Estados Unidos Mexicanos
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Dirección de Administración y Finanzas
EDICTO
JAAP Diseño y Construcción, S.A. de C.V.
Ing. José Abraham Pérez Pérez
Administrador Único y/o bien quien tenga facultades
de representación acreditables.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en lo sucesivo "El Instituto", por conducto de la Lic. Almendra Lorena Ortiz Genis, entonces Directora de Administración y Finanzas, en términos de la fracción XIII del artículo 51 e inciso s) de la fracción VII del artículo 60, en relación con el Quinto y el Sexto Transitorio del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en la función 23 del numeral 5 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; en lo señalado por el segundo párrafo del numeral 5.12 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del ISSSTE, aprobadas mediante Acuerdo 35.1330.2012 de la Junta Directiva del ISSSTE y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2012, y quién con ese carácter expidió el "ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A DICHA DIRECCIÓN, LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN", publicado el 29 de febrero de 2024, en el Diario Oficial de la Federación y la "NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, DELEGA EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS SUBDIRECCIONES ADSCRITAS A DICHA DIRECCIÓN, LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE SE INDICAN, PUBLICADO EL 29 DE FEBRERO DE 2024"; publicada el 30 de agosto de 2024, en el Diario Oficial de la Federación, y con fundamento en el artículo Segundo, fracción II del mencionado Acuerdo Delegatorio, y función 7 del numeral 5.4 del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. En razón de ello, la Lcda. Rosa María Zabal Cortés, Titular de la Subdirección de Obras y Contratación, le comunica el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESCISIÓN del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado No. DNAyF-SOC-C-012-2022, celebrado entre "El Instituto" y su representada, para los Trabajos de Obra Civil e Instalaciones Electromecánicas para la Remodelación para Implementar el Puesto de Sangrado, Ampliación de Cuartos de Basura y R.P.B.I. y remozamiento de Escalera Principal y Rampa de Salida de Emergencia, de la Clínica Hospital (CH31) "Tuxpan", en la Localidad de Tuxpan, Estado de Veracruz, hasta su total terminación.
Procedimiento que se instruye con fundamento en lo previsto por el primero y sexto párrafos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; último párrafo del artículo 1, fracción I del artículo 3 y artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículos 5 y 207 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; artículos 1, fracción IV, 2, fracción IV, 52, 53 tercer párrafo, 54, 61, fracción I, 62, fracción II y párrafos penúltimo y último y, 67 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en relación con el primer párrafo del artículo 79, artículos 110, 154, 155, 157 fracciones II, III y IV y 158 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en las Declaraciones 2.4 y 3.1, Cláusulas Primera, Decima Quinta primer párrafo, Decima Novena, párrafo primero, numerales 2, 3 y 4, Vigésima Sexta contractuales, por los siguientes incumplimientos contractuales: 1. No ejecutó los trabajos de conformidad a lo estipulado contractualmente y específicamente en el "Programa general de ejecución de los trabajos"; 2. No dio cumplimiento al "Programa general de ejecución de los trabajos" por la falta de fuerza de trabajo y suministro de materiales y equipo; 3. Interrumpió injustificadamente los trabajos de obra, abandonando definitivamente los trabajos antes de su terminación. Formándose el expediente respectivo, el cual está a su disposición en las oficinas de la Subdirección de Obras y Contratación, ubicada en Avenida San Fernando Número 547, Edificio D, P.B., Colonia Barrio de San Fernando, Código Postal 14070, Alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, con fundamento en el penúltimo párrafo del artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el artículo 159 de su Reglamento, se cita al Administrador Único de la empresa JAAP Diseño y Construcción, S.A. de C.V., para el levantamiento del Acta Circunstanciada, en el lugar de los trabajos de la obra para hacer constar el estado que guardan, señalándose para dicho acto a las 11:00 horas del día 2 de octubre de 2026, para que se presente a hacer valer lo que a su derecho convenga.
Atentamente
Ciudad de México, a 21 de septiembre de 2026.
Subdirectora de Obras y Contratación
Lcda. Rosa María Zabal Cortés
Rúbrica.
(R.- 580599)