Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Cancún, Quintana Roo
Juicio de Amparo 753/2025-II-C
EDICTO
 
En el juicio de amparo 753/2025, del índice del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, promovido por Myriam Alina Mark Rivera, contra actos del Juez Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo; se dictaron acuerdos por los que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento de Akela Development Group, Sociedad Anónima de Capital Variable, en su carácter de tercero interesado, a quien se le comunica que ante este Juzgado se encuentra radicado el juicio de garantías 753/2025, en el que se reclama el auto de cuatro de julio de dos mil veinticinco, negando acordar favorable la solicitud de anotación preventiva de la demanda a favor de la parte actora en autos del expediente 18/2024, del inciden del Juez Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cancún, Quintana Roo; por ello, se hace del conocimiento a Akela Development Group, Sociedad Anónima de Capital Variable, que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación ante este Juzgado Federal ubicado en Edificio "B" del Poder Judicial de la Federación, con residencia en Cancún, planta baja, Avenida Andrés Quintana Roo, número 245, supermanzana 50, manzana 57, Benito Juárez, Quintana Roo, código postal 77533, a efecto de que si lo considera pertinente haga valer los derechos que le asistan y señalen domicilio en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado de Distrito, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano de control constitucional, en el entendido que en autos están programadas las once horas del veinticinco de agosto de dos mil veintiséis, para la celebración de la audiencia constitucional sin perjuicio de su diferimiento hasta en tanto fenezca el término concedido con antelación. Finalmente, fíjese en la puerta de este Juzgado una copia íntegra del presente edicto, por todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese lo anterior por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.
 
Cancún, Quintana Roo, veintiocho de julio de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Quintana Roo
Dianna Silva Lopez
Rúbrica.
(R.- 579614)