Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO.
Dentro de los autos del juicio de amparo número 673/2026, promovido por José Contreras Lambur, por propio derecho; contra actos de la Tercera Sala y el Juez Quinto, ambos de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudieran ser emplazados los terceros interesados sucesión a bienes de Miguel Ángel Hernández Rizo, por conducto de su albacea Thelma Espinosa Moreno y sucesión a bienes de David Hernández García por conducto de su albacea Vinissa Hernández Espinosa; en consecuencia, se ha ordenado emplazarlos por medio de edictos, ello, con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo vigente y 203 y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria; por lo que se les informa que queda a su disposición, en la Actuaria de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se les hace de su conocimiento que cuentan con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurran ante este órgano de control constitucional, a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México, apercibidas de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Miguel Alejandro García Zavala
Rúbrica.
(R.- 581302)