26
lámparas portátiles recargables
Pza
5
$500.00
$2,500.00
$200.00
$2,700.00
27
Postes de control de multitudes con
cinta retráctil
Pza
6
$3,200.00
$19,200.00
$1,536.00
$20,736.00
28
vehículos tipo sedán con cajuela
estándar
Pza
2
$418,080.00
$836,160.00
$66,892.80
$903,052.80
29
laptop (12 gb)
Pza
3
$30,000.00
$90,000.00
$7,200.00
$97,200.00
30
parrilla de inducción de 2 espacios
Pza
1
$3,750.00
$3,750.00
$300.00
$4,050.00
 
ANTICIPO
$0.00
FINIQUITO
$1,195,128.00
TOTAL INCLUYENDO I.V.A.
$1,195,128.00
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 25 días del mes de marzo de 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- Secretaria de Finanzas y Planeación y Titular de la Instancia Receptora, Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- Titular Instancia Local Responsable Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, Raciel López Salazar.- Rúbrica.