Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado
YVG Morelia, Mich. YVG
EDICTO
 
Terceros interesados Constructora y Edificadora Michoacana,
Sociedad Anónima de Capital Variable
En los autos que integran el juicio de amparo 172/2026, promovido por Banco Inmobiliario Mexicano, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, quien a su vez es apoderado legal de HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria en su carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Irrevocable de Administración, fuente de pago y garantía F/262455, contra de actos del Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial, de quien reclaman la orden de embargo dictada dentro de los autos del juicio sumario civil hipotecario 74/2022, del índice de la autoridad responsable; se ordenó emplazar a la tercero interesada Constructora y Edificadora Michoacana, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, en los cuales se insertará una relación sucinta de la demanda de amparo y se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber al citado tercero interesado que deberá presentarse por sí o por conducto de su apoderado ante este juzgado dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación de dichos edictos, ante este Órgano Jurisdiccional, calle Lacas de Uruapan # 31, colonia Vasco de Quiroga de Morelia, Michoacán, para llevar a cabo una diligencia de notificación; y de no comparecer en el término concedido, con fundamento los artículos 27 , fracción III, inciso a, de la Ley de Amparo, se ordenará dicha notificación por medio de lista que se publique en los estrados de este juzgado.
 
Atentamente
Morelia, Michoacán., 22 de septiembre de 2026.
El Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Michoacán
Lic. Oscar Hernández García
Rúbrica.
(R.- 581198)