Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
 
Ciudad de México, 30 de marzo de 2026
En los autos del Juicio de Amparo número 458/2024, promovido por Humberto Isaac Cano Peralta, asesor jurídico de Moisés Montero Álvarez, contra un acto del agente del Ministerio Público de la Federación Auxiliar del C. Fiscal General de la República, adscrito a la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura, Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos y otras autoridades, consistente en la resolución de treinta de octubre de dos mil veintitrés consistente en la "dictaminación" del no ejercicio de la acción penal dentro de la averiguación previa 192/UEIDAPLE/DT/M3/2014, donde se señaló a Jesús Olvera Huerta, como tercero interesado y, en virtud de que se desconoce el domicilio actual del citado contendiente, se ha ordenado emplazarlo por edictos que deberán publicarse por tres veces con intervalos de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, a la ley reglamentaria del juicio de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente de la última publicación, a manifestar lo que a su derecho convenga, quedando a su disposición copia simple de la demanda en la actuaría de este Juzgado. Si pasado este plazo, no comparecieran por sí o por su apoderado que pueda representarlas, se seguirá el juicio, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista que se fijará en los estrados de este Juzgado federal.
 
Atentamente
Secretario adscrito al Juzgado Octavo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Pedro Aguilar Valencia
Rúbrica.
(R.- 580544)