Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de la Carpetas de Investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0001993/2026, iniciada por el delito de alteración de ductos de la industria Petrolera, previsto y sancionado en el artículo 17, fracción III, de la Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 18 de mayo 2026, se decretó el aseguramiento del Vehículo marca: Freightliner, tipo: Tractocamión, clase T-3 (tres ejes), línea M2, versión 112, estilo Chasis-Cabina con acoplamiento de Tanque Cisterna, cabina dos puertas, color blanco, exhibiendo placa de circulación 45AN9X, para Servicio de carga del autotransporte federal, y con Número de Identificación Vehicular 1FUJC5Cv3ADAU7402; corresponde a un Origen Extranjero (Estados de Unidos de América), y a un Año-modelo 2010, por constituir instrumento del delito investigado, 2.- Carpeta de investigación FED/JAL/LMRENO/000859/2026, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en la cual, el día 23 de Marzo, de 2026, se decretó el aseguramiento de una Camioneta marca RAM, modelo 3500, tipo pick up, color blanco, cuatro puertas, placa de circulación trasera 536385 D Illinois, con número de identificación vehicular: 3C63RRGL6LG215364, corresponde a un vehículo de origen nacional, año modelo 2020, fabricado en México, por constituir producto del delito investigado, 3.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0004318/2025 iniciada por el delito de transporte ilícito de hidrocarburos, previsto y sancionado en el artículo 9 Fracción II de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual, el 29 de diciembre de 2025, se decretó el aseguramiento de a) Un vehículo tipo tractocamión, color blanco con rojo, marca International, año 2014, con número de serie 3HSDJAPR9EN793197. b) Un vehículo tipo Semirrolque, color gris con rojo, marca Ramiro, año 2013, con número de serie 3S91J32B1DR019137 c) Un vehículo tipo Tractocamión, color blanco, marca Freightliner, año 2011, con número de serie 1FUJGLDR2BSAR4525. d) Un vehículo tipo Semirrolque, color blanco con rojo, marca González, con número de serie 3AHSP200XRM3AH39, por constituir objeto del delito investigado, 4.- Carpeta de Investigación FED/JAL/GDL/000782/2026, iniciada por el delito de transporte de hidrocarburo previsto y sancionado en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual, el 26 de marzo del 2026 se decretó el aseguramiento de a) un vehículo marca Freightliner, tipo Tractocamión, clase T-3 (6x4, tres ejes), línea Cascadia, versión CA126, estilo Chasis-Cabina, dos puertas, color blanco; sin exhibir placas de circulación, mismo del que quedo establecido conforme a los elementos de tipificación "d, e", con número de identificación vehicular 3AKJHHD12RSVF5020, perteneciente a un origen nacional (Estados Unidos Mexicanos) y a un año-modelo 2024 y b) un vehículo marca Atro, tipo semirremolque, clase S-2 (dos ejes), estilo tanque cisterna, longitud total 42 pies, color blanco, exhibiendo placa trasera de circulación 69UY2A para remolque del autotransporte federal, y con número de identificación vehicular 3ELDDMS54S6001009, corresponde a un origen nacional (Estados Unidos Mexicanos) y a un año-modelo 2025, por ser producto, del delito investigado, 5.- Carpeta de Investigación FED/JAL/GDL/0000458/2026 iniciada por el delito de transporte ilícito de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9 fracción II de la Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual, el 10 de febrero de 2026, se decretó el aseguramiento de a).- un vehículo tipo tractocamión (pipa), marca Freightliner, submarca Cascadia, color blanco, placas de circulación 66-BD-6K del Estado de México, el cual traía acoplado un vehículo tipo tanque con placas de circulación 53-UJ-2C del Estado de México, y b).- vehículo tipo tractocamión (pipa). marca Kenworth, modelo 2009, color blanco, placas de circulación 69-BF-7S del Estado de México, número de identificación vehicular 3WKDD4NXX9F82N323, el cual traía acoplado un vehículo tipo tanque con placas de circulación 02-UV-9X del Estado de México. por constituir instrumento del delito investigado, 6.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0000294/2026, iniciada por los delitos de Adquisición de Hidrocarburo y Transporte de Hidrocarburo, previstos y sancionados en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburo, en la cual el día 23 de febrero de 2026 se decretó el aseguramiento de un camión unitario ligero marca Izuzu, tipo tanque, modelo ELF 400, cabina regular, dos puertas, color blanco, con placas de circulación JX-91-881, particulares del estado de jalisco, presenta un número de identificación vehicular, JALC4B16577015576, correspondiente a un vehículo de origen extranjero y un año modelo 2007 (de acuerdo con el dictamen de Tránsito Terrestre y el Informe de Investigación), Automotor que fue considerado como objeto del delito investigado, 7.- Carpeta de Investigación FED/JAL/GDL/0001592/2025, iniciada por el delito de posesión ilícita de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9 fracción II, de Ley Federal para prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual, el 02 del mes de junio del año 2025 se decretó el aseguramiento de a).- Vehículo marca Internacional, tipo Camión Incompleto, clase C-3,LINEA DuraStar, estilo Chasis - Cabina con acoplamiento de Tanque Cisterna, marca Procesa, cabina dos puertas, color blanco, con placa de circulación MY 8787 C del Estado de Michoacán, número de identificación vehicular 3HANKAAR73L599436, modelo 2003; b).- Vehículo Freightliner, tipo tractocamión, case T-03, línea Century Class, estilo Chasis Cabina, con acoplamiento de Tanque Cisterna, cabina dos puertas, color gris/blanco, sin placas de circulación, número de identificación vehicular 1FUJBBCK28LW48823, aplicable a la marca Freightliner, modelo 2008 (el número de identificación vehicular 69* 1326930 aplicable a la marca Dina), por ser Objeto, del delito investigado, 8.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0001250/2025, iniciada por los delitos de portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea nacionales, previsto y sancionado en el artículo 83, fracción III, en concordancia con el artículo 11, inciso d) ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; así como por el diverso contra la salud en la modalidad de posesión de metanfetamina, con fines de comercio en la variante de venta, previsto y sancionado en el artículo 195, primer y tercer párrafo, en relación con los diversos 193 y 194, fracción I, todos del Código Penal Federal, en concordancia con los artículos 234 y 245, de la Ley General de Salud; así como por el delito de contra la salud en la modalidad de posesión simple de pastillas psicotrópicas de clonazepam, previsto y sancionado en el artículo 195 Bis del Código Penal Federal; al igual que el delito de portación de artefacto bélico denominado granada de uso exclusivo del ejército, armada o fuerza aérea, previsto y sancionado por el artículo 83, fracción III, en relación con el artículo 11, inciso h) ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; por último por el delito de posesión de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea nacionales, previsto y sancionado en el artículo 83, Quat, fracción II, en concordancia con el artículo 11, inciso f) ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 20 de mayo de 2025, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Italika, tipo motocicleta, línea Z, versión 150, estilo Naked, color negro, con placa de circulación K5J91C del Estado de Jalisco, con numero de identificación vehicular 3SCK5ALB6R1002717, corresponde a origen nacional y año-modelo 2024; ello, por constituir objeto del delito investigado, 9.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0001771/2026, iniciada por el delito de portación de arma de fuego sin licencia, ilícito previsto y sancionado por el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, , en la cual el 24 de abril de 2026, se decretó el aseguramiento del vehículo marca Italika, tipo motocicleta, línea Forza, versión FT125, estilo trabajo, color rojo, capacidad para conductor, pasajero y carga, sin exhibir placas de circulación, con número de identificación vehicular 3SCK29EM1P1007343, año-modelo 2023 por constituir instrumento del delito investigado, 10.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0000289/2026, iniciada por el delito de portación de arma de fuego sin licencia, previsto y sancionado en el artículo 81, de la Ley Federal de Arma de Fuego y Explosivos; y contra la salud en su modalidad de posesión de marihuana con fines de venta, previsto y sancionado en el artículo 476 de la Ley General de Salud, en la cual el día 16 de febrero de 2026, se decretó el aseguramiento de una Motocicleta de la marca Honda, Tipo Naked, modelo CG 125 color blanco, sin placas de circulación, presenta un número de identificación vehicular 3H1JC30684D302488, y un año- modelo 2004; por ser instrumento del delito investigado, 11.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0002376/2021, iniciada por los delito de portación de arma de fuego sin licencia; portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea nacionales, previstos y sancionados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual, el 06 de Julio de 2021, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Ford, tipo multiuso, línea Explorer, versión Xlt, (4x) cuatro puertas motrices, estilo suv, (vehículo utilitario) cuatro puertas, color rojo, con placas de circulación jen4993, con número de identificación vehicular 1QFMDU34X4RUA25158, de origen extranjero (Estados Unidos de América) y año-modelo 1994; por ser Instrumento del delito investigado, 12.- Carpeta de investigación FED/JAL/GDL/0000227/2025 iniciada por el delito de posesión de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado por el artículo 83 Quat, fracción II, en relación con el numeral 11, inciso c), d) y f); agravada de conformidad con el arábigo 84 Ter, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual en fecha 17 de enero de 2025, se decretó el aseguramiento de un vehículo automóvil, marca Dodge, tipo sedan, modelo Attitude, cuatro puertas, color rojo, con placas de circulación JPY8302, particulares del Estado de Jalisco, con número de identificación vehicular ML3AB26J3JH009792, con un año modelo 2018, por constituir instrumento del delito investigado - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado de Jalisco con domicilio en Av. 16 de Sep. Número 591, Colonia Mexicaltzingo, Guadalajara, Jalisco.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco a 22 de junio de 2026.
Fiscal Federal en el Estado de Jalisco
Lic. Enrique Landeros Curiel
Rúbrica.
(R.- 581832)