Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 352/2026, se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada Olga Cristóbal Sánchez, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; y se hace de su conocimiento que Juan Manuel Chi Carrera, quien refiere ser defensor particular del quejoso Juan Manuel Bernardino Sánchez, promovió juicio de amparo indirecto contra un acto del Juez Primer de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, consistente en la resolución de dieciséis de abril de dos mil veintiséis, dictada en el incidente de revisión de medida cautelar 410/2001. Se previene a la tercera interesada, para que comparezca por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señale domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio, escrito de ampliación; así como de la interlocutoria dictada en el incidente de suspensión que deriva del referido juicio de amparo; asimismo, se les hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con veintidós minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintiséis, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se le informa que desde que sea emplazado, queda a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo. Para su publicación en los periódicos "EXCÉLSIOR", "EL UNIVERSAL" o "REFORMA"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de tres en tres días hábiles.
 
En Puebla, Puebla, veinte de julio de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Martha Alicia Carballido Zamora
Rúbrica.
(R.- 580282)