AMONESTACIÓN Pública determinada en la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto del procedimiento administrativo sancionador oficioso en materia de fiscalización, instaurado en contra de Eventos y Banquetes Mr. Gonza SAS, identificado con el número de expediente INE/P-COF-UTF/95/2025/IND.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Unidad Técnica de Fiscalización.- Resolución INE/CG319/2026.

AMONESTACIÓN PÚBLICA DETERMINADA EN LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR OFICIOSO EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DE EVENTOS Y BANQUETES MR. GONZA SAS, IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE INE/P-COF-UTF/95/2025/IND(1).
El 19 de junio de 2026, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral resolvió el procedimiento administrativo sancionador oficioso con número de expediente INE/P-COF-UTF/95/2025/IND, por medio del cual se sancionó a la persona moral Eventos y Banquetes MR. Gonza SAS por la omisión de dar respuesta a un requerimiento de información formulado por la autoridad fiscalizadora, atentando a los dispuesto en los artículos 442, numeral 1, inciso d), 447, numeral 1, inciso a) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 223, numeral 11 inciso c) y 229 Ter, numeral 1, inciso a) del Reglamento de Fiscalización, determinándose como sanción una AMONESTACIÓN PÚBLICA, conforme a los resolutivos SEGUNDO y SEXTO:
"SEGUNDO. Se impone a Eventos y Banquetes MR. Gonza SAS, una sanción consistente en una Amonestación Pública, conforme a las razones y fundamentos expuestos en el Considerando 4 de la presente Resolución."
 
 
 
 
 
 
 
Acatamiento 1
 
 
 
Acatamiento 2
Sujeto obligado
Punto
Resolutivo
Tipo de
conducta
Sanción
Impug.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impug.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Eventos y Banquetes MR.
Gonza SAS
Segundo
Fondo
Amonestación
Pública
NO
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"SEXTO. Publíquese un extracto de la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación a efecto de cumplimentar lo ordenado en el resolutivo SEGUNDO, dentro de los quince días siguientes a aquél en que esta haya causado estado, con la finalidad de hacer efectiva la amonestación pública impuesta a Eventos y Banquetes MR. Gonza SAS."
En términos del artículo el artículo 456, numeral 1, inciso e), fracción I de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por este medio se ejecuta la sanción consistente en una Amonestación Pública.
Atentamente
Ciudad de México, a 07 de septiembre de 2026.- Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Mario Alberto Alejo García.- Rúbrica.
 
1     Visible en: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/188852/CGor202606-19-rp-6-8.pdf