OFICIO 900 04 00 00 00 2026-703 mediante el cual se comunica que Bernabastos, S.A. de C.V. promovió un medio de defensa en contra del oficio definitivo a que se refiere el artículo 69-B Bis cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación y, una vez resuelto, el órgano jurisdiccional dejó sin efectos el referido acto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Grandes Contribuyentes.- Administración Central de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos.- Folio: 8931702.

OFICIO: 900 04 00 00 00 2026-703.
Asunto: Se comunica que Bernabastos, S.A. de C.V. promovió un medio de defensa en contra del oficio definitivo a que se refiere el artículo 69-B Bis cuarto párrafo del CFF y, una vez resuelto, el órgano jurisdiccional dejó sin efectos el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, con sede en la Ciudad de México, adscrita a la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 31, fracciones XI y XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 4, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 1, 2, primer párrafo, Apartado B, fracción V, inciso d) y segundo párrafo, 5, primer párrafo, 11, fracción XVIII, 13, fracciones I y VI, y 28, último párrafo, numeral 4, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; Artículo Tercero, fracción I, inciso a) del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes y de Hidrocarburos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2018, en relación, con los artículos Octavo, fracción V del Acuerdo por el que se delegan las facultades de los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el mencionado medio informativo el 03 de septiembre de 2020 y artículo Quinto, fracciones V y VII del Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria publicado en el mencionado medio informativo el 19 de mayo de 2021; así como en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B Bis, párrafo séptimo del Código Fiscal de la Federación, se informa lo siguiente:
Que, a la contribuyente, en su momento, le fue notificado un oficio de presunción de transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales, ello de conformidad con los párrafos primero y cuarto del articulo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación y, en términos del séptimo párrafo del referido artículo, a la contribuyente de referencia se le notificó la resolución definitiva mediante la cual se señaló que no desvirtuó los hechos que llevaron a la autoridad a notificarla como se indica a continuación:
Notificación de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA:
 
R.F.C.
Nombre, denominación o
razón social del
Contribuyente
Número y fecha de
resolución
definitiva
Autoridad emisora de la
resolución definitiva
Notificación por Buzón Tributario al
contribuyente
Fecha de
notificación
Fecha en que surtió
efectos la notificación.
1
BER160621KN5
BERNABASTOS, S.A. DE
C.V.
900-04-00-00-00-
2023-261 de fecha
07 de julio de 2023
Administración Central de
Fiscalización a Grandes
Contribuyentes Diversos
12 de julio de 2023
13 de julio de 2023
Datos adicionales:
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Domicilio Fiscal
Actividad preponderante
Motivo del
Procedimiento
1
BER160621KN5
BERNABASTOS, S.A. DE C.V.
Avenida Lázaro Cárdenas, No.
2305, interior Z1 10, Colonia las
Torres, Guadalajara Jalisco, C.P.
44920.
Alquiler de oficinas y locales
comerciales, estacionamientos y
pensiones para automóviles,
servicios de instalación y
mantenimiento de áreas verdes
No desvirtuó la
presunción de la
transmisión indebida
del derecho a
disminuir pérdidas
fiscales
 
Por lo anterior, se incluyó a la contribuyente en el listado a que se refiere el noveno párrafo del artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica:
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha de oficio
que contiene la resolución
definitiva
Publicación
página SAT
definitivo
Publicación
DOF definitivo
1
BER160621KN5
BERNABASTOS, S.A. DE C.V.
900-04-00-00-00-2025-349 de
14 de mayo de 2025
14/05/2025
30/05/2025
 
Inconforme con el oficio de resolución definitiva, Bernabastos, S.A. de C.V. interpuso medio de defensa, el cual se concluyó con la siguiente sentencia:
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Medio de
defensa
Fecha de la
resolución o
sentencia firme
Autoridad que
resolvió
Sentido y/o efecto de la
resolución o sentencia firme
1
BER160621KN5
BERNABASTOS, S.A. DE C.V.
Amparo en
revisión R.A. 38/
2025
27/08/2026
Segundo Tribunal
Colegiado en Materia
Administrativa del
Tercer Circuito
Se ampara y protege a la
quejosa, para que la Autoridad
deje insubsistente la resolución
contenida en el oficio 900-04-
00-00-00-2023-261, del 07 de
julio de 2023.
 
En virtud de lo antes expuesto, se comunica que, como consecuencia del medio de defensa señalado en el párrafo que precede y en estricto cumplimiento a lo resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, se deja insubsistente la resolución contenida en el oficio número 900-04-00-00-00-2023-261 de fecha 07 de julio de 2023, derivada del procedimiento del artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación seguido a Bernabastos, S.A. de C.V.
Atentamente,
Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2026.- Administrador Central de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, L.C. Alejandro Alcides Villalta Ramírez.- Firma Electrónica.