AVISO sobre la vigencia de cuotas compensatorias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
AVISO SOBRE LA VIGENCIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS
Con fundamento en los artículos 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 7, y 19, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y 3o., último párrafo, 70, 70 A y 70 B de la Ley de Comercio Exterior, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, que están próximas a expirar las cuotas compensatorias definitivas, que se indican en este Aviso.
Cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la Secretaría de Economía, por escrito, su interés en que se inicie un procedimiento de examen de vigencia de alguna cuota compensatoria para determinar las consecuencias de su supresión. En tal caso, deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria.
La manifestación de interés deberá presentarse de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 70 B de la Ley de Comercio Exterior, a más tardar veinticinco días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, de las 9:00 a las 14:00 horas, o vía electrónica, a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de las 9:00 a las 18:00 horas, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, el 4 de agosto de 2021, y el "Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma", publicado en el DOF el 7 de diciembre de 2023.
En este sentido, los plazos vencen de acuerdo con lo siguiente:
| Producto | Fracción arancelaria* | País de origen | Último día de la vigencia | Fecha límite para recibir la manifestación de interés |
| Trietanolamina | 2922.15.01 | Estados Unidos de América | 28 de enero de 2027 | 7 de diciembre de 2026 |
| Aceros planos recubiertos | 7210.30.02 7210.41.01 7210.41.99 7210.49.99 7210.61.01 7210.70.02 7212.20.03 7212.30.03 7212.40.04 7225.91.01 7225.92.01 7226.99.99 9802.00.01 9802.00.02 9802.00.03 9802.00.04 9802.00.06 9802.00.07 9802.00.10 9802.00.13 9802.00.15 9802.00.19 | China Taipéi Chino | 6 de junio 2027 | 29 de abril de 2027 |
| Pierna y muslo de pollo | 0207.13.04 0207.14.99 | Estados Unidos de América | 7 de agosto de 2027 | 2 de julio de 2027 |
* Fracción arancelaria por la que ingresa el producto objeto de la cuota compensatoria, de acuerdo con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente.
Para más información dirigirse a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía a través del correo electrónico UPCIConsultas@economia.gob.mx, o bien, acudir a las oficinas sitas en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 6 de octubre de 2026.- La Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, Elsa Regina Ayala Gómez.- Rúbrica.