ACUERDO por el que se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, en la modalidad de Palacio Federal, del inmueble denominado "Palacio Federal de Zamora", con superficie de 1,847.82 metros cuadrados y Registro Federal Inmobiliario número 16-7364-3, ubicado en Avenida Hidalgo Sur, número 112, interior G94, Colonia Centro, Código Postal 59600, Municipio de Zamora, Estado de Michoacán de Ocampo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- AADCL IFC-01/2026.

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR PARTE DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES, BAJO LA FIGURA DE INMUEBLE FEDERAL COMPARTIDO, EN LA MODALIDAD DE PALACIO FEDERAL, DEL INMUEBLE DENOMINADO "PALACIO FEDERAL DE ZAMORA", CON SUPERFICIE DE 1,847.82 METROS CUADRADOS Y REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO NÚMERO 16-7364-3, UBICADO EN AVENIDA HIDALGO SUR, NÚMERO 112, INTERIOR G94, COLONIA CENTRO, CÓDIGO POSTAL 59600, MUNICIPIO DE ZAMORA, ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO.
DR. PABLO ISRAEL ESCALONA ALMERAYA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V y VII, 3 fracción III, 4 párrafo primero, 6 fracción VI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracción I y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 3, 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 2, fracción VI, 3 fracciones VIII, IX, X y XVI, 4 fracción I, inciso a), 5, 6, fracciones I y XXIX, 10 fracciones I, IV, XXXII, XXXIII, XL y XLVI del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; 123 fracciones III y V, del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010, modificado mediante Acuerdo publicado en el mismo órgano de difusión el 5 de abril de 2016; y 1, 2 fracción V, 3 y 18 del Anexo I Reglamento para la Administración de los Inmuebles Federales Compartidos, tomando en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDOS
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Palacio Federal de Zamora", con superficie de 1,847.82 metros cuadrados y Registro Federal Inmobiliario número 16-7364-3, ubicado en Avenida Hidalgo Sur, número 112, interior G94, Colonia Centro, Código Postal 59600, Municipio de Zamora, Estado de Michoacán de Ocampo.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble se acredita mediante declaratoria de caducidad de la instancia de juicio de amparo de fecha 20 de febrero de 1953, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 9098, el 16 de noviembre de 1981, con las medidas y colindancias que se consignan en el plano número SCPF-285-2012, elaborado a escala 1:150 el 6 de marzo de 2012 por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, que obra en el expediente respectivo.
TERCERO.- Que de conformidad con el artículo 2, fracción VI, del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, los Inmuebles Federales Compartidos son aquellos a cargo del Instituto que se encuentran ocupados por diversas Instituciones Públicas del ámbito Federal, Estatal o Municipal, así como de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México que, por sus características y condiciones físicas, comparten accesos y servicios.
Asimismo, dentro de la clasificación de los Inmuebles Federales Compartidos se encuentran los Palacios Federales, entendidos como aquellos inmuebles generalmente ubicados en ciudades consolidadas que albergan a más de cuatro ocupantes y que ofrecen servicios públicos a la ciudadanía, los cuales, de acuerdo con sus características, pueden presentar valor artístico o histórico, contextual o funcionalista.
En este sentido, atendiendo a las características, ubicación y vocación de servicio público del inmueble denominado "Palacio Federal de Zamora", así como a la necesidad de procurar su óptimo aprovechamiento y una adecuada administración de sus espacios, resulta procedente establecer su administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, en la modalidad de Palacio Federal.
CUARTO.- Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, facultado para administrar el patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, optimizar su uso y aprovechamiento, incluidos los Inmuebles Federales Compartidos, así como realizar las obras que correspondan a dicha Secretaría en términos de la Ley General de Bienes Nacionales y llevar a cabo la conservación y mantenimiento de las áreas de uso común de esos inmuebles.
QUINTO.- Que entre las atribuciones conferidas al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales se encuentran las de administrar, operar y mantener los Inmuebles Federales Compartidos, así como integrar los Programas Anuales de Administración, Operación y Mantenimiento correspondientes, con el objeto de garantizar la adecuada conservación, mantenimiento y funcionamiento de las áreas de uso común de dichos inmuebles.
SEXTO.- Asimismo, con fundamento en los artículos 8, fracción XIV, y 10, fracción IV, del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la Unidad Jurídica emitió opinión favorable respecto del presente Acuerdo.
Que, en congruencia con el objetivo del Ejecutivo Federal de promover el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando su asignación y uso por las instituciones públicas de los distintos órdenes de gobierno para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales del inmueble denominado "Palacio Federal de Zamora", identificado con el Registro Federal Inmobiliario número 16-7364-3, como Inmueble Federal Compartido en la modalidad de Palacio Federal, con una superficie de 1,847.82 metros cuadrados, ubicado en Avenida Hidalgo Sur, número 112, interior G94, Colonia Centro, Código Postal 59600, Municipio de Zamora, Estado de Michoacán de Ocampo.
SEGUNDO.- Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales deberá designar al Administrador Único para que, en observancia al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Reglamento para la Administración de los Inmuebles Federales Compartidos que se establece como Anexo I del Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, a que se refiere el artículo Quinto del citado Acuerdo, cumpla lo siguiente:
1.     Convocar a los representantes de las Instituciones Públicas Ocupantes del inmueble federal denominado "Palacio Federal de Zamora", para celebrar la sesión de instalación del Comité de Apoyo correspondiente.
2.     Gestionar ante la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales la emisión de los Certificados de Asignación de Espacios a favor de las Instituciones Públicas Ocupantes, así como realizar su entrega mediante la suscripción del acta correspondiente.
3.     Elaborar y someter a la consideración de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal el Programa Anual de Administración, Operación y Mantenimiento del Inmueble Federal Compartido correspondiente al ejercicio fiscal en curso y a los subsecuentes, con el propósito de garantizar su adecuada conservación, operación y mantenimiento.
TERCERO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, suscribirá el convenio correspondiente con los Responsables Inmobiliarios de las Instituciones Públicas Ocupantes y, en su caso, con las instancias del sector privado que participen en la ocupación, uso o aprovechamiento del Inmueble Federal Compartido.
CUARTO.- Las Instituciones Públicas Ocupantes, así como las instancias del sector privado que participen en el uso, ocupación o aprovechamiento del Inmueble Federal Compartido, cubrirán la cuota de conservación y mantenimiento que les corresponda, de conformidad con las necesidades operativas y de funcionamiento del inmueble.
QUINTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal y en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo.
SEXTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 21 días del mes de octubre de 2026.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.