Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
A JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ GARCÍA (EN SU CALIDAD DE CODEMANDADO EN EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 39/2025-VI) QUE AL TENER INTERÉS JURÍDICO QUE PUDIERA CONSISTIR EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: CALLE 11 ORIENTE, S/N, DE LA POBLACIÓN DE SAN ANTONIO ATOTONILCO, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE IXTACUIXTLA DE MARIANO DE MATAMOROS, TLAXCALA, SOBRE UN ACCESO AL PONIENTE DE LA CALLE 11 ORIENTE, CON COORDENADAS GEOGRÁFICAS LATITUD 19°22'02.8" NORTE Y DE LONGITUD 98°27'38.6" OESTE.
En auto de uno de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el Juicio de Extinción de Dominio 39/2025-VI, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República en contra de José Luis Hernández García y Fidel Hernández Ramírez en su calidad de parte demandada.
De conformidad con lo establecido en los numerales 86 y 88 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de emplazar a juicio al codemandado José Luis Hernández García, que al tener interés jurídico que pudiera consistir en la pérdida a favor del Estado, de los derechos de propiedad del inmueble identificado como: Calle 11 Oriente, S/N, de la Población de San Antonio Atotonilco, perteneciente al municipio de Ixtacuixtla de Mariano de Matamoros, Tlaxcala, sobre un acceso al poniente de la Calle 11 Oriente, con coordenadas geográficas latitud 19°22'02.8" Norte y de longitud 98°27'38.6" Oeste.
Del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentra vinculado con el hecho ilícito de delito contemplado en el artículo 9, fracción II, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, inmueble el cual se encuentra asegurado por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Hágase saber al codemandado José Luis Hernández García, que podrá acudir a las oficinas del Instituto Federal de Defensoría Pública ubicadas en la ciudad de su última ubicación y también podrá consultar la siguiente página electrónica, para su localización:
 
https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm
 
De la que se desprende el directorio de delegaciones del instituto, además el número telefónico 800-22-42-426 del servicio DEFENSATEL, para solicitar el servicio de personal especializado, en la modalidad que se estime pertinente.
Atenta a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el veintiocho de agosto de dos mil veintiséis.
 
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Luis Alberto Reyes Juárez
Rúbrica.
(E.- 001116)